EL MUNICIPIO DE ALCALÁ LA REAL. SUS ORÍGENES
Por último el poder municipal se ejerció en la comarca propiamente
alcalaína, que viene delimitada por las mojoneras de siglos anteriores, que
comprendían la villa del Castillo de Locubín y la cortijada de Frailes. Sus
límites, a lo largo de estos siglos, son la ciudad de Jaén, Martos, señorío de
Noalejo, la villa de Valdepeñas, la
ciudad de Illora, Moclín, Montefrío, el señorío de Alcaudete y Priego. Son
ciudades que provienen de territorios realengos, señoriales como el marquesado
de Priego, y de nuevas ciudades que alcanzan la independencia en estos siglos
como Valdepeñas o Moclín. Pero destaca
la evolución que se produce en su terrenos interiores que tienen su centro
capital en la ciudad de Alcalá, con una población que triplicaba a la villa del
Castillo de Locubín, el segundo núcleo importante por población, que mantiene una dependencia total
proveniente de los antiguos privilegios y reafirmada mediante la compra que se
llevó a cabo en tiempos de Felipe IV y
que inició formalmente los pasos de su independencia en tiempos de Carlos III.
El resto de los núcleos no son sino cortijadas o concentración de varios
cortijos que se denominan en un
principio el cuartel del campo y poco a poco van a constituir distintos
partidos, atendiendo a los topónimos del lugar o de los caminos y la delimitación
por las riberas del río Palancares, el arroyo del Salado y el camino de Priego
o el de Alcaudete, cuyo centro radial era el casco de la ciudad de Alcalá. A lo
largo del siglo XVII y, sobre todo, del siglo XVIII se produce un hecho
significativo cual va a ser la
roturación de los terrenos baldíos, el asentamiento de los ganaderos cercanos a
sitios de producción y el desarrollo de
una administración religiosa mediante capellanías que generarán una nueva
estructura administrativa con el
nacimiento de las aldeas que no tiene más funciones que las recaudatorias,
militares y religiosas sin ninguna autonomía
salvo el Castillo de Locubín.
Esta última será el único sitio donde hay
cierta representación de la justicia con el nombramiento de los alcaldes ordinarios,
ministros del corregidor, el alguacil mayor y las comisiones de aguas,
alcaidía, fieles de carnicería, abastos, a regidores y jurados residentes en
ella. Aún más, una Junta de Abastos fue el germen de su futuro ayuntamiento del
siglo XIX mediante el nombramiento electoral de dos diputados y un síndico
personero. El resto de los partidos no tuvieron ningún órgano ni ninguna
gestión autónoma sino que fueron puras
demarcaciones que comprendieron un partido o cuartel del campo, del que nacieron otra serie de
partidos al frente de ellos tan sólo se nombraban varios regidores o
jurados que ejecuten algunas funciones
recaudatorias o de leva militar. La única cohesión que los definió fue la
ermita o iglesia, que solía ser administrada por un capellán de campo que
recaudaba los diezmos y las primicias, controlaba los parroquianos mediante
padrones , administraba los diezmos y realizaba la misa de los domingos y de
las funciones de iglesia del padrón. Sólo, en casos excepcionales, el capellán
asumía otras funciones administrativas, delegadas de los comisarios del cabildo
municipal. Un claro ejemplo de esto es la administración de los caudales
públicos con motivo de la epidemia que se produjo en la cortijada de Santa Ana
en el año 1784, cuya función se amplia en el gobierno, reparto de alimento y
vestidos ante las circunstancias tan trágicas que atravesó este núcleo rural.
No obstante, en el año 1772, la cortijada de Frailes, y unos años más
tarde, Charilla, y la Rábita suelen tener unos ministros alcaldes pedáneos que
le sirven al cabildo alcalaíno para desarrollar la política municipal. Con el
paso del tiempo, se extiende al resto de los partidos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario