ALCALÁ
Y LAS CORTES DEL SIGLO XIX
finales del año 1812, con motivo de la elección de los electores parroquiales para que eligieran a sus representantes a las Cortes Generales y Extraordinarias, tuvo lugar un debate en la ciudad en el que se discutió la representación que le otorgaba
Ni en la legislatura del
1810, ni en 1812, ni en 1813, ni en 1820
ni en 1823 hay presencia de
alcalaínos en las Cortes Españolas. Sabemos que se elegían por
parroquias: primero, le correspondía a Jaén un procurador o diputado por ser
ciudad de Cortes, otro por la
Junta Suprema de la Provincia , y cuatro por la población. Para el acto de elección, se
reunían primero las parroquias y elegían sus representantes en los Partidos Judiciales, y de entre ellos
se elegían los diputados. A tenor de la Constitución del 1812, le correspondía a la
provincia a la provincia cuatro
diputados, debido que la representación era por cada setenta mil votos, a
través del procedimiento de los electores por parroquias.
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