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sábado, 15 de noviembre de 2014

el municipio, el poder local. Alcalá la Real (II)


EL MUNICIPIO DE ALCALÁ LA REAL. SUS ORÍGENES

 


 

Por último el poder municipal se ejerció en la comarca propiamente alcalaína, que viene delimitada por las mojoneras de siglos anteriores, que comprendían la villa del Castillo de Locubín y la cortijada de Frailes. Sus límites, a lo largo de estos siglos, son la ciudad de Jaén, Martos, señorío de Noalejo,  la villa de Valdepeñas, la ciudad de Illora, Moclín, Montefrío, el señorío de Alcaudete y Priego. Son ciudades que provienen de territorios realengos, señoriales como el marquesado de Priego, y de nuevas ciudades que alcanzan la independencia en estos siglos como Valdepeñas o Moclín. Pero  destaca la evolución que se produce en su terrenos interiores que tienen su centro capital en la ciudad de Alcalá, con una población que triplicaba a la villa del Castillo de Locubín, el segundo núcleo importante por población,  que mantiene una dependencia total proveniente de los antiguos privilegios y reafirmada mediante la compra que se llevó a cabo  en tiempos de Felipe IV y que inició formalmente los pasos de su independencia en tiempos de Carlos III. El resto de los núcleos no son sino cortijadas o concentración de varios cortijos que se denominan  en un principio el cuartel del campo y poco a poco van a constituir distintos partidos, atendiendo a los topónimos del lugar o de los caminos y la delimitación por las riberas del río Palancares, el arroyo del Salado y el camino de Priego o el de Alcaudete, cuyo centro radial era el casco de la ciudad de Alcalá. A lo largo del siglo XVII y, sobre todo, del siglo XVIII se produce un hecho significativo  cual va a ser la roturación de los terrenos baldíos, el asentamiento de los ganaderos cercanos a sitios de producción y  el desarrollo de una administración religiosa mediante capellanías que generarán una nueva estructura administrativa  con el nacimiento de las aldeas que no tiene más funciones que las recaudatorias, militares y religiosas sin ninguna autonomía  salvo el Castillo de Locubín. 


Esta última será el único sitio donde hay cierta representación de la justicia con el nombramiento de los alcaldes ordinarios, ministros del corregidor, el alguacil mayor y las comisiones de aguas, alcaidía, fieles de carnicería, abastos, a regidores y jurados residentes en ella. Aún más, una Junta de Abastos fue el germen de su futuro ayuntamiento del siglo XIX mediante el nombramiento electoral de dos diputados y un síndico personero. El resto de los partidos no tuvieron ningún órgano ni ninguna gestión autónoma  sino que fueron puras demarcaciones que comprendieron un partido o cuartel  del campo, del que nacieron otra serie de partidos al frente de ellos tan sólo se nombraban varios regidores o jurados  que ejecuten algunas funciones recaudatorias o de leva militar. La única cohesión que los definió fue la ermita o iglesia, que solía ser administrada por un capellán de campo que recaudaba los diezmos y las primicias, controlaba los parroquianos mediante padrones , administraba los diezmos y realizaba la misa de los domingos y de las funciones de iglesia del padrón. Sólo, en casos excepcionales, el capellán asumía otras funciones administrativas, delegadas de los comisarios del cabildo municipal. Un claro ejemplo de esto es la administración de los caudales públicos con motivo de la epidemia que se produjo en la cortijada de Santa Ana en el año 1784, cuya función se amplia en el gobierno, reparto de alimento y vestidos ante las circunstancias tan trágicas que atravesó este núcleo rural.


No obstante, en el año 1772, la cortijada de Frailes, y unos años más tarde, Charilla, y la Rábita suelen tener unos ministros alcaldes pedáneos que le sirven al cabildo alcalaíno para desarrollar la política municipal. Con el paso del tiempo, se extiende al resto de los partidos.

 

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