LA JUSTICIA EN LA MOTA
Esta
semana, la ciudad fortificada de la Mota se ha vestido con la toga y ha
convertido el salón de su ayuntamiento en las Casas de Cabildo de la Edad
Moderna en una Sala de Justicia con la presencia de magistrados, jueces y autoridades
del poder judicial de Iberoamérica. Son
nuevos tiempos, en los que los tres
poderes de un Estado deben, al menos teórica y prácticamente, ser
independientes ejerciendo cada su función especifica desde que Montesquieu delimitó los ámbitos del poder ( el legislativo
para los parlamentos, el judicial para la Jueces y el ejecutivo para los
gobiernos). Y, en estas Jornadas del
Aula Iberoamérica de las Escuelas Judiciales, se ha percibido el respeto de las
distintas instituciones, asistiendo de embajadores
y protocolo las autoridades locales,
provinciales y nacionales con la presencia de la presidenta de la Junta de
Andalucía, de delegados autonómicos y
del gobierno municipal; contando con la colaboración de varios miembros del Consejo Judicial de España;
escuchando las peticiones de los
ciudadanos y de los responsables de la Justicia; y trabajando por la formación de los jueces y
magistrado este elenco del poder judicial que ha tenido la gentileza de pasear
por estos lugares de la Mota que anteriormente
lo hicieron, en siglos pasados, miembros importantes de la Justicia.
Se
hallaban sorprendidos del recinto monumental de la Mota, pues no sólo les ofreció el mejor ámbito para
poder desarrollar sus ponencias y comunicaciones, sino que tuvieron la fortuna de visitar los rincones, donde la
justicia se ejerció en tiempos pasados, cuando el gobernante asumía también la
labor judicial. Nos referimos al cargo de corregidor, y en una ciudad tan
importante como Alcalá Real, capital del corregimiento tripartito (Loja, Alhama
y la propia ciudad de la Mota). Presenciaron los vestigios de la Casa del Corregidor, la Cárcel Real, la
Mazmorra, la torre de la Justicia, donde se albergó en tiempos de epidemias la
Chancillería de Granada, las tumbas y criptas de eminentes juristas que se
adelantaron a los tiempos con sus propuestas de arbitrismo y estudio de temas con las quiebras económicas
(nos referimos al abad Somoza), la sala de juicios de ordenanza en la planta
baja de cabildo, y la plaza pública
donde se celebraron algunas ejecuciones
de castigos de tormento o escarnio. Eran otros tiempos, o, quizás, el pueblo
no sabía distinguir el carácter
mayestático de la autoridad, a la que calificaba en el terreno abacial con dos
cabezas: el del abad y el del corregidor por su labor representante del Rey,
coordinador de la política municipal y función legislativa. Pero, tiempos en
los que se ejercía el control de los cargos mediante varios actos: el
corregidor no alcanzaba más de un año y solo prorrogaba hasta tres años en los
mejores tiempos y seis en los tiempos de decadencia; el corregidor se veía
obligado a someterse a un control ciudadano al final del periodo por medio de
los famosos juicios de residencia, en
los que los vecinos le podían acusar, durante varias semanas de los actos
injustos cometidos en su mandato; y finalmente, el corregidor, por ser persona
ajena a la ciudad, ejercía la moderación
de los intereses de los distintos bandos y particulares. Buenos ejemplos para
el mundo de hoy: moderación, control y tiempo limitado en el cargo. Mucho nos
aprovecharían estos tres términos si se aplicaran a los tiempos que corren hoy día en
la sociedad española con los casos de
corrupción que s abochornan a todos, y, sobre todo, a los que trabajan y
han trabajado de buena fe y con honradez.
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