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viernes, 20 de septiembre de 2019

EL MOLINO DE LA TORRE DEL CASTILLO DE LOCUBÍN


EL MOLINO DE LA TORRE DEL CASTILLO  DE LOCUBÍN



La zona del río abundaba en la industria molinera. Pero destacaba, sobre todos,  el de la Torre. Parece que pertenecía, por las fuentes y documentos, siempre  totalmente  a la familia de los Aranda. Y no fue el caso. Por unos documentos de principios del siglo XVI, Esteban de Morales fue el que se lo vendió a  Francisco de Aranda  ante el escribano Bernabé Rodríguez[1]. Se comprende que pertenecían diez y seis días de cada mes  a otra  familia de los conquistadores, porque estaba casado con Mari Monte, y el matrimonio era vecino de Alcalá la Real frente al señor comprador que lo era del Castillo de Locubín. Así lo manifiesta: “  vendemos a vos el señor Francisco de Aranda, vecino del Castillo de Locuvín, jurisdicción  de esta dicha ciudad , que estays presente, diez y seys de cada mes de un molino  de pan moler que está en el dicho castillo en el Río, junto con la torre del  dicho Molino con los  quintos   e según e de la forma e manera que nos los avemos tenido e nos pertenescía los ochos días de los quales el  dicho Estevan de Morales huve y recibi en dote de casamiento con el dicho matrimonio de mi mujer , y los otros dichos seis  hube de María de Navarrete, señora suegra, en trueque y cambio de ciertas heredades y dineros que yo le dí”.
El traspaso recogía estas obligaciones de entrega y derechos de adquisición: “  los quales dichos diez y seys  días de cada mes con los dichos quintos, según que los tenemos e poseemos en el dicho molino del Castillo, os vendemos como cosa mía propia con todas sus entradas y salidas, derechos y   pertenescencias, así de hecho como de derecho, sin carga de censo ni tributo alguno, ni otra imposición que sobre ello aya”.
Y estipulaba por precio  seis ducados de oro de la moneda corriente que montaba nada menos que la cifra nada despreciable de 225 maravedíes.
Y se trasmitían la propiedad, uso y derechos a todos los sucesores. Y con todas las mejoras y adquisiciones que se habían aportado.  
En el documento posterior, alegaba Francisco de Aranda que no disponía de dinero suficiente y establecía dos plazos, dividiendo la carga en  dos partes iguales durante tres años. Y por la renta de los dieciséis día pagaría  160 fanegas de harina cada año.
Es interesante que este censo lo cargaba sobre los siguientes bienes y casas:
--El molino, los días de declarados más otros cinco días del molino,. Sobre las casas de su vivienda en el Castillos junto al Pilar  que estaba en la Plaza del Castillo y dos tiendas que estaban incorporadas en las dichas casas, que salían a la dicha plaza.
Doce aranzadas de viña torrontés que estaban en tres pedazos  en el pago de la Cuesta del Robre, término del Castillo, ( uno  de 6 aranzadas que lindan con viña de Juan de Escavias y majuelo de Martini de Zayas; otro de 4  que lindan con viña de García Martínez y de Francisco mayordomo, y otro de  dos aranzadas que linda con Juan de espada y viña de Juan de Bejijar).



[1] AHPJ. Escribano  Bernabé Rodríguez, Actas de venta , juramento y plazos de 16 de abril  de 1520. En las casas de la morada  de Esteban Morales, a 11 de abril de 1520 siendo testigos el licenciado Sancho de Aranda,  Luis de Valenzuela y Fernando de Jaén, hijo de Luís de Jaén. .El juramento de Esteban se hizo ante el alcalde mayor teniente de corregidor Alonso de Castillo, por el corregidor Andrés de Torres,  en su casa de Plaza Pública.  

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