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martes, 24 de mayo de 2016

LA LABOR NORMATIVA DEL CORREGIDOR HERNÁN PÉREZ DE TORRES

La labor normativa de la ciudad tuvo un gran desarrollo con este corregidor. En varias ordenanzas se plasmó la preocupación por la conservación de los montes. Así, del doce de mayo se publicaba una, referida a la prohibición de entrar el ganado en las cuevas y peñas del paraje de Monte el Rey desde el día de san Juan hasta el día de Todos los Santos.  El dieciocho de agosto, se regulaba el coto de las viñas del Castillo de LocubÍn y un año después, el tres de mayo, se impedían que los vecinos del Castillo de Locubín sacaran leña para venderla en Alcaudete ni a otra cualquier parte.  
En el año 1535, tuvo lugar una nueva ordenanza por la  se permitía que el ganado pudiera entrar en los rastrojos(16-7). En 31  de diciembre de 1536, legisló que no se pesaran por los cortadores las carnes de vaca y machos juntos sopena de 1.000 maravedís. El pescado se regularizó mediante una ordenanza por la que se obliga a quitar al pesado cola, cala y hocico tanto a l seco como al remozado sopena de 600 maravedís(24-3-536) y en mayo del mismo año se impidó la venta de tocinos fuera de aquellos establecimientos.

En el año 1537 (12 de octubre de 1537) se reguló la actividad de los tinajeros para vitar el fraude en pegar las tinajas mediante una ordenanza que obligaba a la justicia y a los diputadores regidores a estar presentes en esta operación. También se publicó otra sobre las reses vacunas( 30-9153). También se reguló la actividad comercial de venteros y mesoneros sobre la paga de la cebada y la venta de vinos, prohibiéndoles vender dos en lugar de uno y estableciéndoles aranceles( 8-11-1538).

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