CIUDAD
DE BEHETRÍA
A
lo largo del siglo diecisiete, el cabildo alcalaíno cuando entra en
conflicto con otras jurisdicciones, sobre todo, con el Reino de
Granada y el de Jaén o con las capitanías generales de la Costa o del Reino
de Granada, se alude a Alcalá como ciudad de Behetría, ciudad
independiente que no tiene que guardar más lealtad que directamente
de la Corona, rechazando ordenes, mandatos y despachos de los
distintos corregidores, capitanes generales o comisarios. Según
provenía el término de la antigüedad, hace
referencia "a población cuyos vecinos , como dueños absolutos
de ella, podían recibir por señor a quien quisiesen. La elección
de estos señores, como la dificultad de poner en claro los derechos
de cada vecino, solían ocasionar perturbaciones y trastornos".1
Parece
que
este no es el caso de nuestra ciudad, que tan sólo reconoce en la
vida del corregimiento otro señor que el Rey. y sus obligaciones no
se ven mediatizadas por el corregidor. También otros autores aluden
a "
a una especie de señorío medieval o derecho que por entonces tenían
los pobladores de una villa o ciudad para elegir a su dueño y señor
y para cambiarlo ".2
En esta
línea se puede concebir el reconocimiento de Alcalá como ciudad de
Behetría, aunque para ellos el único Señor que le dió todos los
derechos o fueros era el rey y lo mantuvieron.
EN LA ACTUALIDAD
La veguería es una demarcación territorial histórica de Cataluña de origen medieval, que existió desde el siglo XII hasta el XVIII, cuando las veguerías fueron sustituidas por corregimientos a raíz del Decreto de Nueva Planta promulgado por el rey Felipe V tras la Guerra de Sucesión Española. Se trataba del territorio sobre el cual tenía potestad un «veguer», figura equivalente a la del «merinático» —o «merino»— y la del «corregidor».2 3
Estas instituciones surgen como alternativa a los condados y mandaciones —propios del régimen feudal en el Alto Medievo— para reforzar el poder territorial del monarca, a través de un aparato administrativo más centralizado, frente al carácter doméstico de las instituciones señoriales.4 El «veguer», cuyo título viene del latínvicarius —representante de una autoridad superior— era un funcionario que asumía responsabilidades judiciales y de representación del Conde de Barcelona en el territorio bajo su jurisdicción.2
1.Diccionario
Básico Jurídico . Editorial Comares-Granada 1985.
2.Osorio
,Manuel. Diccionario de Ciencias Jurídicas y Sociales. Editorial
Heliasta S.R.L.Buenos Aires. 1979.
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