El litigio de
la villa del Castillo
y
EL PERIODO FINAL
(ESTE ARTÍCULO LO HEMOS AEDITADO ANTERIORMENTE)
Hubo algún que otro conflicto con
miembros del cabildo hasta tal punto que el corregidor Obando tuvo que
detener a tres regidores, residentes en la villa, impidiéndoles su participación en los cabildos
del último trimestre del año 1667. En el Castillo se manifiestan nuevos conatos
de independencia por los ocho regidores residentes en dicha villa, encabezados
por Francisco Alvarez de Morales, Juan Galán
Miguel Benavides, Francisco Hidalgo y Gaspar Ortiz de la Hinojosa , exigiendo que
el cargo de alcaldes ordinarios se nombrara entre los regidores de la villa y
no por el cabildo de suertes entre todos los regidores alcalaínos.
El siglo finaliza con la misma problemática que se
inició, aunque por ahora se cierra un conflicto que se había mantenido larvado
entre la población del Castillo de Locubin y la ciudad de Alcalá. Por los años
setenta algunos alguaciles se sobrepasaron en sus atribuciones y fueron cesados
e, incluso, sufrió un atentado uno de ellos. En el año 1680, el teniente
corregidor don Andrés Alvarez de Sotomayor ordenó el encarcelamiento de los
alcaldes ordinarios por orden eclesiástica. La situación se encontraba bastante
tensa, porque los regidores residentes en el Castillo también estaban presos y
no se podía nombrar representantes. En 1684, el corregidor Ariz también tuvo
ciertos problemas con algunos vecinos del Castillo ordenando prender al alcalde de la villa
Sabastián Pérez de Aranda, provocando una serie de sustituciones en los cargos de
alguaciles. No obstante las actas de Cabildo reflejan la tranquilidad de los años ochenta y
califican el momento con un epíteto clásico de pax augusta. La villa, por otro lado, se recuperaba poco a poco de las secuelas de los años de peste y, en 1685, ya se observa que existía un maestro que quería abrir escuela dándosele licencia de apertura. Sin embargo la rebeldía seguía latente, pues este mismo año apresaron a tres vecinos que se negaron a pagar la bula. Continuaron los apresamientos en personas que no pagaban los arbitrios de tierras roturadas. En 1688, era la situación insostenible en el cobro de millones, a pesar que por el mes de enero el momento oportuno por ser el tiempo de la cosecha y el trato de jamones era muy numeroso, ya que los alcaldes ordinarios no podían cobrarlos por ser partes interesadas y había mucha dificultad en nombrar receptores de arbitrios que se encuentran en que
Un año después la justicia debió asistir a los receptores de las sisas ante la deteriorada situación y se mantuvo durante varios años la confusión en el repartimiento de impuestos entre la población. Los propios regidores residentes en el Castillo no podían ejercer medidas de fuerza o la disimulaban. Tan sólo, las imposiciones de millones dan lugar a una serie de
aplazamientos por las dificultades que entrañaba su cobro, ya que no existían
carnicerías ni tabernas donde se pudieran registrar el vino y la carne y la
mayoría de esto era consumido por los propios particulares. Esto daba lugar a
un repartimiento entre familias que se recuperaban de la difícil situación de
los anteriores años escasos de cosecha.
Este se encargó en 1690 a
los alcaldes ordinarios y alguacil mayor del Castillo, a los que por su labor
de apremio se les concedía una paga del seis por ciento. En 1692 algunos
regidores ganaron varios pleitos al cabildo alcalaíno por asuntos relacionados con los arbitrios de
las tierras. A estas se añadía la introducción den terrenos como veredas.
Aunque poco a poco van
disminuyendo las deudas con la
Corona , sin embargo esto no impidió que se reclamaran en el
año 1693 un resto de 10.000 reales para el finiquito de la compra de la villa
de Alcalá. Incluso, de nuevo la ciudad de Alcalá, sumamente embargada dilató el
pago de la deuda y salió de nuevo en subasta la villa del Castillo.
A esto había
que añadir los intereses de los regidores pretendiendo mantener los privilegios
en dicha ciudad, dando lugar al nombramiento de alcaldes ordinarios en sus personas que delegaban entre los vecinos de
la aldea, o el mantenimiento de algunos otros como el fiel medidor de granos
ligado a la familia Álvarez de Sotomayor que provocaban un conflicto de
competencias.
En el año 1693, la ciudad de Alcalá la Real se ve obligada a reconocer
ciertos débitos que todavía mantenía con la Corona referentes a la compra del Castillo. Aunque
trataron de impugnar la intervención del presidente de la Real Chancillería
Gregorio del Valle Arredondo que reclamaba todas las deudas, considerando su
actuación no legal por no pertenecer al reino de Granada, sin embargo, al principio, los argumentos justificativos,
aducidos por los regidores como ciudad de behetría, no tuvieron valor alguno.
Tampoco le valió que la subasta de la venta del Castillo no se había realizado
en Alcalá, perjudicando al término. Pronto se nombraron comisarios para pagar las
deudas para que el asunto no llegara a consumarse.
Mientras tanto el
juez Juan Gutiérrez de la Peña se trasladaba a la villa
del Castillo e iniciaba el amojonamiento de su
término para delimitarlo.
Como el asunto cada vez se presentaba difícil, se
obligó a adelantar el pago por el mes de
julio de 1693. Un año después el presidente de la Chancillería volvía a
reclamarlo en el mes de diciembre de 1694, dando lugar a aplazamientos
continuos a la nueva venta del Castillo de Locubín el día diecisiete de
diciembre. En el once de febrero de 1695, vino el mismo juez ejecutor anterior
para cobrar los atrasos, empeñando incluso las mazas de plata, valoradas en
ochocientos reales. En el mes de agosto, el regidor residente en el Castillo,
comunicó del intento del concejo de la
villa pretendiendo adquirir el término y embargar las tierras para pagar con
dicho dinero a la Corona :
Alcalá consideraba
que había pagado toda la deuda y, no obstante, si se encontraban algunos
reparos, aprobó que se pagaran de los arbitrios de tierras (Cf. 19.8.1695).Compartimos
las palabras de Alvarez de Morales, porque en las actas hay pocos datos, cuando
dice:
“ el ambiente
se va enrareciendo y como Alcalá no puede cumplir los pagos, con lo que se
retrasa el momento de entrar de nuevo en la posesión del Castillo con plenitud de derechos, los castilleros,
que saben cuan precaria es la postura de la ciudad, no la respetan, y lo peor
es que esta situación se conoce en la
Corte , porque los castilleros buscan como valedor al de los
Trujillos. La llegada al Consejo de la querella del Alcalde del Olmo, la
insolvencia de la ciudad, y las reclamaciones que denuncian el estado de
anarquía responsable, dan ocasión a que el Consejo disponga que, mientras se
ultima el pago del precio, y para excusar vejaciones a que los castilleros
están sometidos por parte de la ciudad, se rijan los vecinos del Castillo como
Villa Realenga, y elijan su Consejo según la costumbre de Castilla. Esta era la
novedad que trae el 1696...Rápidamente se acusa en Alcalá el efecto de aquella
resolución. Convencida de que nada puede conseguir si no es pagando, y es
peligroso que se acostumbren los castilleros a gobierno propio, con gran agobio
económico y quebranto de su hacienda, logra completar el pago el año 1698. El
amor propio, atropellado por la venta, se calmaría al tomar posesión simbólica
de la vieja fortaleza de La
Villeta , y ahora, tenía nuevos motivos para justificar sus
derechos sobre el Castillo: los muy poderosos de haberlo comprado con tantos
sacrificios ( Con Un castillo pag1.000).
En 1697 intentaron prender a varios vecinos, entre ellos los regidores Andrés
Ortiz y Pedro Amador, por una orden de la Real Chancillería ,
solicitando la pena de quinientos ducados. Nos muestra el funcionamiento del
Concejo y de la justicia que era ejercida por los alcaldes ordinarios que
tenían la orden del apresamiento. Así nos lo manifiesta el acta del 20 de marzo
de 1607:
“ y que el
escribano de esta billa baxo de la misma pena tenga obligación en los Cabildos,
que en esta Billa celebra aga notorio dicho acto y así mismo se anote en los libros capitulares de la ciudad de Alcalá
la Real baxo de
las mismas penas y se le haga ver a los escribanos de Cabildo para que agan
saber los Corregidores y Alcaldes
Mayores y no les admitan en los cabildos que se celebraran en la dicha ciudad a
don Andrés Ortiz y don Pedro Fernández Amador como regidores por ser declarados
reos”.
Las relaciones entre ambas se agravaron, al no poder hacer frente al
pago de dichas deudas contraídas y se vio obligada a dejarla que se administrara
durante los años 1696 hasta el 1698 mediante un Concejo, que fue elegido de
modo abierto por los vecinos en la Parroquia. Aunque no se ha podido encontrar una
relación clara entre los regidores residentes en el Castillo y sus intereses
agropecuarios, está claro que por estos años el número de ellos sobrepasaba los
doce regidores, y, entre ellos, porfiaban, por una parte, en mantener los cargos y oficios y otros en
mantener sus privilegios en los pastos de Alcalá, lo que suponía la pérdida de
sus haciendas. Aún más, los regidores junto con los alcaldes formaron el
Concejo de la Ciudad ,
que salió a recibir la toma de posesión. El cinco de febrero tuvo lugar el acto
de posesión, saliendo el corregidor junto con cuatro miembros del cabildo dos regidores y dos jurados, con los porteros
bajos mazas, montados a caballo, acompañados de un gran número de caballeros.
Al llegar al Castillo, fueron recibidos por el Concejo de la villa en medio
repique de campanas y toque de chirimía, tal como refleja el acta de aquel día,
muy alejada la descripción del cronista castillero. En la Villeta , los alcaldes
ordinarios Miguel Ibáñez y Diego Martín de Quesada, y los regidores residentes
Cristóbal Ruiz Cortecero y Francisco Muñoz Nava y el alguacil mayor Juan Marcos
de Rueda, en presencia de los comisionados de Alcalá leyeron el Real
Despacho de toma posesión, fechado el
diez enero. Obedecieron las justicias del lugar entregando las varas y entraron
en el Castillo, tomando posesión. Momentos después celebraron varias ceremonias
religiosas y protocolarias en la
Iglesia de San Pedro y en las casas de hospedaje destituyó a
los anteriores alcaldes ordinarios y alguacil mayor, nombrando a Alonso de Lara
y Juan Hermenegildo de Extremera, y Juan Ruiz Ruano. Para dar testimonio los
hidalgos miembros de la familia de los Sotomayor don Antonio de Sotomayor y don
Fernando y don Juan de Valenzuela y
otros caballeros acompañaron a la comitiva del cabildo alcalaína hasta la
salida de la ciudad. Diferente es la descripción y la apreciación de los actos
pues el escribano dice:
“Y de como la
tomaron quieta y pacíficamente, sin contradicción alguna, lo pidieron a mí el
Escribano por testimonio, y el dicho señor corregidor mandó dar en bastante
formas. Cf.5.2.1698)
Lo cierto fue que el corregidor Francisco de Pinedo
había conseguido en el mes de octubre de 1697 la restitución de la villa.
Sin embargo a finales de año, el corregidor de
Alcalá tuvo que apresar al alcalde ordinario Juan Hermenegildo y destituir al compañero, llevando el asunto a la Chancillería ante las
quejas de los vecinos, nombrando como alcaldes al los regidores residentes en
la villa Andrés Ortiz y Pedro Galán de la Bella.
No hay comentarios:
Publicar un comentario