Archivo del blog

miércoles, 14 de septiembre de 2016

EL PESQUISIDOR FRANCISCO DE MEDINA Y EL CORREGIDOR DIEGO DE ROMANÍ

EL BACHILLER FRANCISCO DE MEDINA

Recogíamos en el capítulo anterior del artículo de Ruiz Povedano " que los Reyes Católicos, desde Santa Fe, el 13 de marzo de 1482, comisionaron al bachiller Francisco de Medina para que fuera a Alcalá la Real a tomar la residencia al licenciado Bartolomé de Santa Cruz, quien durante los dos últimos años había desempeñado el corregimiento de la ciudad 126. Mediante el juicio de residencia, se pretendía averiguar cómo habían actuado el corregidor y sus oficiales en la administración de justicia, el cumplimiento de las leyes, las penas impuestas, la defensa y restitución de los términos de la ciudad, la gestión económica y contable de la hacienda municipal, etc. Es decir, a través de este acto institucional regularmente establecido para todos los oficiales públicos, se pretendía una rendición de cuentas por parte del corregidor y , consecuentemente, en exigirle asumir aquella responsabilidad a la que hubiera lugar por su gestión.
Los reyes asignaron al bachiller Medina un plazo de 30 días para realizar la residencia de Santa Cruz. Teóricamente ésta comenzó el viernes 6 de abril, cuando el juez nombrado compareció en el cabildo de Alcalá, presentó la real cédula de su nombramiento, juró su cargo y, tras tomar para sí las varas de la justicia, nombró sus oficiales auxiliares "a los quales dio poder e comisyon como lo el tenia de sus altezas para que regibiesen todas las quexas de los que se viniesen a quexar del dicho corregidor que fue desta Çibdad" 128 . Inmediatamente, el juez de residencia mandó pregonar, en la puerta de la Torre del Rey y en la plaza pública, el inicio de la misma. Posiblemente, el contenido del pregón que, en otras circunstancias, habría pasado inadvertido, ahora cobraba aquí una dimensión hostil hacia el residenciado: "todos los que tuviesen quexa del dicho corregidor e de sus oficiales de qualesquier agravios e synrazones e tomas que le ovieran fecho, venganlo disyendo e declarando ante el dicho señor bachiller e jues de resydenlia y faserle ha justigia del dicho corregidor".Así debió entenderlo el propio licenciado de Santa Cruz quien, sintiendose agraviado por los términos utilizados, pidió testimonio escrito del citado pregón.
No se pudo iniciar la residencia del corregidor Santa Cruz , por cierto muy esperada por el grupo de caballeros que gobernaba la ciudad. Unos días antes de su llegada, el propio concejo de Alcalá. según un acuerdo el 25 de marzo, lo acusó ante la Corte presentando en un memorial, e invitó a "todos los que pudiesen yr del regimiento a suplicar a sus altezas".
..................
126. AGS, RGS, 1492-marzo, fol. 237; AMAR, Cuaderno de Actas de 1492. Pub. F. TORO CEBALLOS,
Colección, doc. núm. 33, . 96-97.
127. Vid. J.M' GARCÍA MARÍN, El oficio público en Castilla, 317-320.
128. Cuaderno de Actas de 1492. Pub. F. TORO CEBALLOS, Colección, doc. núm. 33, p 95-96.
129. Ibíd., 97-98.
.............
Precisamente el día 6 de abril que llegó a la ciudad, se presentó en la Torre del rey, donde se hallaban los regidores, jurados y escribano reunidos a cabildo. Les presentó la provisión real de su nombramiento para realizar el juicio de residencia. Los alcaldes y el alguacil entregaron las varas de la justicia real en presencia del escribano Diego de Torreblanca, al msmo tiempo que juró cumplir con los mandatos de la provisión real. Comisiónó a Montesino de la Isla, Montesino de Ávila y al alguacil Montesino García para " que usaran bien los oficios bien y fielmente por el dicho señor jues susodicho, a los quales dio poder e comisión lo él lo tenía de sus altezas". Ante el escribano Cristóbal Gallego, el pregonero se presentó en la plaza , junto a la calzada que salía de de la Torre del Rey, y se pregonaron las bases del juicio de residencia de Santa Cruz y todos los oficiales.
Pero, no le dio tiempo a abrir los papeles , porque fue comisionado por los Reyes Católicos para resolver un pleito de términos entre las ciudades de Archidona y Loja. Por cierto, esta ciudad no formaba parte todavía del corregimiento alcalaíno, y, junto con la ciudad de Alhama, constituía un corregimiento, que al principio fue regido por el estamento militar que nombraba sus tenientes y alcaldes mayores antes y durante la pesquisa del bachiller Medina. Y, desde 27 de junio de 1492, el corregimiento pasó a manos civiles en la persona del bachiller Alonso Fajardo de Fromicedo. No fue muy del agrado del concejo alcalaíno esta interrupción del mandato real de residencia e hicieron protestas ante el consejo, dando lugar al envío de otro pesquisidor Juan de Burgos. Este no llegó a intervenir en la ciudad de la Mota, porque se presentó, de nuevo , el bachiller Medina el 24 de abril e inicia los autos de su misión de residencia. Primero, requirió " al concejo alcalaíno tanto las cuentas municipales, como la provisión del nombramiento de corregidor del licenciado de Santa Cruz ´para ver sy avya cunplido lo que sus altezas por ella mandan´. Los capitulares no respondieron sobre la contabilidad —uno de sus principales incumplimientos y de la grave responsabilidad que ellos tenían—, pero entraron de lleno como parte acusadora en la gestión del corregidor, al que denunciaron ante el juez de negligencia en el cumplimiento de su oficio: ´porque parevio el dicho correjydor no a yer conplydo algunas de las cosas que en la dicha provysyon contenya´. El concejo y en particular el regimiento otorgaron su poder cumplido a los jurados Pedro de Aranda y Diego de Padilla para hacer "relación e requerymiento por un memorial, que alli se acordo, al dicho señor" 133.
Se conservan en el archivo municipal las actas capitulares del año 1492, en el que presidió el cabildo municipal. Parece que no se hace referencia al memorial ni a los resultados de la residencia realizada al licenciado de Santa Cruz. Por el contrario, sí afloraron anomalías, corrupciones y descontrol en la gestión económica del municipio. Al día siguiente de su reincorporación, el día 25 de abril los propios miembros del regimiento- Pedro de Aranda, Alonso Ortiz, Pedro de Escavias, y los jurados Diego de Padilla, Pedro de Aranda y Pedro Pedro de Aranda- , tratan de quitarse la responsabilidad de sus cargos en la contabilidad y administración de las cuenta y las descargan sobre el mayordomo y el almotacén —aludiendo que todas aquellas rentas municipales y todas aquellas irregularidades en las cosas de sus oficios están todas corrompidas e non guardadas", dice Ruiz Povedano · llegando incluso cínicamente a plantearle al juez de residencia que "sy culpa estouiesen lo castigase""4. No obstante, no queremos dejar de señalar ni pasar por alto un dato ocurrido catorce años antes, que nos aporta una cierta luz sobre la dimensión personal y profesional del licenciado de Santa Cruz. Éste fue acusado de cohecho y robo en Avila mientras desempeñaba el oficio de alcalde mayor en compañía de su padre,

Se trataba de una cuestión de debates de términos entre Loja y Archidona, según nos consta por
un documento posterior de reclamación de su salario (1493, septiembre 6. Barcelona. AGS, RGS, 1493septiembre, fol. 153)..
132. 1492, abril 16. Santa Fe. AGS, RGS, 1492-abril, fol. 209.
133. 1492, abril 24, martes. Cuaderno de Actas de 1492. Pub. F. TORO CEBALLOS, Colección, doc.             
úm. 33, 98-99.
134. 1492, abril 25, miércoles. lbíd., 99.
130. I bíd.,


el licenciado Juan del Campo que, al parecer, era corregidor o lugarteniente del corregidor en esa ciudad Los resultados de la investigación abierta por los monarcas en enero de 1478 no se conocen, si bien éstos no volvieron a delegarles y encomendarles otros asuntos al hijo —Bartolome de Santa Cruz— hasta pasados casi tres años y más de siete al padre, el licenciado Juan del Campo'''.

Prácticamente, este año y con las pesquisas, se iba a día por reunión de cabildo.. El día 25, el bachiller junto con los miembros de cabildo lo dedicaron, (por cierto acudió el regidor Luis de Leiva junto con los reiterados otros miembros). a asuntos del Castillo de Locubín- nombramiento de alcaide, mayordomo, alguacil, establecimiento, subastas y remates de tiendas y estancos de aceite, pescado y carnicerías-.El día 27, no hay acuerdo entre regidores y pesquisidor, de tal modo que se reinen por la mañana los primeros para tratar sobre el nombramiento del personero, y, por la tarde , se leyó la carta de provisión real sobre cuentas y amenaza de encarcelamiento y se aprobaron varias cuentas sobre adecentamiento de calzadasPues, el final es desgraciado, nada menos que el el domingo 27 de mayo de 1492, "estando el licewiado Santa Crus en la plaça publica de la Çibdad de Alca/a, cavalgando enqima de una mula, salvo e seguro, que un Antón Ortelano, vesino de la dicha Çibdad le dio Çiertas cuchilladas a traision, de que el dicho lkeneiado esta a la muerte". Esta escueta noticia nos la transmite la carta de los Reyes Católicos ' 38 y nos la amplía la R.P. del Consejo Real I ". Ambos documentos constituye la única referencia que nos ha llegado de este insólito asesiinato 140 del licenciado de Santa Cruz, ocurrido tras finalizar su juicio de residencia Ciertamente, los 30 días fijados por la R.P. debieron estar rebasados y cumplidos el día 27 de mayo, bien contemos a partir del 6 de abril, cuando compareció por vez primera en Alcalá el juez de residencia y abrió la misma mediante el citado pregón, o bien a partir del 24 de abril, cuando éste reinició sus actuaciones al volver de nuevo a la ciudad. Los Reyes Católicos, además de la intervención extraordinaria y sumarísima encomendada a su alguacil Álvaro de Acosta, con plenos poderes, intentaron normalizar la situación de Alcalá la Real con el envío de un nuevo corregidor. Y, en este momento, se suspenden las sesiones. Algo grave debió ocurrir. El silencio clama contra la falta de noticias en el primero se resuelve un asunto del personero de la ciudad por diferencias entre los regidores y el pesquisidor Medina, y se alude a la presentación de las cuentas de la ciuda ante la amenaza de no poder salir del cabildo; En ninguna de estas sesiones se hizo referencia
a lo ocurrido, ni existe la menor mención por parte de los capitulares y del juez pesquisidor.


corregidor DIEGO DE ROMANÍ


Desde Córdoba, el 4 de junio de 1492, nombraron al licenciado Diego de Romaní para ocupar el corregimiento y el juzgado de Alcalá durante un año 141 . Con seguridad se puede afirmar que éste nunca llegó a venir. La Corona lo nombró como juez de residencia del corregidor de los lugares y villas del Priorazgo de San Juan, el licenciado Heredia. Ni tomó posesión del cargo, ni se ha conservado rastro de ello. Hay noticias del mismo en las actas capitulares

135. Los Reyes Católicos, desde Sevilla, el 27 de enero de 1478, nombraron pesquisidor a Juan Flores,
vecino de Toledo, para investigar esos robos y cohecho cometidos en Avila, de los que fueron acusados
el padre e hijo. AGS, RGS, 1478-enero, fol. 117.
136. Según los datos que obran en el Registro General del Sello del Archivo de Simancas: 1480, noviembre
17. Medina del Campo. 1480-noviembre, fol. 172; 1485, abril 15. Córdoba. 1485-abril, fol. 225.
137. La noticia la conocíamos a través de la documentación del Archivo General de Simancas, que
posteriormente vimos también utilizada y citada en el trabajo de Pedro. A. PORRAS ARBOLEDAS (La
nobleza de la ciudad de Alcalá..., 40),
138. 1492, junio 2. Córdoba. Cuaderno de Actas de 1492. Pub. F. TORO CEBALLOS, Colección,
doc. núm. 33, 108-109.
139. JOSÉ, mayo 29. Córdoba. lbíd., . 109-110.
140. P.A. Porras Arboledas equivoca la fecha de este asesinato, situandolo a finales de 1490, probablemente
confundiendolo con el alboroto que tuvo lugar por esas fechas (La nobleza de la ciudad de Alcalá la
Real, 40). Ut supra nota 137.
141. AGS, RGS, 1492-junio, fol. 39.
HID 29 (2002) 397-427
Poder, oligarquía y parcialidades en Alcalá la Real: el asesinato del corregidor Bartolomé... 423
. Posiblemente, tras su nombramiento, los Reyes Católicos debieron dejarlo sin efecto, puesto que tenían al citado Romaní ocupado con otros asuntos 142, y mantuvieron al bachiller Medina, anterior juez de residencia, como pesquisidor y justicia mayor de la ciudad —así aparece titulado en las actas capitulares— hasta el año siguiente que es nombrado Juan del Portillo 143.
Desde el día 27 de mayo, fecha del atentado, hasta el 19 de junio, fecha de la primera comparecencia de Álvaro de Acosta, el cabildo se reunió sólo los días 8, 15 y 16 de junio. No hay referencia al asesinato ni resoluciones del juicio de residencia. Los reyes se pusieron en marcha de inmediato y escribieron una orden real de pesquisa el 29 de mayo, dando sus frutos el dos de junio , porque ya se conocieron los autores materiales. . El día 8 de junio , asuntos de trámites sobre solares, entrada de ganado en Huerita de Moriana y tierras de labrantía. El 15 y 16 de junio, trató sobre los pechos, derechos de ejea , meajas y portazgos, leyéndose ampliamente varias provisiones reales y la respuesta de l concejo sobre la exención. También se pregonaron en la plaza pública las ordenanzas de venta de conejos y plaza en la plaza pública, limitación de precios entre seis y cuatro maravedíes y prohibición de hacerlos en otros lugares como los mesones o los cazadores sopena de seiscientos maravedíes. También se pregonó una carta real aludiendo al asesinato de Bartolomé de Santa Cruz, nombrando al asesino, Antón Hortelano. Y añadía que fueran culpados y prendidos otros cómplices del acto delictivo, al mismo tiempo que anunciaba el nombramiento de Álvaro Costa para entablar la comisión del asunto. Se pagasen los daños de la pesquisa. . El domingo 17 de junio se llevaron a cabo el remate de almotacenazgo de Alcalá y Castillo, y el del Cañuto y se pregonaron ordenanzas sobre zahúrdas en el Arrabal Nuevo.

. El Consejo Real creyó que sobrepasaba el asesinato del corregidor a un simple atentado sino que quiso investigar todo lo ocurrido y no creía era una conspiración de algunos vecinos, resentidos contra el licenciado de Santa Cruz,
"porque ovo fecho justicia de alguno o algunos de los que agora delinquieron en lo susodicho". E de inmediato , nombró pesquisidor a Alvaro de Acosta, alguacil de la Casa y Corte, a quien envió a la localidad a investigar el atentado. se presentó el diecinueve de junio.
No obstante, conforme avanzaron los días, las noticias que llegaron de Alcalá
debieron dimensionar y agravar las circunstancias del atentado, cuyos efectos ya se sabía que tuvo un alcance mortal -"el dicho letrado esta a la muerte". El alguacil real, tras la presentación de dos cartas de comisión real, ordenó que ningún regidor, jurado ni miembro del cabildo salieran de la ciudad y de sus arrabales sin licencia suya so pena de 20.000 maravedíes de pena. Tomó precauciones para que pudieran acudir a sus cortijos y tierras siempre que lo hicieran en jornada laboral, de sol a sol. No dejó pasar asuntos sobre la meaja, ejea, diezmo y medio diezmo. También, pregonaron que no se pagaran estos impuestos relacionados sobre los ganaderos. Como dice Ruiz Povedano : El atentado contra Santa Cruz no fue un acto de ira o de arrebato de unos particulares. Al parecer, formó parte de una venganza,de un acto que buscaba acabar con la vida de un representante de la autoridad de los monarcas en la ciudad. Incluso podría pensarse que iba más allá del simple asesinato. Tanto su preparación y su ejecución, como su carácter colectivo nos induce a pensar que se trataría de una conspiración y sedición, a juzgar por la calificación que de esta aciago acontecimiento hizo el propio Consejo Real: "algunas personas vesinos de Alcala la Real con poco themor a Dios e en menosprecio de nuestra justicia, sobre asechanea e fecho pensado, firieron malamente al lieeneiadp Bartolome de Santa . En resumen, por no alargar los pormenores, estas fueron las actuacionesencomendadas y desarrolladas a continuación:
1°.- Ir a Alcalá la Real o cualquier otro lugar para detener al autor material
de las cuchilladas al licenciado de Santa Cruz: "ante todas cosas, prendades el cuerpo del dicho Anton Ortelano, donde quiera que lo fallaredes e les secrestedes todos sus bienes muebles e rayzes".
2°.- Investigar la naturaleza y dimensión de la agresión, "quien e quales
personas fueron culpantes en lo susodicho e dieron consejo, fauor e ayuda al dicho Anton Ortelano e quien e quales personas fueron nigligentes en le prender despues que hiño al dicho lkerwiado". Es decir, proceder contra los colaboradores e inductores,así como contra los que los ampararon o dejaron de cumplir su obligación de detenera los agresores.
El día veinticuatro de junio, se encontraban todos los jurados y regidores salvo algunos que no pudieron acceder por enfermedad. Era el cabildo de suertes, que por estas fechas se celebraba en torno a la víspera o día de San Juan. Trataron de las suertes y de la alcaldía del Castillo, y se nota un enfrentamiento por los bandos y las retribuciones del cargo, también lo hicieron sobre los veedores,. Antes de que se rematasen las subastas de la venta de Acequia y de la Rábita, se presento el alguacil Acosta y obligó a varios regidores Pedro de Aranda. Pedro de Escavias,Alonso Ortiz, Juan de Aranda y a los jurados a Pedro de Aranda y Diego de Padilla a acudir a la Corte ante los Reyes Católicos y en el plazo de 15 días , y "en la Corte, delante del rey e la reyna, nuestros señores, e delante de los del su Consejo, a dar cuenta de su negligencia"" . Al mismo tiempo les ordenó permanecer en la Corte hasta que les autorizaran a salir de ella bien los monarcas o bien el Consejo Real.
En los cabildos siguientes, hasta el cuatro de julio se escalonan las ausencias de los regidores que debían acudir a la Corte. En el día 29, se hallaban de camino en la Corte todos los regidores implicados salvo Juan de Aranda y los jurados. Los que quedaron eligieron a Benito de Baena como mayordomo de la ciudad y echaron suertes sobre el pendón y la contaduría. Pero se les ve interviniendo en los nombramientos y en la defensa de sus parcialidades. Ya el día uno de julio, se habían marchado casi todos menos Juan De Aranda que intervenía en el asiento de las salinas estableciendo la prohibición de sal fuera de este sitio por el toldero, también se remataron el horno de la plaza y los oficios de almotacén y de fieldad. El siguiente dia, Juan de Aranda y Pedro Fernández sacaron varias cartas reales y actas sobre la ejea y meaja para llevarlas a la Corte. El día cuatro habían quedado más que dos regidores Pedro Fernández de Aranda y Luís de Leiva, los otros estaban con los Reyes , tomaron el cauerdo de las carnicerías pequeñas de la plaza hasta unas tiendas junto a la tienda de Juan Sánchez y conviertiendo las antiguas en dos tiendas, comenzaba a edificarse en el arrabal nuevo del Huerto de Moriana y el propio pesquisidor se propuso acabar las nuevas Ordenanzas. Siguieron los cabildos el día cinco sobre obligaciones de precios en las carnicerías y pago del horno; el 17 sobre el traspaso de la venta de la Rábita; por orden del pesquisidor y justicia Medina el día 24 se llevó a cabo una importante labor de archivo en el arca del cabildo, donde se guardaron todos los libros de cabildo, un alcance de Micer AmbrosiO, ordenanzas y aranceles.
A partir de aquí, no hay más cabildos hasta el cuatro del mes de octubre. Y aparecen la mayoría de los regidores que se hallaban en la Corte. Concluimos con Ruiz Povedano

El procesamiento de estos regidores y jurados con los Reyes y su estancia en la Corte para rendir cuentas debió prolongarse aproximadamente durante tres meses, como bien lo constatan las actas capitulares, al menos hasta el 4 de octubre, fecha en la que se asientan de nuevo los nombres de algunos de estos regidores y jurados. A mitad de julio, el Consejo Real comisionó a los alcaldes de Casa y Corte, el bachiller Gonzalo Sánchez y Gonzalo Fernández Gallego, para entender y proseguir el proceso criminal ya iniciado por la muerte del que durante dos arios fue corregidor de Alcalá la Real, el licenciado Bartolomé de Santa Cruz, "porque no se oviesen de gastar" los dichos regidores y
jurados alcalaínos 148 . Tampoco se sabe si hubo alguna imputación o si se alcanzó a conocer su participación efectiva en el asesinato de Santa Cruz. Posiblemente, como parece deducirse del regreso de los capitulares, quedarían absueltos de la acusación de negligencia inicialmente formulada por el alguacil Acosta. Sin embargo, la sospecha de que aquello fue una acción maquinada y planeada por el sector privilegiado del concejo y de su oligarquía, sobretodo, por parte del todopoderoso Fernando de Aranda, a quien se consideraba el inductor o autor intelectual del atentado y asesinato continuaba aún viva en la Corte. Los propios Reyes Católicos presentían que detrás de lo ocurrido en Alcalá se encontraba Fernando de Aranda, al que tenían en la peor de las consideraciones, según su propia estimación o valoración de su persona: "vezino e regidor desa dicha Çibdad es honbre escandaloso y diz que no obedene ni cunple nuestros mandamientos, segund e como derecho es obligado, e que algunas vezes ha estorvado de esecutar nuestra justieia en algunos malfechores
146. Con la única excepción de poder ir a sus haciendas, siempre "que no salgan de la gibdad fasta salido el sale que vengan a tienpo que se les ponga el sol en la Çibdad". 1492, junio 19, martes. lbíd., 107.
147. 1492, junio 24, domingo. lbíd.,116.
148. 1492, julio 18. Valladolid. AGS, RGS, 1492-julio, fol. 82.
e otras personas"" o . Por tal motivo, dos arios después del asesinato de Santa Cruz, continuaba abierta la investigación, pues los monarcas volvieron a ordenar al corregidor de Alcalá la Real realizar una nueva información: "sepays la verdad por cuantas partes e maneras lo podades saber, que son las cosas que el dicho Fernando de Aranda ha fecho en menospregio de nuestra justivia, despues que nos proveymos de corregidor en la dicha Çibdad al dicho lkerwiado de Santa Cruz, ya defunto"
A partir de esta fecha, en tiempos de este pesquisidor se abrieron dos nuevas puertas en la ciudad, la Nueva y otro en el Arrabal Viejo.Y se dedicaron a administrar y ampliar los ingresos de propios: arrendamiento de las ventas de Carrizal, las penas de campo y un corredor. Se controlaron los carrizales y la leña; también los pesos de las carnicerías y otras pesas y medidas/( arroba , media de cobre, palmilla de aceite, marco de ocho libras y palmilla de aceite. 8 cabildo 6.10), sobre el salario de los albañiles, carpinteros, maestros , oficiales, jornaleros, arriero ( 9.a0), se arrendaron tierras de propios (Acequia y Encina Hermosa (15.10). se arrendaron las penas de juego (16.10), las penas de cámara ( 20.10), venta de sal ( 20.10), surgieron problemas de arrendamiento , traída del privilegio, tiendas de aceite, tienda del queso.

Hasta que llegó Juan del Portillo.








No hay comentarios:

Publicar un comentario