Recuerdo hace unos años,
cuando se me encomendó un trabajo del territorio y urbanismo de la
fortaleza de la Mota. En aquella ocasión, recorrimos los distintos
espacios, calles y plazas de este recinto. En la subida de la Mota,
precisamente señalamos la Casa de la Mancebía, comentamos su tamaño
reducido el personal y encargado de la casa, sus entradas y el
carácter recoleto y escondido cercano al Hospital del Dulce Nombre
de Jesús. Responde a una nueva moral, en la que la ciudad
fortiricada se está urbanizando tras la conquista. E, incluso, está
a medio edificar. En el bloggs Salamanca paso a paso, esta
frase concuerda perfectamente, con la ubicación de la Casa
alcalaína
“En
el siglo XIV, se extiende por toda Europa una ola de moralidad que
reglamenta el desempeño de la prostitución. Durante años los
distintos estados habían estado luchando para hacer desaparecer de
las calles a las mujeres que desempeñaban tan antiguo oficio,
fracasando en su intento. Al no poder conseguirlo dictan normas que
obligan a las prostitutas a segregarse dentro de un determinado
espacio reservado exclusivamente para trabajadoras que ejercen dicho
arte. Este afán reglamentista no llegará a España hasta finales
del siglo XV, principios del XVI., cuando empiezan a estructurarse
normas, auspiciadas por los Reyes Católicos, con una concisa
reglamentación para el desempeño de este oficio que se realice
dentro de las Casas
de Mancebía.
Me ha venido a las manos un
documento que conservo en mi archivo, procedente del Archivo
Histórico Provincial, en el que se hace alusión a esta casa. Lo
redacta el escribano Antón Hernández el seis de noviembre de 1576
en forma de contrato entre Juan López del Castillo y Juan Martínez
Izquierdo, siendo testigos Diego Cano y Antón de Santillán. Juan
López compartía la obligación con su hija Catalina Muñoz, que
era la que se comprometía a todas las claúsulas avalada por su
padre.
En
concreto se hace referencia a “un solar para edificar que
nosotros avemos e tenmos en la dicha ciudad frente a las Casas de
la Mancebía de esta ciudad, que alinda con el solar de Juan de
Torres y linde con el solar de (SS) de la Fuente y con la calle que
al dicho solar declarado me hizo esta ciudad”.
En
cuanto la valoración, la cantidad de la venta se fijó en 1.300 maravedis.
El trato se obligaba a edicar el dicho solar lo y daba la la potestad paternal del hermano de Catalina Pedro López de Castillo.
La
fecha de 1576 muestra una ciudad fortificada plenamente edificada y
una expansión de la ciudad hacia el llano y valle que ofrece un
aspecto muy heterogéneo y a medio edificar, con casas y solares.
Estos fueron concedidos a los vecinos como premio o vendidos en la
repoblación tras la conquista de Granada. Está claro que los
primeros recintos urbanizados fueron los colindantes con las
Entrepuertas y la calle Real dando lugar al barrio del Albaicín y los
arrabales nuevos de los Mesones, Trinidad, san Juan, san Francisco,
san Bartolomé, san Sebastián , Peña Horadada, Rastro y san Blas.
Luego,en
torno a la calle Real, la
Veracruz
y el convento de Consolación.
La
Casa de la Mancebía cambió de sitio según las ampliaciones de la
ciudad, bajó del Albaicín a los Álamos; luego se ubicó en el
barrio de la Tejuela. Como
obligaban las normas y leyes , en los extramuros de la ciudad del
momento. Fue
siempre controlada por el cabildo municipal que solía arrendar por una cantidad de renta hasta el siglo XVIII, en el que pasó a manos privadas. La última
ubicación a las afueras de la ciudad era conocida por los vecinos
del siglo pasado. Se dieron
algunas reyertas ente sus clientes, que luego viraron en intereses
partidistas. Pero esto lo dejamos para otra ocasión.
No hay comentarios:
Publicar un comentario