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lunes, 14 de agosto de 2017

LOS CORREGIDORES DE CARLOS III.RELACIONES CON LAS INSTITUCIONES

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Con el abad
Las dos autoridades o cabezas realengas, la abadía y el corregimiento, compartían competencias diferentes , que se veían afectada por compartir lugares comunes o  intereses contrapuestos. Entre los primeros, fruto de las buenas relaciones, en tiempos del marqués de Ussel y el cabido dio permiso a que se cediera las casas capitulares a la Iglesia Mayor Abacial .
        A pesar de estas medidas reformistas,  en el reinado de Fernando VI, hubo repetidos conflictos entre la iglesia local y el propio corregidor, que manifiestaza un nuevo modo de concebir la sociedad; entre ellos, no se obligaba la presencia de la autoridad eclesiástica en actos protocolarios y, aún más, se  inmiscuía en su jurisdicción con la licencia de que los mercaderes trabajaran los días festivos. Todo ello hay que comprenderlo con la nueva política de recuperación de la economía introducida por el Marqués de la Ensenada, que el corregidor Alfonso de Montoya trataba de plasmar y tuvo su principal obra con la elaboración del Catastro, del que no hubo respuestas por parte de los bienes eclesiásticos. Como tampoco, pagaron el ocho por ciento de la parte que el papa había concedido al Rey, ya que por el convenio con el Obispado de Jaén el escusado y el subsidio de la  iglesia  local superaba con creces el beneficio de las rentas que no pudieron  valorar ni registrar. En esta línea del regalismo,  es la nueva bula papal del 1749 que dejaba las primicias de las malezas, bosques, jarales y montes a la Corona hasta que se rompieran.
            En tiempos de Carlos HI, se sucedieron los enfrentamientos, más de protocolo que de fondo . Entre ellos Vicente Saura los tuvo con el abad Esteban Mendoza y Gatica por razones del sitio de las ceremonias religiosas.
TERRITORIALIDAD Y COMPETENCIAS
Uno de los conflictos larvados entre regidores y corregidor radicaba en la interpretación y repartimiento de competencias entre ambos, Sobre todo el nombramiento de los alcaldes ordinarios del Castillo de Locubín y alguacil mayor y la creación de nuevos cargos como los guardas de montes  provocaban un enfrentamiento entre los diversos bandos de regidores en los mismos cabildo de modo que llegaba el asunto a un pleito a instancias superiores de la Corona, sirviendo la Chancillería como mediadora de la solución entre ellos. El marqués de Ussel los tuvo con el nombramiento del alguacil mayor y los guardas de campos, e, incluso , en sus juicio de residencia fue acusado de malversación de fondos por asignar partidas de propios a estos cargos  y  de no cumplir los privilegios de la ciudad  favoreciendo a sus propios criados. Lo mismo le aconteció al Juan Pérez de Vargas   No disfrutó de la amistad ni consenso de los regidores ni jurados, sino que, debido a su carácter autoritario, tuvo enfrentamientos con el cabildo  municipal. Incluso, llegó a apresar Fermín de Callava, a uno de ellos, que fue apoyado por el resto de los regidores. En el fondo del conflicto se encuentra un conflicto entre ellos por motivo de primar a familiares en puestos secundarios de la administración de la justicia. El corregidor quería mantener en el puesto del alguacilazgo a un familiar suyo, contraviniendo la regalía que poseía la ciudad de nombrar a los alguaciles mayores entre sus regidores, y su posterior tenencia en una persona afín, y , lo mismo pretendían los regidores. El caso era complicado porque el primero prorrogaba esta función aun sin nombramiento, mientras la ciudad quería hacer recaer el puesto en un malversador de la hacienda pública que había cometido fraude en la fielldad de la sal de Loja, por lo que fue acusado ante la Justicia de Granada.
Es interesante conocer este proceso de ajusticiamiento por desacato de un regidor, que tuvo lugar durante un cabildo en el que le acusó al propio corregidor de incumplimiento de las leyes, falta de nombramiento y no defender el terreno común permitiendo la roturación de tierras. Por su parte, el corregidor manifestaba la corrupción y malversación de fondos públicos que se daba entre el cabildo. En líneas generales, se observa la fuerte cohesión del cuerpo de regidores ante las acusaciones y el no sometimiento ante el juez como privilegio de los caballeros- hidalgos regidores, sino ante la Chancillería.
Ante la falta de argumentos, el corregidor no tenía más medidas que suspender el cabildo, el apresamiento en su casa, y abrir, mientras tanto, un auto en el que participaban amabas partes en sus manifestaciones y declaraciones que eran las que emitían el veredicto.
No sólo tuvo enfrentamientos con los regidores sino también con la propia vecindad hasta tal punto que se trajo de su  tierra varios criados, a dos de los cuales, Pascual de los Reyes y don Bernardo Peralta,  nombró maestros ordinario o criados de Monte, que los encargó en la función de cuidar de los campos. Sin embargo, ellos lo emplearon en aprovecharse en quitar la leña de los pobres jornaleros. La  provisión real del Consejo es explícita de la situación:
al mencionado don Bernardo Peralta sin advertir que éste a quien llamasteis Maestro, le habíais llevado de vuestra tierra, y manteníais en vuestra casa como criado, y doméstico buestro aziendo que por esto los demás buestros criados  os conduxesen a vuestras casas  todas las cargas de leña, aunque no fuese denunciable, que encontraban  de los pobres que para sufrir el rigor del invierno solían conducir quedándoos con ellas sin título que el de haceros dueño de todo por hallaros correxidor de esta ciudad y conceptuar preciso el que sufriesen todos  vuestros excesos.  
            Pero los nuevos diputados del común y síndico personeros se vieron envueltos en diferentes conflictos, como en tiempos de l corregidor  Montalvo , que hubo que  acudir a la Orden Real de 10 de noviembre de 1769, comunicada por don Ignacio de Ygarda  “los diputados del común tengan las mismas facultades que competen a los regidores del ayuntamiento en la exacción,  de las penas, suspensión, prohibición y nombramiento de los oficiales ya que manejan caudales comunes, o los abastos que el público probee y tienen conexión o dependencia con los mismos”, Pues los antiguos miembros del cabildo como los  regidores decían que no tenían noticia de ello  y se trajo el testimonio del escribano público de la villa de Alcaudete

El conflicto con la villa de Castilla de Locubín se complica durante este periodo, , a pesar de que los diversos corregidores trataron de mediar en el asunto. Pues, en  el reinado de Carlos III se dio un gran impulso a la separación de esta villa, debido a que se crearon nuevas instrucciones y una organización básica para realizar los posteriores pasos de la independencia de la villa. Distinto es el caso de la villa del Castillo de Locubín, que a través de la iglesia local, en este caso su notario apostólico, vuelve a repetir el deseo independiente de años anteriores. El cabildo alcalaíno no veía oportuna cualquier  dejación de poderes en este contexto de participación popular, aún más trata de retardar todas las medidas relacionadas con la creación de la Junta de Abastos, que suponía crear un concejo abierto, en el que todos los vecinos se convertían en electores para elegir sus dos diputados y un personero que junto con el escribano la constituyeran para debatir todos los asuntos relacionados con el abastecimiento de la ciudad. Aún más, ya no les interesaba a los regidores alcalaínos  que la villa se nombrara  como tradicionalmente lo había sido, sino que incluso en un intento de centralismo chovinista desorbitado y en defensa de privilegios la equipararon al resto de sus aldeas.
Sus alcaldes ordinarios los transformaron en simples ministros de la justicia del corregimiento, meros transmisores de los pleitos, pendencias, y  conflictos ciudadanos ante el corregidor y alcalde mayor sin ninguna función ejecutiva. De ahí que al final y por el imperativo de muchas órdenes superiores de la intendencia general y del Consejo de Castilla, tuvieron que asumir la nueva situación y se nombró la nueva Junta de Abastos, no sin un nuevo formulario en el que junto al juramento del cargo y beneplácito por la ciudad, se le  imponía una serie de reparos, todos tendentes a mantenerse en las circunstancias de acatamiento ante la jurisdicción del cabildo alcalaíno.
 El conflicto con el Castillo no hace sino iniciarse porque se acumulan los pleitos con las competencias del escribano y las relaciones con la intendencia de Jaén por parte de la villa del Castillo, a lo que da lugar una fuerte propuesta por la ciudad que obliga a todo su aparato administrativo a defenderse de esta situación.   
En tiempos del corregidor  Moreno de Villena, ante el conflicto larvado por el repartimiento de tierras, se creó la Junta de Abastos y se logró cierta pacificación. Pero, con el siguiente corregidor Juan Domingo de la Cabada volvieron a reverdecer los conflictos anteriores, ocasionándose grandes disputas con la Junta de Abastos del Castillo de Locubín, por el tema de la sal, milicias y abasto que venía ejerciendo dicha institución;  y  finalmente en tiempos de Ignacio Joaquín Montalvo intentó la separación de Alcalá  la Real. Lo fue con motivo de las imposiciones, los alcaldes del Castillo   Juan López de Contreras y, Juan de Sevilla y José Extremera de Contreras, rentero provincial, llevaron a cabo  un conato de independencia para evitar impuestos. Lo motivo José de Aranda,  por su fuerte importancia aceitera. Se aducía que  por el cabildo alcalaíno que no existía consejo en Castillo,  a lo que dio respuesta Toribio de Puerma. Y con una carta del intendente de Jaén 30 de junio de 1787 se presentaron los vecinos del Castillo  defendiendo sus posiciones.


En la misma línea del país se reparten tierras de propios entre los vecinos de la ciudad y el campo, tendiendo a otorgarlos a los más cercanos a su vecindad y entre los labradores, yunteros, pujareros y jornaleros, dejando reservados pocos terrenos para el resto de los oficios. Entre los nuevos terrenos repartidos a partir de 1768, se encontraban las Noveruelas, el Romeral, los Llanos, Fuente Álamo, Encina Hermosa, que van a dar lugar al asentamiento definitivo de muchos labradores en las aldeas , que comienzan a progresar y aumentar de población, como las Ribera, Charilla, Santa Ana, la Pedriza, Valdegranada, Hortichuela, y Fuente Álamo.[1] Supusieron una cantidad de once mil ciento catorce fanegas  y siete celemines, que fueron aprobadas anteriormente en el año 1662. Aunque las distintas disposiciones reales de los años siguientes pretendían que se favoreciera a las clase más necesitadas y a la vez laboriosos. La política real, emprendida por Campomanes, fue reglamentada a partir de febrero del dicho año, y nos muestra claramente el nuevo espíritu que animaba a los nuevos dirigentes.
Unas líneas de progreso, basadas en el desarrollo de la riqueza, por encima de todo lo que significaba  el retraso de las tierras improductivas. Todo ello se disponía en favor de las clases más desfavorecidas. Pero siempre excluyendo a los morosos. Ese fue el intento y el deseo. Lejos quedaron los resultados.   Para llevarlo a cabo,  el cabildo del ayuntamiento con el asesoramiento de los diputados y síndico del común, convocan a los doce electores de cada una de las parroquias que se encargan de nombrar tres peritos de tasar, evaluar, sensualizar y medir las más de mil fanegas de tierra, a las que se aplicaron las nuevas políticas agrarias. Eran personas de reconocido prestigio social y de conocimiento agrícola en la agrimensura, labradores o regidores.
 Muchas parcelas de ellas provenían de antiguas roturaciones anteriores que mantenían arrendatarios y colonos año tras año, que serían los primeros que causaron los primeros trastornos. Dividieron los terrenos en los veinte partidos a los que se les asignarían tierras y nuevos propietarios. Para ello, se valieron de los párrocos de cada uno de los sitios y de los alcaldes de ordinarios como en Frailes y el Castillo de Locubín. Tasaron el valor de cada fanega de tierra y los trances y parcelas más adecuadas. Realizaron una perfecta delimitación entre los terrenos, parcelas y trances en cada uno de los cuadernos con la valoración antecedente, antiguo propietario y dejaron en limpio los nuevos. Años más tarde, se advierten las consecuencias de que aquel repartimiento tuvo grandes deficiencias: Jornaleros y labradores con yuntas, que no recibieron suerte alguna por los informes de los pedáneos de cada partido o por el agotamiento de las suertes;  beneficiarios de otras clases , como los propietarios, que se aprovecharon de las ausencias de los campesinos para otorgarse las suertes en los sorteos siguientes o en la simple caja sin ningún sorteo; renuncia de los campesinos a las suertes por estar retiradas de sus casas o no poder trabajarlas ya que no le eran productivas por su pequeña cantidad y falta de ingresos en la hacienda municipal al no concederse las suertes . Estas son algunas conclusiones de la junta de Propios de abril de 1769:
1. a causa de las repetidas renuncias y cambios hechos por los mismos vecinos que ha originado mucha confusión en los cuadernos de los primeros sorteos, correspondientes a los jornaleros de primera , segunda y demás clases del casco, campo y Castillo Locubín.

2. habiéndose inspeccionado citados borradores y los formados para las piezas de tierra por varias personas se han denunciado por sobrantes de las mismas suertes se ha hecho con su conocimiento , al tiempo de corregirse con citados cuadernos de sorteo en que se acreditó estar conforme con las partidas de fanegas y productos, unas con otras, como el de haberse colocado en cada una de las dichas partidas a los colonos que últimamente  han recaído  haciéndoles cargo de sus productos y que sin esta operación estaba la obra muy confusa.
3. Se ponga un cuaderno de denuncias de los muchos sobrantes denunciados y que algunos están sin medir y proceder a los que no han llegado a las ocho fanegas
4. También se llevó a cabo el amojonamiento de todas las calles de campo y señalando las partes reservadas de los ganados  con la anchura que se indica en el libro de veredas, anotando las fincas que han incorporado los particulares y deben dejar como sobrantes de las veredas.
5. Se hagan listas de los sobrantes lo más pronto posible.

Como es lógico, el reparto desencadenó una situación de protestas y quejas , basadas en  el favoritismo de otorgar las suertes de tres fanegas e incumplimiento de las normativas reales, otorgando suertes a artesanos, escribientes, y labradores de cuatro yuntas que tenían suertes de antiguos repartimientos- cosa que se oponía a la Orden Real del año 1770.











[1] AMAR. Caja 132. Pieza 11.





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