La iniciativa corre a cargo de los caballeros del cabildo municipal, que suelen solicitarla al cabildo eclesiástico en razón de la tradición y convencimiento de que la advocación a dichas patronas conllevaba la salvación de las circunstancias calamitosas de paro, hambre, destrucción, sequía y de torrenciales lluvias, o, en muchas ocasiones, victoria en las batallas. No obstante, pronto, el gremio de labradores y pujareros acuden por su cuenta en forma de comisión a solicitar una rogativa en las situaciones señaladas, a lo que responde el cabildo haciendo las gestiones oportunas.
Es frecuente un tipo de rogativas conmemorativas que se van a celebrar en el siglo XIX con motivo de la onomástica del rey el día de san Fernando, que, a veces, coincidían con las fechas de la celebración del día de la Constitución, en las que se cantaban unos Te Deum, en los que acudían los dos cabildos. No sólo se ruega o se da acción de gracias por motivos locales sino por asuntos ajenos a la localidad, como en el año 1742 con motivo del cese de la peste de la ciudad de Málaga[26].
La repetición mecánica de desgracia-rogativa-acción de gracias generó suspicacias en el clero abacial, que no veía con buenos ojos este tipo de rogativas. Son muchos abades los que tratan de impedir el carácter estricto de muchos de los actos e, incluso, califican al cabildo de ejercer la superstición. No obstante podían más en los caballeros regidores sus campos y sus tradiciones, como cuando dicen en el cabildo del día catorce de mayo de 1815:
que ignora los mandamientos que hayan tenido para ello el cabildo eclesiástico, estando pensando en su acuerdo la palabra denigrativa de ser supersticioso que la Virgen nuestra señora dispense su misericordia por la ciudad
ordenando una rogativa de tres días con salves, letanías y música que salga y vuelva de la Iglesia Mayor.
Escudo del del abad en el museo de Baena |
Es importante un traslado que aparece en el Libro de Cabildos de 1717, correspondiente a una Cédula real del tres de mayo de 1716, en la que se manifiestan algunas restricciones, como la siguiente: "desde oy en adelante acaeciere muerte de persona Real por quien se mandaren azer exsequias no vistan , lleben ni reciban lutos a expensas del común ni del producto de los arbitrios que usaren saquen porzión alguna a este fin con nombre de lutos ni otros algunos apercibiéndoles que de lo contrario se procederá a su castigo por los medios que más aseguraren la enmienda ordenando así mismo S Mgd. se proceda con todo rigor a que los Capitulares que se justificare a ver percevido algunas porziones por razón de lutos los restituyan a las bolsas de donde salieron como llevadas indevidamente".para cumplir la citada orden se encomienda su observancia al corregidor.[29] A veces se refieren a motivos curiosos como el escándalo que provocaron las tropas en el año 1823 de poco respeto al Rey.
Las exequias de los abades también conllevaba un ceremonial en el que desde la apertura del testamento hasta el ingente número de misas dedicadas en los conventos suponía un acto extraordinario para la ciudadanía que se despertaba con un campaneo diferente e intenso a lo largo de aquellos días luctuosos. Tan sólo se celebraron los abades que vivieron en Alcalá y murieron en la localidad alcalaína o en Priego. Algo parecido sucedió con la muerte de algún corregidor, que tan sólo se celebró. Tan sólo los corregiores Iruña y Caballero tuvieron exequias fúnebres; este último en Loja, ciudad perteneciente al corregimiento.
CONCLUSIONES
Es evidente que muchas fiestas extraordinarias intercambiaron elementos con las fiestas ordinarias de la ciudad y de la iglesia. Sirva por ejemplo que la fiesta de la Virgen de las Mercedes o la de santo Domingo de Silos en algunos años tuvieron algunos aspectos de ella como era la bendición y procesión del pendón. No digamos la influencia de las fiestas ordinarias de la iglesia en las extraordinarias como es todo el aparato profano y festivo que predominaba en la fiesta del Corpus. Pero la iglesia en su aspectos rigoricistas y espiritualistas fue asumiendo la parcela del culto en el templo en detrimento de la cultura festiva popular.
Uno de estos aspectos fue la presencia de los gremios que realizaban comparsas o máscaras, según los oficios y los acontecimientos, que demostraban el ingenio de los partícipes. Su organización en cuadrillas con un director, el bastonero, las máscaras, las mojigangas que representaban, el canto y música se mantuvieron en las fiestas extraordinarias como uno de los actos de participación popular. Con el paso del tiempo, las ceremonias extraordinarias o degeneran en actos religiosos o en actos *puramente oficialistas, perdiendo este gran valor del acervo popular, que quedó reservado para fiestas de una raigambre popular como fueron los carnavales. En ellos, la mojiganga, la máscara y careta, la coplilla, los gremios, y el disfraz de aldeano o de algún oficio fueron parte integrante de todas las comparsas de los primeros años de principios de siglo y una reminiscencia de una faceta que no quiso perderse hasta hoy.
El resto de los elementos han perdurado como el fuego, la música de velada, el repique de las campanas, o se han transformado como el desfile de la proclama de fiestas en los gigantes y cabezudos.
El elemento religioso ha sido el que más sufrido evolución de estas fiestas por considerarnos una sociedad laica. Sin embargo, hubo momentos de la historia de España en la que predominó frente a los otros actos por el nacionalcatolicismo imperante.
FRANCISCO MARTÍN ROSALES
[1]MARTIN ROSALES, Francisco. El ocio en la Alcalá del siglo XVI y XVII. Toro de Caña. Número l. año 1997.
[2] AMAR. Acta del cabildo del 23 de junio de 1749.
[3]AMAR. Cédula real de Madrid 22 de mayo de 1725.
[4]AMAR. Acta del cabildo del 15 de enero de 1842.
[5] AMAR. Cabildo del día siete de febrero de 1707.
[6]AMAR. Cabildo del veintiuno de agosto de 1708.
[7] PEREZ ARJONA, Juan Ángel. Fiestas de san Napoleón. Programa de la Virgen. 1992. Alcalá la Real.
[8] AMAR. Cabildos del diecisiete de marzo de 1722 y siguientes.
[9]AMAR. Acta del ayuntamiento del trece de octubre de 1845.
[10]AMAR. Acta del cabildo del dos de mayo de 1816.
[11] AMAR. Acta del veinticuatro de diciembre de 1700.
[12]AMAR. Acta del cabildo del 24 de abril de 1624.
[13] AMAR. Libro de actas. Testimonio del escribano Victoriano Martínez Acevedo en 19 de noviembre de 1759.
[14]AMAR. Actas de cabildo varias del 20 al veinticinco del mes de abril de 1789.
[15]GUARDIA CASTELLANO, Antonio. Historia de Alcalá la real. edición de 1986-
[16]AMAR. Acta del cabildo del dos de enero de 1751.
[17] AMAR. Cabildo del 24 de mayo 1717.
[18]AMAR. Libro de cabildos del siete de mayo de 1707.
[19] AMA. Cabildo del tres de diciembre de 1710.
[20]AMAR. Cabildo del ocho de agosto de 1710.
[21]AMAR. Cabildo del tres de abril de 1708.
[22]AMAR. Acta del cabildo del siete de octubre de 1749.
[23]AMAR. Acta del cabildo del 29 de noviembre de 1816.
[24]AMAR. Acta del cabildo del dieciocho de marzo de 1823.
[25]AMAR. Actas de Cabildo del mes de febrero de 1876.
[26]AMAR. Acta de cabildo del trece de noviembre de 1742.
[27]AMAR. Actas de cabildo del diecinueve de septiembre de 1759.
[28] AMAR. Muerte de Carlos IV. Cabildos de exequias del uno dos de enero, uno de febrero y trece de febrero de 1819.
[29] AMAR. Final sin fecha del libro de Cabildos del año 1717. Traslado de la Cédula Real, emitida el siete de julio de 1716.
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