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jueves, 13 de octubre de 2016

EL CORREGIDOR MARTÍN FERNÁNDEZ FAJARDO



COMENDADOR MARTIN FERNANDEZ FAJARDO

Antes de su llegada vino a Alcalá la Real, el licenciado Maldonado  como juez de residencia y condenó y embargó al anterior corregidor Martín de Haro en la cantidad de 3.000 maravedíes por el hurto de una cantidad de paja, lo que el corregidor Fajardo tuvo que mandar que fueran restituidos a Haro  en el mes de septiembre del año siguiente[1].
 Era caballero de la Orden de Santiago" El de la Ceja Blanca", hijo de don Alonso Fajardo, señor de Mula, Lorca y Alhama, Ceutí, Caravaca, Letur, Tobarra Estaba casado con Catalina de Montealegre, hija de Juan de Montealegre, comendador de Aledo y señor de  la villa de Montealegre del Castillo, provincia de Albacete[2]. Ostentaba el título de comendador. Estuvo dirigiendo el corregimiento durante los años 1501-1503. En febrero de 1500 su mujer  recibió el título de mayorazgo, que había fundado su padre sobre la villa antes mencionada, jurisdicción, vasallos y rentas, que compartió con su marido [3]. Fue recibido en la ciudad el 24 de marzo del 1501 y mando iniciar un libro de cabildo. La cédula de su nombramiento  fue concedida por la reina Isabel a 26 de noviembre de 1500 desde Granada[4]. Lo que dio lugar a varias prórrogas de su corregimiento. Fue su alcalde mayor el licenciado Montesinos en Alcalá la Real; de Loja el bachiller Juan López, vecino de Murcia que ejerció de teniente de corregidor, y le tomó al licenciado Martín Álvarez Maldonado ciertas cosas valoradas en  2.500 maravedíes y se encontraban en poder de Fajardo, lo que le requirió en noviembre de 1501

Todavía, en este año tuvo que resolver asuntos del anterior corregidor como el la suelta de Alonso de Gadea de la prisión porque había sido el fiador del anterior corregidor Martín de Haro y fue embargado; por este mismo asunto , al jurado de Loja Juan Morales y Alonso López de Castro, sus fiadores en la ciudad de Loja en tiempos del levantamiento de la Serranía de Ronda; y por el pago del envío de los cien peones del cerco de Velefique y Bernes, en el que se vieron implicados los hidalgos de la ciudad, En primer lugar el propio síndico en nombre de la comunidad de hidalgos recibió una carta reconociendo la franqueza  y exención de la comunidad para esta guerra, y luego les devolvieron a partir del mes de julio los dineros de aquella empresa contra el levantamiento de los mudéjares, ya que se habían reunido y reclamado a la Coronada estando al frente de la petición Juan Montesino de la Isla, Pedro de Pineda Juan, Gonzalo Roldán,  y Pedro de Gadea,. También consiguieron que no se les molestara en dichos repartimientos , que consistían en alimentación, acémilas y maravedíes que habían que pagar a los soldados peones ( espingueros, ballesteros y lanceros) a cargo del teniente corregidor Tornero..   .
 Es un momento que la ciudad pagaba con tierras los servicios hechos a la ciudad como al licenciado Magaña, a quien le concedieron un lagar y viña en Monterrey. Por una ordenanza de aquellos años se prohibía cobrar costas tanto a los jueces, carceleros como escribanos con respecto a los presos pobres y la posibilidad de tomar el tercio de los mantenimientos y sus penas.

En su tiempo se volvieron a renovar los conflictos entre los propietarios de tierras y los intereses de la Corona, por haber invadido muchos terrenos de montes y baldíos, aplicando la Carta  Real que Anaya llevó a cabo en el año 1495.   [5] . En este caso, la protesta más importante, surgió de la comunidad, dirigida a través del personero y de los jurados, cuyo procurador Cristóbal de la Plana presentó a la Corona la situación de usurpación de tierras hasta el punto que en octubre de 1501  acudieron dos licenciados jueces de términos, licenciados Maldonado y Juan Gómez,  para dirimir sobre los terrenos comprendidos entre Alcalá y Alcaudete que afectaban por los parajes de la fuente Sacedilla y  Chiclana.
En el terreno normativo, los reyes ordenaron que los juicios menores de 3.000 maravedíes no se apelaran en la Chancillería de Granada, tal como se acordó en las Cortes de Toledo de 1480.
En el e´rnos de protocolos, los Reyes Católicos confoirmaron la hidalguía a vecinos de la ciudad por servicios de guerra: en primer lugar la lista que comprendía a Cristóbal Revel, Juan Sánchez de Hinojosa, Francisco de Segovia, Cristóbal de Moya, Diego Monte, Juan de Esepejo, Alosno de ACguilar, Martín López de Córdoba, Alonso Hernández del Postigo, , Vristóbal de Atencia y Fernando de León.; en la seguna, más numerosaPedro de Gadea, Pedro de Contreras, Rodrigo de Aranda,  Alonso de gADEA, , pEDERO nÚÑEZ DE cONTRERAS,  jUAN pÉREZ DE gADEA,  
Es un momento en el que la ciudad de Alcalá comienza a extenderse por fuera del arrabal Viejo y de la fortaleza de la Mota, principalmente a través de los arrabales Nuevos, Cerro de los  Palacios, desde los Mesones hasta la Puerta de Martín Ruiz. El sistema de reparto consistía en la donación por servicios a la Corona o a la ciudad o por compra de censo a subasta, ejecutado el repartimiento por una comisión de varios regidores, las calles solía tener nueve u ocho pies y los solares alcanzaban  las siete sogas, los beneficiarios eran los antiguos vecinos de la fortaleza que compraban en otros lugares y, sobre todo, los nuevos vecinos, sobre todo, serranos. El lugar que ocuparon demuestra las afueras de la ciudad porque desde los Mesones hasta la puerta de Martín Ruiz era un muladar y llenos de inmundicia y escombros. Los siguientes lugares fueron las eras de los Palacios, arrabal nuevo que se denominará posteriormente de san Bartolomé. Aproximadamente, en estos lugares alcanzaron hasta el año 1530 cien solares.
Otros lugares que se desarrollaron fueron en  el año 1505 el arrabal junto el adarve de la Puerta del Arrabal, la Puerta Nueva.  
            En este apartado de urbanismo y obras, se iniciaron en el Castillo de Locubín a finales de 1501. Y se colocó en un reloj una campana , donada por los Reyes Católicos, que se hizo en tiempos de guerra en el alcázar, 




[1] AGS. ES.47161.2.22.35.6. LEG. 150107.658.
[2] AGS. ES. 47161.AGS.2.2.35.5/RGS 150102.
[3] AGS.
[4] AGS.RGS. LEG. 150011.91.
[5]AMAR. Proceso contra López Montijano .Año 1596.Traslado de la Cédula Real de 1503. Más completo el  traslado del expediente del Amar. Caja 47. Pieza 11. Expediente contra los curas Góngora y Montijano.

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