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jueves, 19 de marzo de 2015

LA FESTIVIDAD DE SAN JOSÉ EN ALCLÁ LA REAL
 


El calendario festivo de Alcalá la Real se regía por las tablas del cabildo municipal que se completaban con las establecidas  por la Iglesia Abacial, además las  que obligaban para todos los domingos del mes.

Este era el calendario festivo religioso, recogido en las Constituciones del Abad Moya y cuyas festividades eran  siguientes para el mes de marzo:
Sólo en la ciudad de Alcalá, el día uno la fiesta del Ángel Custodio, el día diecinueve la fiesta del glorioso san José, instituida por la Bula de Gregorio XV, el día veinte, la de San Joaquín, también por bula; y el día veinticinco la de la Anunciación de Nuestra Señora.
Había recogido la Bula del papa In sede principe Apostolorum, en la que se declaraba fiesta la de San José en 1622. No quedó el culto reservado a la ciudad de la Mota, sino que, incluso, avanzado el siglo XVII, hay un gran incremento de ermitas de aldeas, la mayoría no eran sino unos oratorios adosados al cortijo de los labriegos alcalaínos o de las capellanías de estamentos religiosos. Hasta ahora, hemos podido constatar la existencia de este tipo de ermitas en la Ribera Alta,  dentro del cortijo de las monjas del a Encarnación, la de las Caserías en la capellanía de don Pedro de Viedma y la de San José de la Rábita[1]. De esta última, por un contrato entre varios labradores  y el capellán de la ermita reconocemos la forma de la fundación, la organización eclesiástica y su mantenimiento. Dice así textualmente:

          “entre los vecinos  que labran la Rábita, término de Alcalá la Real, han hecho una ermita del Señor San José, en la que se les ha de decir misa todos Los domingo e fiestas del año. Para que esto más bien tenga efecto en el nombre de todos, se quiere recibir y dar en nombre de todos al capellán, que por Su Señoría fuere nombrado para el dicho efecto  y pagar por un año dieciséis fanegas de trigo y una de cebada. Por tanto, como mejor puedo, yo el labrador Pedro Gutiérrez Santistevan, otorgo e me obligo al dicho capellán, que se nombrare las dichas dieciséis fanegas el día  de Nuestra Señora de Agosto primero sopena de ejecución e costa de cobranza que deben dar en el día que se diere licencia por Su Señoría, para que se diga misa en la dicha iglesia y para que lo cumpla en la dicha persona”

         



. Así, a finales del siglo XVI, esta ermita de San José de la Rábita aparece testimoniada con el contrato de los ornamentos y casulla  para sus veinte capellanes[2], según aparece en  el testamento de Catalina de Valenzuela por valor de 100 ducados..En esta misma iglesia se incrementaron sus ornamentos religiosos , con la donación de la hidalga Catalina de Valenzuela de una capilla y otros enseres en el año 1637, según una cláusula testamentaria[3]. Pero no queda en esto sólo la festividad de San José, sino que llegó a fundarse una capilla y hermandad en la misma Alcalá la Real.



LA HERMANDAD DE SAN JOSÉ DE LA IGLESIA DE CONSOLACIÓN  DE ALCALÁ LA REAL


          En un documento del Archivo Histórico Porvincial de Jaén , ante el escribano López Nieto  folio 267 con fecha de    8 de enero de 1774, se comprometieron  el presbítero don Antonio de Contreras   y don Antonio de Revilla, patronos de la fundación de doña Sancha González de la Hinojosa, vecina de esta ciudad en la capilla de san Pedro de Consolación.  con los religiosos y convento de Nuestra Señora de Consolación de la Venerable Orden de San Francisco ( ministro fray Vicente Pérez, definidor de la provincia don José de Calatrava, exdefinidor fray Diego moreno,  ex predicador, fray Francisco Macias predicador general, fray Francisco Cano predicador conventual,  fray Juan de Corpas, predicador general, fray Juan Guerrero , predicador general,  fray Alfonso Merino predicador , fray Manuel de Vilchez predicador y el presbítero fray  José de Ortega, y el presidente Felipe Pérez, todos vocales de la Junta Consultiva del Conventio coral
-se examinó al fundación a cargo del fray Juan Guerrero, mayordomo del convento.
- Tuvo la licencia que la franquearon sin el menor reparo para en su virtud se fabricó el retablo de talla que se halla puesto con la limosna que se solicitó  con el celo del citado padre mayordomo  ocupando el principal nicho de él la expresada  imagen del señor  san Joseph ,  bien que para no borrar el digno de dicha capilla en la parte superior del enunciado retablo ser grabó un medallón con la efigie del señor san Pedro todo con el permiso de los otorgantes a quienes se ha pedido por esta comunidad formalicen el competente documento que acredite la referida  licencia declarando en  los términos  que ha de poseer la dicha capilla , para que en lo sucesivo no curran embarazos o disputas (..) otorgan que confieren el uso libre de la citada capilla a la comunidad  y mayordomos de la Hermandad de dicha imagen del señor san José , consistiendo que esté colocada en la parte principal de ella con tal que jamás falte la del señor san  Pedro  el retablo , bien sea en lámina o de bulto y que por este permiso no se le s despoxe a los otorgantes y sucesores del goce y disfrute de la dicha capilla , pues aunque esta comunidad y Hermandad ha de cuidar de su adorno sin poder apremiar a los congruentes y sucesores  en el todo ni en la mas lebe  parte, no por eso han de dejar de nominarse patrones de la dicha capilla  disponiendo de l entierro en ella,  tenía obligación la hermandad la licencia para ampliarla y disminuirla y los reparos por la comunidad de los frailes  pero no se podía oligar a los otorgantes y sucesores.
Testigos Pedro del Moral, Francisco de Berlanga,  y Francisco Marañón y el escribano. dicha capilla





[1]  Del  autor, Historia de San José de la Rábita en el Programa de Fiesta. Marzo  1999.
[2] AHPJ Legajo 4921 Folio 512.
[3] AHPJ Legajo 4953. Folio 415. Año 1628.














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