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miércoles, 14 de diciembre de 2016

ALCALÁ LA REAL, CIUDAD DE BEHETRÍA

CIUDAD DE BEHETRÍA

A lo largo del siglo diecisiete, el cabildo alcalaíno cuando entra en conflicto con otras jurisdicciones, sobre todo, con el Reino de Granada y el de Jaén o con las capitanías generales de la Costa o del Reino de Granada, se alude a Alcalá como ciudad de Behetría, ciudad independiente que no tiene que guardar más lealtad que directamente de la Corona, rechazando ordenes, mandatos y despachos de los distintos corregidores, capitanes generales o comisarios. Según provenía el término de la antigüedad, hace referencia "a población cuyos vecinos , como dueños absolutos de ella, podían recibir por señor a quien quisiesen. La elección de estos señores, como la dificultad de poner en claro los derechos de cada vecino, solían ocasionar perturbaciones y trastornos".1
Parece que este no es el  caso de nuestra ciudad, que tan sólo reconoce en la vida del corregimiento otro señor que el Rey. y sus obligaciones no se ven mediatizadas por el corregidor. También otros autores aluden a " a una especie de señorío medieval o derecho que por entonces tenían los pobladores de una villa o ciudad para elegir a su dueño y señor y para cambiarlo ".2 En esta línea se puede concebir el reconocimiento de Alcalá como ciudad de Behetría, aunque para ellos el único Señor que le dió todos los derechos o fueros era el rey y lo mantuvieron.
EN LA ACTUALIDAD





La veguería es una demarcación territorial histórica de Cataluña de origen medieval, que existió desde el siglo XII hasta el XVIII, cuando las veguerías fueron sustituidas por corregimientos a raíz del Decreto de Nueva Planta promulgado por el rey Felipe V tras la Guerra de Sucesión Española. Se trataba del territorio sobre el cual tenía potestad un «veguer», figura equivalente a la del «merinático» —o «merino»— y la del «corregidor».2 3
Estas instituciones surgen como alternativa a los condados y mandaciones —propios del régimen feudal en el Alto Medievo— para reforzar el poder territorial del monarca, a través de un aparato administrativo más centralizado, frente al carácter doméstico de las instituciones señoriales.4 El «veguer», cuyo título viene del latínvicarius —representante de una autoridad superior— era un funcionario que asumía responsabilidades judiciales y de representación del Conde de Barcelona en el territorio bajo su jurisdicción.2

1.Diccionario Básico Jurídico . Editorial Comares-Granada 1985.

2.Osorio ,Manuel. Diccionario de Ciencias Jurídicas y Sociales. Editorial Heliasta S.R.L.Buenos Aires. 1979.

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