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martes, 5 de abril de 2016

UN DOCUMENTO SOBRE LA CASA DE LA MANCEBÍA










Recuerdo hace unos años, cuando se me encomendó un trabajo del territorio y urbanismo de la fortaleza de la Mota. En aquella ocasión, recorrimos los distintos espacios, calles y plazas de este recinto. En la subida de la Mota, precisamente señalamos la Casa de la Mancebía, comentamos su tamaño reducido el personal y encargado de la casa, sus entradas y el carácter recoleto y escondido cercano al Hospital del Dulce Nombre de Jesús. Responde a una nueva moral, en la que la ciudad fortiricada se está urbanizando tras la conquista. E, incluso, está a medio edificar. En el bloggs Salamanca paso a paso, esta frase concuerda perfectamente, con la ubicación de la Casa alcalaína

En el siglo XIV, se extiende por toda Europa una ola de moralidad que reglamenta el desempeño de la prostitución. Durante años los distintos estados habían estado luchando para hacer desaparecer de las calles a las mujeres que desempeñaban tan antiguo oficio, fracasando en su intento. Al no poder conseguirlo dictan normas que obligan a las prostitutas a segregarse dentro de un determinado espacio reservado exclusivamente para trabajadoras que ejercen dicho arte. Este afán reglamentista no llegará a España hasta finales del siglo XV, principios del XVI., cuando empiezan a estructurarse normas, auspiciadas por los Reyes Católicos, con una concisa reglamentación para el desempeño de este oficio que se realice dentro de las Casas de Mancebía.

Me ha venido a las manos un documento que conservo en mi archivo, procedente del Archivo Histórico Provincial, en el que se hace alusión a esta casa. Lo redacta el escribano Antón Hernández el seis de noviembre de 1576 en forma de contrato entre Juan López del Castillo y Juan Martínez Izquierdo, siendo testigos Diego Cano y Antón de Santillán. Juan López compartía la obligación con su hija Catalina Muñoz, que era la que se comprometía a todas las claúsulas avalada por su padre.
En concreto se hace referencia a “un solar para edificar que nosotros avemos e tenmos en la dicha ciudad frente a las Casas de la Mancebía de esta ciudad, que alinda con el solar de Juan de Torres y linde con el solar de (SS) de la Fuente y con la calle que al dicho solar declarado me hizo esta ciudad”.
En cuanto la valoración, la cantidad de la venta se fijó  en 1.300 maravedis. El trato se obligaba a edicar el dicho solar lo y daba la la potestad paternal del hermano de Catalina Pedro López de Castillo.
La fecha de 1576 muestra una ciudad fortificada plenamente edificada y una expansión de la ciudad hacia el llano y valle que ofrece un aspecto muy heterogéneo y a medio edificar, con casas y solares. Estos fueron concedidos a los vecinos como premio o vendidos en la repoblación tras la conquista de Granada. Está claro que los primeros recintos urbanizados fueron los colindantes con las Entrepuertas y la calle Real dando lugar al barrio del Albaicín y los arrabales nuevos de los Mesones, Trinidad, san Juan, san Francisco, san Bartolomé, san Sebastián , Peña Horadada, Rastro y san Blas. Luego,en torno a la calle Real, la Veracruz y el convento de Consolación.

La Casa de la Mancebía cambió de sitio según las ampliaciones de la ciudad, bajó del Albaicín a los Álamos; luego se ubicó en el barrio de la Tejuela. Como obligaban las normas y leyes , en los extramuros de la ciudad del momento. Fue siempre controlada por el cabildo municipal que solía arrendar por una cantidad de renta hasta el siglo XVIII, en el que pasó a manos privadas. La última ubicación a las afueras de la ciudad era conocida por los vecinos del siglo pasado. Se dieron algunas reyertas ente sus clientes, que luego viraron en intereses partidistas. Pero esto lo dejamos para otra ocasión. 

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