El auto promovido por Gracia Larraia y fallado por el presidente y oidores de la Chancillería de Granada en esta capital, el 29 de noviembre de 1787, fue transcrito por el secretario Antonio Montiel. Obligaba la sentencia so pena de 50.000 maravedíes. Del pormenorizado análisis del documento pueden sacarse las siguientes conclusiones:
-El abogado de la viuda doña María Gracia se defendió en todos sus aspectos, a lo que no correspondió en las excepciones el regidor Juan Fermín de Callava, de modo que ganaron en 11 de febrero de 1787 la sentencia de vista.
-Doña Francisca de Moreno era la poseedora del mayorazgo y esposa de Juan Fermín de Callava por muerte de don Alonso Moreno y le afectaba la parte del Cerrato. Ante el corregidor José Medina dl Rincón se hizo esta liquidación de los bienes de este cortijo, que ilustran de las tierras que pertenecía:1714 reales de una casa-batán, 7.300 reales de una casa-molino de pan moler, 8.500 reales del cortijo, 3795 del pie de alto de dicho molino, 1980 reales de la tres fanegas de la Colchona, 13.052 de las 60 fanegas de las tierras de la hoja de espalda del cortijo, 36.520 reales de las 70 fanegas de la segunda hoja del cortijo con su monte, 15.400 reales de las 70 fanegas de la tercera hoja con su monte, 1925 de fanega y media de las tierras agregadas al Batán. 5.940 reales de las 9 fanegas de las tierras agregadas al cortijo, 3.575 reales de las seis fanegas de tierra de la Vega, 3.500 reales de las dos fanegas del mismo sitio. 8.580 reales de las seis fanegas del mismo sitio , 5.94o reales de seis fanegas del mismo sitio.
-Otros herederos tenían posesiones en Guadix un mesos y una casas, valorados respectivamente por 39.750 reales y 5.050 reales, 2420 reales de peña Redonda, 3.500 reales de las dos fanegas del mismo sitio. 8580 reales de las ochenta faenegas del mismo sitio 3
-La sentencia a favor de Gracia Larraia Jorge y Galván se dictaminaba con estas precisas palabras refiriéndose a la viudedad desde le fallecimiento" Entiéndase la cuarenta y cuatro fanegas de trigo consignadas sobre el cortijo de Cerrato, a doña María Gracia Larraia Jorge y Galván, desde el fallecimiento de don Alonso Ignacio Moreno, su marido, proveído por el señor presidente y señores y oidores de la Audiencia Chancillería, noviembre de mil ochocientos ochenta y siete, estando presente don Antonio Moreno y doña Gracia Larra¡ya Jorge y Galván".
-Debía pagar las fanegas anualmente el arrendador que es o fuere, o el poseedor del mayorazgo. ya
- ya tenemos las propiedades. pronto vendrá la historia del cortijo.
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