CORREGIDORES JIENNENSES EN
ALCALÁ LA REAL
-la influencia del corregidor de
Granada y de Jaén.
-las Juntas de Millones
-Los servicios de milicias
Las Cortes y la influencia de
las ciudades: los procuradores de Jaén en la Corte, control de la nueva
política económica.
-Juán Cerón de la Cerda.
-Juan de Soria Vera
-Los Vera y Soria.
-Luis de Contreras.
-Los Caballero.
-El Vizconde de Linares: Antonio
Manrique y Vargas.
- Luis LÓpez de Mendoza.
- Fernando de Cea y Angulo.
-Silverio de Villavicencio.
- Manuel Hurtado de Mendoza
-Bartolomé Mesía Serrano.
Corregidores de influencia
cortesana: Alonso de Sandoval y Ayala, Diego de Guzmán, Juan Liñán de Zúñiga,
Fernando de Alarcón y Zúñiga. Tomás de Fontanet, Antonio Enrique de Lara y
Madera , JUan María Alfaro y Milán, Gabriel Guerrero y Sandoval,Diego de Obando
y Cáceres, Pedro Ariz de Yanguas, Diego de Galarza y obando y Francisco de
Pinedo y Sotomayor.
Corregidores de influencia
granadina: Fernando de Agreda; Enrique de Baldeolomar, Pedro Carrillo de
Mendoza, Gregorio Chaves y Mendoza, Gabriel Herrero y Sandoval
Corregidores cordobeses: Alfonso
de Sosa y Córdoba.
Los años de vida fronteriza, comprendidos entre 1340 y el
1492, y todo el siglo XVI habían constituido en el territorio alcalaíno un
sentimiento de exención e independencia, difícil de superar en la nueva
situación que se iniciaba con el reinado de los Austrias Menores. El
propio cabildo tardó mucho tiempo en
poder afrontar la nueva política real
que esquilmó su hacienda municipal a
través de las medidas militares y que
tuvo que afrontar ante las contínuas solicitudes de cooperación a la politica
nacional.
Sin embargo, no sólo ofreció
dificultades la propia estructura institucional del territorio, formado por un
corregimiento integrado por los términos de Alcalá, Loja y Alhama, sino que
fueron muchos los contínuos conflictos
que se generaron a lo largo del siglo XVII hasta que, en el reinado de Felipe V, el corregimiento quedó
estructurado definitiva y
jerárquicamente dentro del corregimiento de Jaén.
No es extraño que, en este
contexto histórico, la ciudad alcalaína se negara a depender de cualquier reino
constituido en su entorno: el de Granada y el de Jaén. Aún más, desde el primer
momento no quiso ver canalizadas las órdenes regias por ninguno de aquellos reinos ni por los
representantes gubernativos en las ciudades
de Jaén o de Granada. De ahí que trate de canalizar su colaboración con la
Corona a través de una línea directa con la que trata de boicotear cualquier
tipo de orden o mandato emanado a través de la mediación de los corregidores
jiennenses o granadinos. Algunas campañas, incluso, fueron ejercidas por
corregidores de ciudades como Córdoba o Martos. Menos aún, considera que su voz
estuviera representada en las Cortes españolas por los procuradores de las
ciudades jienneses o granadinas. Estas
eran las palabras del cabildo alcalaíno, bstante claras y tajantes, ante la
Corte a principios del siglo XVII, ante
la embajada de Pedro Veneroso a Madrid para resolver el conflicto
jurisdiccional:
"hable con los letrados,
que allí tiene, para que la ciudad de Jaén no hable en Cortes por esta ciudad
"[1]
Incluso, llega a considerar una
hipótesis de un origen participativo en anteriores reinados que nunca llegó a
plasmarse.
LAS NUEVAS MEDIDAS DE LOS
AUSTRIAS MENORES
Sin embargo, no coincidía esta
postura con la nueva línea administrativa y hacendística del Estado que trataba
de controlar a sus reinos con la creación de nuevos órganos como la Junta de
Millones, la potenciación de los corregidores de las capitales de los reinos y
el fortalecimiento de los procuradores de las ciudades representadas en las
Cortes, a los que recompensaba sus servicios con los cargos y oficios que
emanaban de su decisiones, valiéndose de familiares y de adeptos a la hora de
poder contar con su apoyo. En esta línea, hay que comprender el gran número de
corregidores de origen jiennense que proliferan en el siglo XVII en el
corregimiento alcalaíno. Y, además, el convecimiento de las autoridades
jiennenses que asumían una nueva distribución territorial, en la que daban por
supuesto la ubicación de la capital de la Junta de Millones en la sede del
Santo Reino. Por eso, respondían rotundamente a las alegaciones del cabildo
alcalaíno con estas palabras:
"la ciudad de Jaén respondió
al dicho requerimiento que le ha hablado en todas las cortes por sí y su
tierra, partido y provincias en que se comprehende la dicha ciudad de Alcalá
la Real e la villa del Castillo de Locubín e que ansí contribuyeran en el
servicio de los ocho millones, que se otorgío a el rey nuestro Señor, que aya
gloria, en virtud de la real cédula que se le envió, fecha del ocho de
septiembre de 1590, en que se mandó que, sin perjuicio de los dichos
privilegios, se pagasen un quento y quatro cientos diecisiete maravedís, que se
imponga de dicha sisa"[2]
A todo ello coadyuvaba la
urgencia y la perentoriedad para
afrontar las necesidades militares de las guerras, la difícil situación
económica, y, lo que era más evidente, la tendencia a un estado cada vez más centralizado, donde la
influencia de las ciudades era menos notoria por medio de otros modos de
organización, en los que se rompiera el difícil equilibrio entre los súbditos y
la Corona. Ahora, interesaba más la creación de un cuerpo nacional organizado
del ejército que las milicias urbanas, que no ofrecían suficiente garantía para
asumir guerras en lugares alejados de su entorno y en detrimento de la
producción económica al dejar abandonados sus campos y sumida la población en
la pobreza. Interesaba también una organización hacendística en la que las
fuentes de ingresos fueran estables y no
agobiaran a los vecinos con continuos repartimientos, impuestos y donativos. Este
era el objetivo, pero la realidad alcalaína quedaba sumida en un periodo de
transición por el que no llegó a liberarse hasta muy avanzado el siglo XVIII.
En esta situación hay que enmarcar a los corregidores del siglo siglo XVII.
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