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jueves, 12 de abril de 2018

EN EL SECTOR TERCIARIO, UN MINISTRO ORDINARIO, UN ALGUACIL MENOR DE LA JUSTICIA. EN LA CALLE LLANA.

EN EL TERCIARIO, UN ORDINARIO ( carretero o ministro ordinario ) Antonio del Viso (1350) , de 56 años, casado con Isabel de Arjona, con un hijo jornalero Vicente , de 21 años, otro menor y tres hijas.  Poseía dos fanegas de tierra en la ladera de Montefrío, lindera con las del gobernador y vicaro don Pedro Pablo de Vera y Barnuevo (E), de José Hermosos (O), viñas de don Alonso de Valenzuela (N), y  y capellanías que posee el dicho señor (S) , de tercera calidad. Su cargo estaba relacionado con los alguaciles menores, que ejercían estas funciones en Alcalá la Real 



Gabriel Ventura, de 32 años, oficial de zapatero, casado con Ana de Utiel y un hijo menor Felix (1359) . 






El aguador José Sánchez, de 40 años, casado con Rosa Carvajaly una hija (1562). Ganaba de llevar el agua 700 reales. Hay que tener en cuenta que las únicas fuentes que existían eran las de la Fuente de la Tejuela, la de la Mora Vieja en el camino de San Marcos y la Nueva fretne a la iglesia de Consolación, la del Tesillo, pilar de las Tórtolas, Fuente Nueva o de los Álamos, Fuente de Granada, y pilar de San Juan. El resto de las calles se asistía por aguadores y pozos interiores. La fuente del pilar de San José, de la calle Luque y Rosario pertenecen al siglo XX, así como la placeta de la calle Real y Trinidad, aunqu este pilar tenía un derramadero de la canalización de la Mota.
José Mateo de Córdoba (1364), de 48 años,  tendero de especería y quinquillería, con un hijo jornalero mayor de 18 etudiante  de gramática y tres hijas. Casado con Ana Astana del Barrio. Poseía  la quinta parte de una casa  en la que vivía en la calle Llana,,  por indivisa con Valentín , Juan Lorenzo,  del Barrio, María Saez delBarrio  y Diego de Mesa Hervás en representación de Catalina de Barrio, sus cuñados, , compuesta de portal, cuarto en bajo, cuarto segundo, principal, cocina, cámaras caballeriza, bodega, sin vasos, y corral de 10 varas de frente, por  7 de fondo, si se arrendara 12 ducados, lindera por la parte de arriba con casa de Francico de Castro, y, por la baja, de Feliepa Ruiz Cortecero, viuda de Sebastían Peñalver.  Y poseía  una fanega  y 3 celemines en los llanos, murada,  de viña,  de tercera calidad, lindra con propios concejiles (E, N y S), y herederos de Francisco Arroyo , que está inhabitable  (O). y camino del Santo Sepulcro. Ganaba en su tienda de la calle Llana, 50ducados, lugar de poca venta y tránsito, ( especería 60 reales, quinquillería en 550 reales).
Sebastián Cano, de 72 años, casado con Francica Mariana Rodríguez,  maestro de barbero , y tenía  oficial para manejar la tienda. (1385) Vivía en una casa de la calle Llana, de 14 varas de fretne por 7 de fondo, compuesta de portal, sala, cámaras y cocina y un corral, lindera con casa del presbítero don Pedro Valderas por la parte alta, y por la baja con las de esquina de la calle de los Caños. Cargada con un censo de 150 ducados, que pagaban 49 reales y medio a los herederos de Francisco Moreno Abril, vecinos de Ahorrillocampo. Si se arrendaran 88 reales de vellón. 

CONCLUSIONES

-La casa de Sebastián Cano pasó de barbería a tienda.
-Los aguaciles menores.

Según la población de cada una de las ciudades,  suelen existir uno o dos o ninguno. En Alcalá eran dos, una recibía el nombre de menor y el otro de vagabundos , cuyas competencias se interferían hasta muy entrado el siglo con los guardas de campo. Incluso, en algunos momentos, como en 1574, el corregidor Torre Garnica llegó a nombrar un alguacil menor guarda del campo, oponiéndose  al corporación, porque duplicaba las funciones con los caballeros dde la sierra y los guardas de campo. Y logró que el corregidor corrigiera aquella postura de de nombramiento de este cargo.([11])
En Loja, según el Fuero de la ciudad establecía, sólo podía nombrarse un  alguacil menor, pero, por motivos de orden público  en  1594, dio lugar a que se acrecentara en otro más. Pues no solucionaban el asunto los dos alcaldes de la santa Hermandad y había mucha gente forastera, vagabunda y de mal vivir, de cuya causa se cometen muchos delitos.[12]


Los guardas celadores de montes

En el reinado de los Reyes Católicos y el emperador Carlos V, sus antecesores fueron los caballeros de la sierra, cuya función  consistía en mantener el orden dentro de los montes y pastos comunales, Sin embargo,  casi siempre, eran víctimas del sabotaje.
Su función consistía en que celasen las heredades y término de esta dicha ciudad, y que reconociesen todos los daños e integrasen en todas las personas que lo hubiere.
El conflicto se generó porque solían estar coaligados con los caballeros, poseedores de ganado y tierras, dando lugar a que les permitieran a  sus criados, siervos y gañanes todo tipo de tropelía, a lo más, castigaban con penas muy reducidas, generalmente  sufragadas por los propios caballeros. Llegó el asunto hasta tal situación que tuvieron que revisarse en tiempos de Felipe II varias veces las ordenanzas sobre guardas de los montes
El segundo frente entre el poder local y el corregidor se entabla, por el nombramiento de  guardas sin licencia de la ciudad por parte de los caballeros de la ciudad, ajenos al cabildo, dando lugar a un choque entre  ambos grupos. Estos eran propensos a todo tipo de cohechos, corruptelas e incumplimientos de sus oficios hasta tal punto que a los ricos no los denunciaban y, si lo hacían, cobraban menos por las donaciones que le daban y a los pobres les hacían denuncias injustas y al menos cobraban la mitad([13]). El asunto quedó zanjado por los años noventa, que no se permitió  el uso del cargo de guardas de campo a doce vecinos nombrados por la ciudad, con el distintivo – vara y escudo- y  con la función ejecutiva de representar la justicia a la hora de denunciar a los usurpadores de tierras e invasión de las dehesas. .
Solían ser nombrados ocho guardas anuales por la ciudad en el cabildo de suertes para defender los montes, las dehesas, y los postes en los distintos tramos de ellos: Frailes, Mures, el Camello, Encina Hermosa y san Pedro. El Marqueés de Ussel usó de esta prerrogativa. El acto del nombramiento se hacía ante el corregidor donde se juraba el oficio, se le entregaba el escudo y varas, así que se leían las órdenes que el corregidor  les mandaba para su ejercicio.  Solían ser elegidos para un mandato de dos años.Sin embargo su número creció en tanta cantidad a principios de siglo XVII que se produjeron grandes conflictos para poder pagar y para evitar dejaciones de autoridad en cargo que daba lugar a no ejercer el cargo  y recibir sabotajes.
A finales del aiglo XVI, en 1594, renació un nuevo conflicto entre los vecinos del Castillo y un grupo de cuadrilleros salteadores que aparecían por la zona, y eran difíciles de controlar por los guardas de campo. Esto ocasionó una gran revuelta porque robaban el ganado  y había encontrado algunos culpados. Lo que dio lugar a que los vecinos de esta villa solicitaran a la ciudad la puesta en marcha de que el rey les permitiera la creación de las varas de la Santa Hermandad para perseguir a estos. Alcalá, reacia a cualquier innovación, y menos aún, si partía de dicha villa, por sus intentos de buscar la independencia, trató de impedir que se llevara a cabo por cualquier medio. El cabildo se dividió entre los partidarios de la medida, principalmente los regidores afincados en la villa, frente al resto. Para los segundos,  nunca había existido dicha institución en la ciudad, sino en su lugar unos doce guardas. Por otra parte, el término era bastante corto, y raso,  no había muchos cortijos ni vecindad en el campo. Y, en lo cultivado , se nombraban doce guardas  que se dedicaban a ejercer la justicia de varas.,  visitaban ventas y cortijos y, por ser un terreno no muy pasajero, nunca los delincuentes vinieron a acogerse. Su postura consistía en que debía acudir la justicia a radicar el foco de esos cuatro o seis cuadrilleros que habían roto la tranquilidad de la zona.Por su parte, para los segundos regidores. La qcantidad de muertes, robos de garbanzo, trigo y haba , hurtos, talas de montes, cortijos rotos de mieses ,  era excesiva para los que ejercían la justicia de modo que  debía instruirse  las varas de Justicia. El pleito se entabló en la Chancillería y no tuvo efecto([14]) .
            Finales del siglo XVIII,  se ele concedió la vara de síndico guarda mayor del Campo, para  que se sorteara entre los regidores    y la personara quien se nombrara, se dedicaba al cuidado de montes y campos([15]).




[1] GONZÁLEZ ALONSO, B. Op. Cit. 168.
[2] RAYA RETAMERO, S. op.cit. pág. 144
[3] I.R.G.S. vol VI. 1962.
[4] AMAR. Acta del cabildo del 8 de abril de 1570.
[5] AMAR. Acta del  cabildo del 26 de febrero de 1570.
[6]  AMAR. Acta de cabildo del cinco de febrero de 1585.
[7] AMAR. Libro de Penas de  Cámara. Condena del siete de febrero de 1623. En ella fueron afectados  Juan del Pozo, Juan Pérez de Castilla, Francisco Calvo, Diego de Heredia, Mateo Ramírez, Antón de Alcalá y Francisco Prieto, a siete mil maravedíes para gastos de justicia  a cada uno  por no haber dado favor y ayuda a Francisco Bonal alguacil.
[8] AMAR. Libro de Privilegios. Traslados del año 1789.
[9]AMAR. Libro de Actas de 1760. Certificado de la sentencia del  licenciado Francisco de Moscoso.  Notificación  y traslado del original.
[10] libro de cabildos de 1762. traslado de la provisión rea , firmada por los miembros del consejo en dicho día.
[11]. AMAR. Acta del cabildo del 17 de octubre de 1578.
[12] .AHML. Acta del doce de julio de 1594.
[13] AMAR. Lgajo  14. Pieza 7
[14] AMAR-. Acta del cabildo del 25 de mayo de 1594.
[15] AMAR. Libro de Privilegios. Traslado de la provisión real del san Lorenzo del Escorial, a cuatro de noviembre de 1789.

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