El conflicto con la villa del Castillo
Todavía se mantenían antiguos
conflictos con los límites de los pueblos que ya parecían olvidados. En el año
1720, tuvo lugar la delimitación con Alcaudete con los mojones de la Sierra de
san Pedro por el arroyo de los Chopos y la Loma de la Jabonera, estableciendo
definitivamente los límites entre ambos pueblos mediante el acuerdo de los dos
cabildos [1].
En el año 1728 renació el
conflicto con la villa del Castillo de Locubín, al recaer una de las alcaldías
ordinarias en Fausto de Moya que trató de nombrar como su representante a
Alejandro de los Reyes. Pronto, el resto de los regidores contradijeron este
nombramiento, porque despertaba el recelo de los vecinos, que alegaban que
había cometido diferentes excesos durante el año anterior de tenencia de
alcaldía. Incluso, aparecieron en el pueblo coplas y libelos contra su persona.
Lo cierto fue que el enfrentamiento trascendió a la esfera del cabildo, ya que
el regidor Fausto de Moya pretendía un cambio de sus tierras del Palancares por
otras que estaban linderas a los predios de Puertollano, donde muchos vecinos
castilleros tenían roturas. El asunto alcanzó unos límites
que sobrepasaron la simple protesta, y la ciudad, encabezada por un fraile
capuchino- anteriormente se le había denegado por el guardián del convento del
Castillo el nombramiento de uno de ellos que fuera alcalde ordinario- , el
escribano Manuel Antonio Álvarez de
Morales y otros vecinos llevaron a cabo el intento de independencia.
No hemos encontrado ningún documento en los
archivos de protocolos notariales sobre la trascendencia del intento, sólo esta
frases del escritor castillero Rafael Alvarez de Morales Ruiz.
ante el atropello que se pretende hay quien decide denunciar lo que
ocurre, y preparando justificantes de los abusos pasados y de los agravios
presentes, toma la representación del Castillo
y se eleva la representación al Real Consejo una representación de queja y simultáneamente
nueva petición de independencia del Castillo [2].
Como era costumbre
el rey mantuvo a la villa bajo la jurisdicción alcalaína. Años más tarde, a
principios del 1734 renacían los recelos por las cargas que impone Alcalá y
considerando qeu abusaban de la villa. El propio corregidor Oruña y el
recaudador de impuestos Domingo Torres, alguacil mayor, avisaron al cabildo
alcalaíno, refiriendo el 25 de febrero la noticia de que la villa del Castillo se hallaba en dessosiego sobre otorgar un poder para eximirse de la jurisdicción de
Alcalá..... y se volvieron a Alcalá
habiendo hallado la dicha VILLA con dessoiego a causa de averse juntado la mayor
parte de los vecinos de dicha villa en la Iglesia y Plaza de ella para otorgar
poder para eximirse de esta ciudad y, que, por no encontrarse con algún
incoveniente, no aplicaron dlixenxia alguna.
Pronto,
el cabildo alcalaíno investigó la
situación, nombrando una comisión que consiguió descubrir el promotor del
motín, que, según decían, había sido el padre fray Manuel de Espinosa,
religioso de la Orden de Predicadores, residente por aquel tiempo en la villa y
varios frailes que le secundaban. Escribieron al Provincial de la Orden
dominicana. No se escamitaron esfuerzos para
enviar la carta y se recibió la respuesta del padre Provincial, que se hallaba
en Cádiz en los primeros días de marzo, comunicándose que quedaba muy mortificado de que
los religiosos se mezclan en dependencias y negocios que causan disturbios y
que, aunque tene dado orden a los referidos, mandó se abstengan de semejante
asumpto .
No sólo se movieron los
regidores en el entorno del clero regular, sino que se creó una comisión, que
envió poderes al agente de Madrid para detener el asunto. Un año después, en el
1735, por el mes de julio, se recibió una carta de del Oficial de las Juntas
Vecindades en las que se denegaban las
pretensiones de los vecinos del Castillo, cuyo decreto se imprimió para que
éstos no intentaran en otra ocasión dicha reclamación. No
obstante, aunque los vecinos no alcanzaron la
independencia, sin embargo lograron el reconocimiento real para que se
aliviaran las cargas en los arbitrios de tierras que fueron rebajadas de quince
a diez reales por fanega.
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