El último cabildo que
presidió el marqués de Ussel fue el 3 de marzo de 1760. Allí estaban el alcaide
José de Estrada, los regidores el alférez mayor Manuel de Lastres, Pedro de
Góngora, Lorenzo de la Cruz ,
Diego de Hinojosa, Antonio Durán, Diego Molina,
y Eduardo Saboyano; los jurados José , Andrés López y Juan de Bolívar y asistió
como secretario Victoriano Martínez de
Acebedo . Al final del cabildo, acudió el secretario a la casa del corregidor
saliente para que diera las órdenes y providencias que habían quedado de
resultas de su mandato.
ERa este mismo día en el que se recibió
una carta de Francisco Moscoso, juez de residencia nombrado por el Rey
Carlos III , para tomar la al corregidor, miembros de cabildo y demás ministros
de la justicia. Manifestaba que iniciaba sus actos s este día, pero debía dar
las providencias a partir del día seis de marzo. El propio corregidor saliente
encomendaba a los miembros de cabildo que lo recibieran y dieran alojamiento
nombrando para ello a los comisarios de guerra.
Sin embargo, la carta del Rey estaba firmada el 16 de febrero y no llegó a la ciudad hasta el 11 de marzo.
Este día se leyó el Real Despacho, se hizo la orden de acatamiento a la orden real y se
nombraron dos comisarios , José de Estrada y Manuel de Lastres, para que
acudieran a la posada, donde se alojaba Francisco Moscoso, corregidor y juez de
residencia y lo acompañaran hasta las Casas Consistoriales. A las puertas lo
recibieron los regidores Diego Molina y Eduardo Saboyano, luego entró en la Sala Capitular y se colocó en el sitio que le correspondía,
a la parte de la izquierda del Marqués de Ussel. Todos en pie lo recibieron e hizo el
juramento y se le dio la vara de la
justicia en señal de toma de posesión pacífica y tranquila.
A partir de esta fecha, aparece
como abogado de los Reales Consejos,
juez de residencia y corregidor interino, y, en primer cabildo, se encontró que
el mayordomo de los propios le presentó la situación
de depositaría. Muy complicada. En los actos de la proclamación del rey
Carlos III, se habían gastado nada menos que la cifra de 32.539 reales y 19 maravedíes. Y el mayordomo de propios tuvo que vender los granos de
los propios antiguos por no haber suficientes caudales en los propios modernos de modo
que dio lugar a que no pudieran pagarse
los gastos ordinarios de fuentes,
empedrados, obras, el cupo de los 40 soldados de milicia, salarios y otras menudencias ordinarias. Tras
esto, la comunidad de jurados debían
justificar y proponer propuestas para ir ejecutándolas en los acuerdos de los
siguientes cabildos.
Durante el mes de levantar la residencia ( se hacían todo tipo de acusaciones contra el corregidor y miembros de gobierno, y ellos se defendían), se organizaban y gestionaban los asuntos ordinarios. Así, la ciudad que había nombrado un depositario ( Francisco
Cano) rendía cuentas a finales de año y eran controladas por los comisarios del
rentas, dos regidores y jurados, que las presentaba por su aprobación al cabildo. Además debía presentar
las cuentas, mediante la representación de un regidor comisionado, al
Intendente de Jaén. Otras vces, se trataba sobre el salario del medico Álvaro Collado, o
sobre los caballos padres para la reproducción de las yeguas, o sobre la guarda
y conservación del plantío del paseo de los Álamos, o sobre los soldados de
cupo para enviarlos a la
Asamblea de Antequera, . ya que mantenía un cincuentas
soldados milicianos con vestuario y calzado y armamento o sobre los Propios y
Montes.... También los regidores nombraban los guardas de campo. Se procuraba el abasto de la carne , entre los ganaderos y animales que tuvieran salud.
Eran tiempos que comenzaron
los problemas de escasez de trigo y subida de precio a petición de los
panaderos. La ciudad atendía las peticiones, pero se aseguraba con el informe del fiel ejecutor y los comisarios de abastecimientos antes de perrmitr la subida. La ciudad se veía alcanzada en gastos del caudal de los propios, y penas de cámara en la cantidad de 200 reales a la reales para Hacienda y 92 reales al depositario y con deseos de que el juez de residencia resolviera estos desajustes.
Para el control del
reparto de impuestos, soldados, sanidad etc, por este tiempos, unos días después
de la residencia, se hizo una división administrativa del territorio con el fin
de hacer los padrones encuadrando a los vecinos en demarcaciones que partían de
la ciudad de Alcalá a través de los radios
de una manilla de reloj representada por la divisoria de los caminos. Fueron
los siguientes que se encargaron a un regidor como responsable:
-eL CASCO
-Partido DE CAMPO DE FRAILES, RIBERAS Y RÍO
hasta el camino de Granada.
-Partido desde el camino de Granada hasta el camino de Priego.
el partido desde el camino de Priego , Rábita, Hortichuela y Fuente Álamos
hasta Puertollano camino de Alcaudete incluyendo las Caserías,
El partido desde el camino de Puertollano hasta Charilla y Frailes.
Le sobrevino a principios de abril los días de Pasión. Y por Semana Santa y Pascuas, se suspendían toda la actividad y audiencias.
Por este tiempo, se acrecienta la devoción a la imagen de Nuestra Señora de
las Angustias. Por unalado, hay un grupo numeroso que se han convertido en
hermandad y procuran , a través de una a representación involucrar al
ayuntamiento . Se manifiestan como devotos del Rosario de Nuestra Señora de las
Angustias. Y, en 1760, ya habían obtenido la licencia para fabricar una nueva
iglesia de las manos del cardenal Álvaro de Mendoza con culto de dicha imagen (
Cabildo de 24 de marzo de 1760) y ahora pretendía exhortar al pueblo a asistir a la función y Rosario que se ha practicado y con la autorización y licencia de esta
ciudad. Pero, por otro lado, ahora daban un paso más " de continuar su protección así en la concurrencia del Viernes de Dolores
inmediato comió a lo demás que aspirase con el fin de proteger y vigorizar de la edificación de la dicha iglesia, El
cabildo asistió a procesión y cooperó
con una libranza de cien reales para la cera.
El diez de abril , ya firmaba la sentencia contra el corregidor anterior.a.
CARGOS CONTRA EL CORREGIDOR MARQUÉS DE USSEL:
_Lo condenaba con tres mil maravedíes
y daños y perjuicios sobre todo
en un pleito entre Francisco Castillo y la ciudad y sobre los despojos
ocasionados por la caldera de la fábrica de jabón en el Castillo ,por lo que se suspendió al abastecedor del jabón de la
villa Marcos Nieto, y se le impidió que no fuera ya más arrendador de la ciudad sopena de 2.000 ducados y
multa de noventa para penas de cámara. y
también le correspondió la responsabilidad e en - contra la
ciudad por el alcance de las cuentas de propios al a Real Hacienda y al
contador. Y la ciudad acordó hacer las
libranzas.
-CONTRA LOS REGIDORES
Los condenaba por arrendar las varas
de alguacil mayor y varas de guardas de campo a otras personas, y no debían llevar beneficio
alguno en la cantidad de 500 maravedíes por cada uno de los tres años.
Cuando cesó estuvo en su lugar Antonio Vallejo del campo, abogado . y luego, el regidor Manuel de Lastres por enfermedad del anterior
hasta mayo de 1760 que vino Juan Pérez de Vargas. . .
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