En el cabildo de 8 de abril de 1878, con motivo del
amillaramiento de riquezas impuesto por administración territorial de la
provincia que suponía un crecimiento, el
ayuntamiento difería en esos datos:
-No existen cotos ni cotos donde puedan utilizarse ca caza ni
carbones.
-Ni hay fincas que hayan utilizado de exención
-se hacían algunas plantaciones de olivo “de los modernos”
data la más antigua de 1868, y, por consiguiente, el aumento de
contribución no tendría efecto en una
veintena de años
-Todas las fincas están dedicadas al cereal “lejos de
ocultación de productos había una exageración”, puesto que en la mayoría de habita
en el campo en casillas, aisladas o en los grupos que forman las doces aldeas
anejas, en este poblado el alquiler están reducido como estrechas son las
casas, y que aún en el cerco de la ciudad si bien hay arrendadas al a Hacienda
, era el alholí, con dos pesetas,
-Hay una descripción del uso del Palacio de los Obispos Abades
“Abacial , situado en la calle más céntrica y concurrida, con
más extensión que supera la media docena de casas holgadas, en que está
instalado Juzgado de Primera instancia, Administración municipal de Consumos,
Archivo Eclesiástico, dos Escuelas y habitación para profesor y su familia, la Academia de Múscia, aún
queda local para otro tanto,
arrendado en seis reales diarios
igual a quinientas pesetas
No habían quedado montes, ni dehesas, ni
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