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domingo, 28 de julio de 2024

CINCO CORREGIDORES EN TIEMPOS DE LA REINA JUANA Y EL EMPERADOR DON CARLOS V EN ALCALÁ LA REAL

 

 




 

 


     Alcalá la Real vivió en tiempos de Carlos V uno de Los periodos más importantes de su desarrollo económico, político y social. El primer factor que contribuyó a este importante avance de la comarca alcalaína hay que fundamentarlo al hecho de que ya se había cubierto un amplio periodo de tiempo de paz dentro de su demarcación geográfica y en sus terrenos limítrofes. Por eso, dentro de su interior no le afectaron ningún movimiento ni acontecimiento bélico. Pues, ya, desde el punto de vista físico, no era una frontera natural con el reino de Granada sino que era un lugar donde sus hombres comenzaban a desarrollar una nueva etapa de asentamiento y de incardinación en el terreno, ajena a los vaivenes de la guerra y a la inestabilidad de sus recursos económicos provocados por las adversidades anteriores. En verdad que los últimos años del reinado de los Reyes Católicos ya habían puesto los cimientos de la esta nueva organización social, política y económica, pero en este nuevo periodo quedó constituida la fisonomía definitiva rural y urbana del municipio que no llegará a cambiarse, a partir de este momento, hasta el siglo XX.   

     En la ciudad, también se asistía a la continuación del desarrollo urbanístico del anterior reinado de los Reyes Católicos con la expansión teritorial desde la Mota hasta el valle del Llanillo y de las Cruces, cuyos ejes primordiales se habían establecido en la calle Real y el propio Llanillo, y, como ejes secundarios, la calle Llana y Rosario. Aunque se impedía que los centros comerciales y políticos estuvieran fuera de la Mota, los nuevos artesanos ampliaron su ubicación hasta la calle Real. Por ello, se recibió una ejecutoria que impedía la construcción de una plaza en el arrabal, dando lugar a un conflicto con varios vecinos, entre ellos un tal Madrigal.

Se inició una  política de obras públicas que incidió en el adecentamiento de caminos y pasos y en el empedrado de las calles, lo  que afectaba a las diputaciones y cuidado de los regidores para mejorar la comunicación con las principales vías de enlace con las ciudades más importantes de los reinos, Granada, Córdoba, Jaén y el Levante. Pero, donde más se dejó notar esta fiebre edilicia, fue en la construcción y renovación de un gran número de edificios públicos y religiosos. Entre los primeros, se abandonó el concepto de ciudad, puramente militar, de la fortaleza de la Mota para transformarlo en un sitio urbano, donde se remozaron sus centros públicos más importantes y se racionalizó su trama.

En la nueva ciudad que se extendía al llano, predominaron los mismos conceptos, pero, con el fin de  no perder los privilegios anteriores, se limitaron, al menos, los edificios y los espacios abiertos que supusieran cualquier detrimento de los antigos privilegios, generados en las etapas anteriores por sus habitantes mediante la lucha fronteriza. De ahí que, el carácter exento y privilegiado de los alcalaínos para evadir nuevas imposiciones de la Corona, la ciudad lo ponía de manifiesto en cualquier ocasión que se le presentara en defensa de cada uno de los vecinos, Los cuales caían en contínuos litigios con las ciudades comarcanas, solicitando provisiones reales, entre las que destacaba la de que los portazgueros guardasen el privilegio de la ciudad. No obstante, en la fortaleza de la Mota, se construyeron las nuevas Casas de  Cabildo y la Cárcel Nueva; se trasladó del Pósito al Arrabal Nuevo, la plaza de la ciudad se convirtió en una de las más bellas de Andalucía, se abrieron y adecentaron las Puertas de acceso a la fortaleza, entre ellas La Nueva, Zayde,  Aire,  y las Lanzas, se abrió un ediifcio para el Matadero en el arrabal de San  Bartolomé; se reorganizó el Egido en una amplia alameda a la entrada del nuevo pueblo y, en la nueva ciudad, se construyeron las Puertas de los Arcos y de Villena.

Esto por lo que se refiere a los edificios públicos, pues en la parcela religiosa, hay que manifestar que contribuyeron  en gran parte a lo que en los siglos posteriores va a ser el diseño definitivo de la ciudad. Los nuevos templos, los hospitales y los conventos configurarán la nueva ciudad que ya se levantaba desde el cerro de la Mota hasta el Corral del Concejo, a las faldas del cerro de las Cruces o Calvario. La iglesia de la Veracruz, la ermita de San Juan, de San Sebastián y de San Marcos, el convento de Consolación, San Francisco, se convirtieron en los centros de un conglomerado de calles que se distribuían a lo largo de su entorno. No obstante, la jerarquía eclesiástica aliada a los intereses de las  clases privilegiadas, siempre mantuvo el baluarte de la Mota como un lugar que no podía abandonar. De ahí que la Iglesia Mayor volvió a construirse en la fortaleza, como símbolo del nuevo momento histórico de reafirmación de la cristiandad y, junto a ella, los abades levantaron el Palacio Abacial.   

Por otra parte, nuevos elementos contribuyeron al nuevo desarrollo. Entre los más significativos, las fuentes contribuyeron a que la población se declinara, cada vez más, a vivir en estos nuevos espacios públicos. Para ello, se renovaron y se construyeron la de los Álamos, San Juan y Tejuela y se trasladó la de Mora desde la carrera de San Marcos al Llanillo. Si a ello añadimos que los mesones, al final del reinado comenzaron a trasladarse desde el último tramo de la calle Real al Llanillo, y, por otro lado, los edificios mecánicos. Comerciales del por mayor y artesanales no podían ubicarse en la Mota, como el rastro, las herrerías, carpinterías, alfarerías y tintorerías, estaba claro que, en los futuros reinados, los cimientos de la mueva ciudad estaban ya plenamente sedimentados y prefiguraban un cambio claro y rotundo.       

     Desde el punto de vista político, Alcalá se convirtió definitivamente en capital del corregimiento, de la abadía y del municipio. Pues, ya habían pasado los años en los que Loja no estuvo sujeta al corregimiento alcalaíno y, en este tiempo, el corregidor ejerció el poder en las tres ciudades, pero siempre bajo la sede capitalina de Alcalá. La abadía, por su parte, quiso hacer valer sus derechos de independencia a pesar de los intentos de anexión jurisdiccional del cardenal Merino a la diócesis de Jáen. Tan sólo, algunas medidas reales relacionadas con la concesión de una parte de las rentas diezmales debieron incidir, al final del reinado, en la economía alcalaína, pues los dos trecios de ellas debieron enviarse para los capellanes de la Capilla Real de Granada. De ahí que se opusiera a su ejecución el abad Juan de ävila y no tuviera plena vigencia hasta la época del abad Diego de Ávila. Finalmente, el municipio se asentó definitivamente en un amplio territorio que trató de establecer relaciones directas con la Corona, salvando los posibles influencias de las capitales de los Reinos o con los procuradores de las ciudades en Cortes. Sin embargo, reminiscencia de épocas anteriores, el señor de Aguilar, alcaide de la fortaleza y el conde de Tendilla, y sus descendientes influyeron en momentos trascendentales de la vida alcaláina más atendiendo a su gradación jerárquica y al contacto directo con la Corona que porque participaran realmente en el gobierno de la ciudad. Claro ejemplo de su control de la ciudad fue la propuesta de corregidores, que debieron estar relacionados con el Conde de Tendilla, entre ellos Andrés de Torres, García de Montalvo y Francisco de Alcarcón.

   Los bandos de anteriores familias privilegiadas comenzaron a decaer y, en contrapartida, se inició un periodo de concentración y de endogamia familiar por medio de cruces familiares, entre las que destacaban, sobre todo, los Aranda, Valenzuela, Sotomayor, Pineda, Góngora, Frías, Cabrera y Gadea que controlaban una gran parte del poder político y económico gracias a las medidas reales que fueron ampliando los anteriores repartimientos. Además se atisba la presencia de funcionarios y profesiones liberales que también se beneficiaron de la nueva situación. Así, en los primeros tiempos, se premió con una merced a Alonso de Ribera a pedimento de la ciudad, , en casos parecidos, se pueden citar a Cerrato, Verdugo y el doctor La Torre que se vieron compensados con tierras los servicios jurídicos que hicieron a la ciudad. En otras ocasiones, se sufrieron consecuencias del periodo anterior,  pues se recibió una cédula de la reina doña Juana, por la que quedaba apresada la ciudad por servir al Rey Católico con motivo de las alteraciones que se produjeron en el marquesado de Priego.

     En el conflicto de competencias jurisdicccionales, salvo algunos conatos de levantamiento con motivo de algún que otro corregidor que trató de perseguir los abusos de la invasión de tierras comunales y de los propios, el cabildo municipal no ofreció un panorama conflictivo. Sinemabrgo, en Loja y Alhama las cosas se recrudecieron en algunas ocasiones. La defensa de la exención de privilegios y un gran desarrollo normativo caracterizó a este periodo con la promulgación de una gran número de ordenanzas que regularon las relaciones de los vecinos hasta el siglo XVIII. Caso aislado  son una provisión real, por la se impedía que la justicia no interviniera cuando el asunto no procediera. Lo mismo se hizo con los escribanos a los que se impidió que actuaran por el sistema de rueda y lo llevaran a cabo todos juntos y a los notarios se les ordenó que cobraran según el arancel real. La oficialidad del municipios y su funcionamiento se normalizó y no existen casos relevantes de absentismo en la jurisdicción, pues alcanzó hasta figuras como el personero, a quien se le adjudió un salario anual de 1.000 maravedís.

     De la labor de ordenanzas destacan las relacionadas con la protección y desarrollo de la ganadería para que se pudieran mantener las crianzas de vaca hasta los dos años en las dehesas o las de la  protección de las tierras comunales y el buen gobierno de la ciudad.

Desde el punto de vista económico, esta nueva ciudad alcalaína y la de Loja y Alhama, atrajeron nuevos habitantes que la engradecieron y abrió nuevos horizontes a otros oficios alejados de lo puramente militar. No sólo acudieron famosos artistas que la embellecieron, sino que un gran cúmulo de artesanos ampliaron su padrón poblacional.

La agricultura fue usurpando terreno a la ganadería. Pues se hicieron nuevos repartimientos de tierras y se ampliaron los terrenos de propios. La más importante medida fue la que, a finales del tercer decenio, el emperador concedió a la ciudal el repartimiento de 10.000 fanegas de tierras, que posteriormente se amplió con otras 1.000 fanegas. No es sino claro exponente de lo que aconteció en la mayoría de las ciudades de la Corona de Castilla, con una política ropturadora y colonizadora que  se multiplicó a petición de los vecinos y con la intervención del Emperador a trave´s de su Consejo de Estado, dando lugar al incremento de las tierras de labrantía y adehesamientos de terrenos baldíos que  favoreció una mayor capitalización del campo, el aumento demográfico, se benefició del mercado americano y se aprovecho, en el tiempo de estos corregidores de “meter en cultivo las antiguas tierras fronterizas del ya coniquistado reino nazarita”

     La presencia de muchos ganaderos de otros pueblos cercanos agravó el desarrolló de la ganadería, que, cada vez veía mermada la extensión de sus campos atendiendo al corto término y el gran número de personas que poseían ganado. Muchos terrenos, cercanos a los montes y  a las vertientes, fueron deforestados, dando lugar a un gran abuso por parte de los primeros propietarios, descendientes de los conquistadores de la ciudad que invadían caminos, zonas montañosas y dehesas en perjuicio de los pastos y del alimento del ganado. No se mantenía una normativa clara entre la autoridad y  los gobbernados, pues los primeros abusaban del poder siendo los menos respetuosos con las normas, evadiéndolas y perjudicando a los pequeños labradores y a los arrendadores, lo que ocasionaba situaciones tensas entre estos dos sectores de la agricultura. Para ello, se valían de los caballeros de la Sierra que los protegían y del aplazamiento de cuaquier tipo de delito, lo que daba lugar a que la ley no se respetara. Era tal situación que hubo que comprar hasta madera de otros lugares para elaborar los aperos de labranza.

 

Aunque pervivieron los conflictos con las ciudades comarcanas, sobre todo, con los vecinos de Alcaudete, Priego, y Granada que habían deshecho algunos mojones, se reguló la vida de la  ciudad en muchos aspectos, entre ellos el cargo del mayordomo, al que le obligaron a tener los requisitos de la habilidad y montar a caballo.

La competencia del vino, principal fuente de riqueza junto con la ganadería,  comenzó a aparecer en la de Granada, cuyo corregidor había alterado la ejecutoria que le permitía la exclusividad de entrar vino durante ciertos meses ampliándola a otras ciudades. 

     Ante el carácter exento de la ciudad, la reina doña Juana, y lo mismo hizo don Carlos, confirmó los privilegios de franqueza de la ciudad, como habían hecho los anteriores reyes. En la misma línea, junto con el emperador también lo hizo con  el privilegio de meter vino en Granada.

 

     Aunque la jurisdicción de los corregidores correspondía a las tres ciudades de Alcalá la Real, Loja y Alhama de Granada, desde el primer decenio del siglo XVI la ciudad de Loja fue gobernada por el Gran Capitán. Con la llegada del emperador, de nuevo, volvieron a formar parte de un solo y único corregimiento. La mayoría de ellos provenían de las ciudades del reino de Jaén, Córdoba y de Granada, aunque algunos de ellos estuvieron ligados a personajes secundarios de la Corte. El extracto de los primeros tenía su razón de ser qen que el secretario real de Carlos V era Francisco de los Cobos y, por medio de su influencia, prolongaba su poder en las ciudades de su contorno mendiante el nombramiento de corregidores ligados  por afinidad familiar o de paisanaje en las de Úbeda y Baeza. Claro ejemplo de la relación de parentesco fue el doctor Andrés de Torres, que estaba casado con una de sus hermanas y regentó el corregimiento alcalaino en los primeros años del segundo decenio del siglo XVI. Por razón de paisanaje, la familia de los Chirinos o Torres, que tenían  sus casas en la ciudad de Úbeda, Baeza y Jáen o, por estudios y profesión, el de Alarcón en Granada. Por otro lado, los corregidores, y, sobre todo, los pesquisidores, ligados al aparato cortesano, solían acudir en momentos difíciles de conflicto entre la justicia y los vecinos para zanjar los intereses entre la ciudad y los particulares con el corregidor. Mientras los primeros, suelen ser caballeros de capa y espada y, en raras ocasiones, se encuentra alguno de ellos con la titulación de doctor, licenciado o bachiller, entre los segundos abundan los licenciados como el caso de Noguerol, Montano, Hernández de Baeza, o el doctor Quijada. Otra nota característica de ambos tipos es la diferencia de periodo  de permanencia en la ciudad . Pues, aunque les estaba permitido solamente un año y, en algunos caso, se le prorrogaba otro año más y a lo sumo tres, hay casos significativos en el primer tipo de corregidores que, por la influencia de Francisco de los Cobos, se excedió en la licencia de prorrorgar el mandato, pues Hernán Pérez de Torres casi alcanzó el decenio y Francisco de Chirinos superó el quinquenio.

     A través del nombramiento del corregidor Rodrigo de Alfaro, podemos describir algunas características del cargo y reconstruir el amplio poder que ejercían en la ciudad

 

 

     Nombramiento

 

     Fueron nombrados , en los primeros años, por el emperador y por su madre la reina doña Juana, y posteriormente por el propio emperador. Lo llevaban a cabo mediante una provisión real que dirigían a los tres cabildos municipales que integraban el corregimiento y al corregidor cesante con esta palabras:

“A vos el concejo, justicia, regidores, caballeros, escuderos e oficiales e omes buenos de la ciudad de Alcalá la Real, salud y gracia”.

 

     Finalidad

 

     Trataban de que cumplieran  el ordenamiento, el buen servicio del emperador, la justicia, la pacificación y el gobierno de las ciudades encomendadas.

 

     Competencias      

 

     Primordialmente, le incumbía al corregidor el ejercicio de ejecutar la justicia, la jurisdicción civil y criminal, el nombramiento de las acladías mayores, alguaciles y podía moderar y presidir el cabildo municipal y todos los aspectos relacionado con la Corona. Podía nombrar un lugarteniente o teniente de corregidor. Generalmente por los datos que tenemos de las tres ciudades, solía ser un bachiller o licenciado que procedía de Granada en donde había conseguido la formación de jurisprudencia básica para asesorarlo o ejercer con garantías el gobierno de cada una de las ciudades. Pues, en los tres lugares del corregimiento, se le denominaba por alcalde mayor y, en muy pocos, aparece un teniente de corregidor y un alcalde mayor al mismo tiempo. A veces se ocasionaba un traslado de alcaldes mayores con motivo de las ausencias de una ciudades a otras y hubo casos de algún alcalaíno que lo fue en Loja.

 Principalmente, el corregidor permanecía en Alcalá, donde cobraba el máximo salario y, en la ausencia de las visitas a los otros municipios de Loja y Alhama, se le privaba del salario que incumbía al sitio donde residiera.

     A través de sus principales competencias se derivaban un gran número de obligaciones, que  se ejercía por la simple ejecución de los mandatos reales o acuerdos del cabildo. Desde la puesta en marcha de las levas militares hasta el encarcelamiento por negarse a acudir a la llamada al servicio militar, desde la presidencia en los actos protocolarios de las fiestas de la ciudad hasta la preparación de los fastuosos actos con motivo de las celebraciones extraordinarias de la Corona, desde la moderación a la hora de equilibrar las votaciones del cabildo hasta la imposición de su criterio para defender los mandatos reales que eran desobedecidos por el propio ayuntamiento, desde la protección de los límites y caminos de la ciudad hasta la persecución de los que se adentraban en terrenos de propios o invadían con su ganados las tierras comunales y así un sinfín de deberes que afectaban toda la vida de la ciudad.

 

     Duración del mandato

 

     Se concedía el oficio del corregimiento por un año, que solía prorrogarse por otro nuevo. Al final de cada año se enviaba un pesquisidor que llevaba a cabo un juicio de residencia por el que se analizaba la gestión de su mandato, atendiendo las acusaciones de los vecinos afectados y los incumplimientos en el ejercicio de su poder y afectaba también al resto de los cargos municipales, regidores y oficiales del cabildo. Al final del juicio de residencia, a los que se permitía alegar a los afectados y pagar todo lo que hubiera supuesto cualquier tipo de medidas de abuso de poder, malversación de fondos públicos, y delito contra la hacienda pública. Los delitos más importantes incumbían a la mala administración de los propios y a los acuerdos mal tomados contra los intereses reales. 

 

     Salario

 

     Variaba de una ciudad a otra y del tiempo de permanencia, además solía acumularse cierta cantidad de cada una de ellas. Por los libros de cuentas del cabildo alcalaíno, solía cobrar 36.000 maravedíes anuales en Alcalá Real, siempre que permanciese en la ciudad, pues el computo se llevaba a cabo mediante el sistema de división de dicha cantidad por días de estancia y, en su ausencia del lugar, lo cobraba el  alcalde mayor, que también recibía parte de algunas penas de ordenanza.

     Sería prolijo extendernos en cada uno de Los delitos  y es objeto de un futuro estudio de los corregidores que para un futuro libro estamos finalizando. Tan sólo, vamos a describir unas pocas notas de los tres primeros de la época imperial y uno correspondiente al reinado de Felipe II, con motivo de la muerte de Carlos V.

 

 

I LORENZO ARIAS MALDONADO

 


 

Recibió la ciudad de Alcalá el nombramiento de corregimiento que se conservaba en el archivo municipal. Llegó a Loja el veintiséis de diciembre de 1515 en calidad de  pesquisidor o juez de residencia, juntándose de nuevo las ciudades de Loja, Alcalá y Alhama, pues, hasta ahora, el gobierno de la ciudad lojeña había corrido a cargo del Gran Capitán y de su alcalde Diego de Ayala, que los mantuvo en la tenencia de la alcaidía. Sus alguaciles en ésta ciudad fueron Juan de Castellanos, mayor, y Francisco Nieto, menor.

Es un momento en el que surgen una serie de enfrentamientos entre la nobleza, realacionada con los regidores de la ciudad lojeña, y el pueblo llano representado por los jurados. Los primeros llegaron a atrincherarse a la fortaleza en la que vivía el  alcaide gobernador nombrado por el Gran Capitán, Diego de Ayala. Ante la muerte del rey Fernando y el nombramiento del rey don Carlos, la ceremonía de proclamación sirvió para amaianar los ánimos. Se hizo en Loja recapitulación de ordenanzas y  Se fijaron los mojones del término entre Loja y Priego por la Cañada del Puerto y el Pie de Milano. El seis de junio de 1516 cesó como corregidor.

En su tiempo, la ciudad de Alcalá continuó su desarrollo urbano con la ampliación por la zona del Pozuelo de San Juan  otorgandose unos quince solares a unas familias de serranos que se incorporaron  a la ciudad. Pronto se legisló esta faceta mediante una serie de normas, por las que se obligaba a  que los vecinos edificaran los solares en un plazo de tres años y la pérdida de la propiedad del solar, si no se culminaba la vivienda o quedaban en simples obras cercadas y cimentadas (19-9-1515)

     La labor legislativa comienzó a incidir en aspectos sanitarios. Así, se aprobó una ordenanza para impedir el arrojo de cenizas junto a la Fuente del Rey (15-7-1515) o la prohibición de entrada de ganado en los linares (15.7-1515). Otra se refería a que impedía a que los playeros pudieran vender pescado sin escrituras estableciendo una pena de 300 maravedís(-abril de 1516)

     Los problemas de regadío, lugares que deberían ser los más cultivados, comenzaron a inquietar a los regidores y se aprobó una ordenanza en la que se pedía la intervención del alcaide y sus alarifes para evitar agravios entre los vecinos ( 10-8-1515).

 

 

 

II. ALONSO SÁNCHEZ DE OLIVARES

 

Fue pesquisidor a partir de junio de 1516. Nombró alcalde mayor de Loja al bachiller Juan Hernández Sobrino y por alguacil al alcalaíno Gregorio de Leonís, alcaíde de la fortaleza de Alora. Llevó a cabo  la residencia hasta el veintiséis de julio de 1516.

 

III. GARCÍA DE MONTALVO(1516-1518)

 

Fue nombrado corregidor el veintiséis de julio de 1516. Su alcalde mayor en Loja era Cristobal de Torrijos, que se vió inmerso en un pleito por no haber cursado estudios, posteriormente el jurado Diego de la Puerta que ejerció como teniente de justicia y fueron sus alguaciles mayores Pedro de Guindos y Rodrigo de Mendaño. En Alcalá, nombró por alcalde mayor a  Juan de Santa Cruz. Había sido anteriormente corregidor  en 1512 de Ronda y Marbella, estando muy relacionado con el Conde de Tendilla.

Se ausentó del coregimiento desde abril de 1517, con el fin de recibir al nuevo Rey, y no volvió hasta el quince de febrero de 1518, siendo cesado a primeros de marzo del mismo año. En Loja, fue importante la reconstrucción del puente del Genil y la transformación urbanística de Loja con una gran renovación y aumento de viviendas; también era abundante la industria de la seda. Se produjo una importante crisis en el cultivo de vino que no se le dejaba vender en Granada , Málaga y Vélez.

Es un momento en el que se reclaman compañías de soldados para ir a la costa por el mes de noviembre en defensa de Málaga, atacada por  el pirata Barabarroja, rey de Argel y Tunez. Se pusieron al frente del capitán general don Antonio de la Cueva. En Antequera desertaron algunos, y otros llegaron hasta Huelva y Málaga, muriendo Francisco de Maldonado, hijo del alcaide de Zagra.   

 

En este periodo tammbién fueron frecuentes los pleitos con Granada con motivo de la entrada del vino, pues, en más de una ocasión, se obligó al fiel de la alhóndiga que no se dejase entrar vino de Alcalá. Aunque era  una asunto que provenía de principio de siglo, se intensificaron las provisiones reales, los impedimentos del ayuntamiento granadino y las contínuas disputas entre los comerciantes granadinos y los productores alcalaínos. 


En el año 1517, en concreto,  se prohibió en diversas ocasiones la entrada del vino de Alcalá a la ciudad de Granada. Por eso. un momento importante fue la llegada de los regidores Francisco de Aranda y Pedro de Escavias a Granada con una carta real, fechada en Madrid el ocho de agosto de 1517, permitiendo la venta y, según manifiestan algunos documentos, parece ser que en el cuatro de abril del 1518 se solucionó el conflicto.

 

El límite de muchos términos del corregimiento no estaban por completo delimitados  y se tuvieron que hacer varias visitas a la ciudad de Loja por los regidores del Ayuntamiento de Granada para fijar los mojones, incluso se acudió a la corte para dilucidar el asunto el veintiseis de mayo de 1517.

Otro asunto similar fue el conflicto entre los vecinos de Alcalá y los de Granada por los límites entre ambos términos, ya que por aquel tiempo Alcalá la Real limitaba con la ciudad de Granada desde el camino de los playeros hasta Moclín. El asunto provenía desde el año 1516 , porque los vecinos de Alcalá habían derribado algunos mojones en el mes de mayo; se prolongó en el año 1517, cuando trataron de superar las diferencias aunque en el año 1518, de nuevo, resurgieron los problemas.

Y no sólo esto, sino que se legislaron los conflictos internos entre los ganaderos y agricultores, impidiendo la entrada a las viñas, que comenzaban a abundar en la comarca, mediante una ordenanza en la que se prohibía coger hierbas o meter ganado dentro de ellas.

La ciudad también se protegió de una peste que procedía de Granada[1] y de los posibles desajustes en la ampliación urbanística de la ciudad, por medio de una ordenanza que obligaba a los vecinos a inspeccionar la cimentación de las casas  por la Justicia y diputados del cabildo nombrados al efecto ( 22-5- 1517).

La labor sanitaria impidíó que se colara el trigo en los molinos para evitar fraudes con los productores ( 27-1517) y también se legisló que los espadadores lo hicieran en las calles de la ciudad (20-3-1517) ni se segara hierba en las viñas ni metieran bestias en ellas (15-5-1517).

 

 

 

 

 

 

 

 

IV. LICENCIADO  RODRIGO DE ALFARO

 

La reina Juana y el emperador Carlos le prorrogaron el corregimiento el 22 de diciembre de 1518, firmando la carta de cédula real el rey en Maguncia, la cual se conserva en el Archivo municipal de Alcalá la Real y en la que le advierte especificamente de la obligación de cumplir la nueva bula sobre el habito de los clérigos y el de los de tonsura según nuevo acuerdo de la Santa Sede, así como la oblicación de publigar las bulas los tres primeros domingos de cuaresma, lo que se mantuvo en los dos siglos siguientes. En Alcalá su teniente corregidor fue el bachiller Juan de Santa Cruz. En Loja, tuvo problemas con el alcalde mayor García Hurtado que no se incorporó al puesto y debió hacer caso a las protestas del pueblo nombrando como teniente al jurado Diego de la Puerta. Se quejaban los vecinos de que no conocían a la gente de la ciudad ni su estilos e importunaban a la gente, haciéndole sinrazaones.

Fue un año de peste que se acercó hasta la comarca lojeña sin sufrir ninguna muerte gracias a las prevenciones de guardas y cerco de la ciudad. En este año se celebraron con alegrías el nombramiento de emperador a Carlos V.

En el dieciocho de diciembre de  1518 se anuló a Loja el privilegio de franquicias de alcabalas y en el 1520, se le quiso imponer el cabezón sobre todos los productos de cada gremio. Hubo un concejo abierto de todos los productores y gremios de toda la población que rechazaron dicha imposición. No obstante se llegó a un acuerdo con el recaudor Gómez de Molina, dejándo exentos el pan y muchos cereales y productos de artesanos sempre que se traficaran en la plaza de la ciudad, compensando la cantidad con una acordada globalmente. Lo mismo aconteció en la comarca alacalaína. Cesó en el cargo el veintiocho de febrero de 1520.

 

 

V. ANDRES DE TORRES( 1520-1522)

 

Fue doctor y jurado en Granada, prestigioso abogado de la Chancillería de Granada y regidor de Baza en 1511, manteniendo buenas relaciones con el Conde de Tendilla.El diecinueve de marzo de 1520 fue nombrado corregidor.


Fueron sus alcaldes mayores y tenientes  de corregidor de Alcalá el bachiller Villanueva y  Juan Alonso de Toledo; como alguacil Rui Vélez; y en la ciudad de Loja fueron alcalde mayor Cristobal Muñoz y alguacil Hernando de Pineda.

El primer problema heredado del corregidor anterior fue el pago de las alcabalas, imposición de la que hasta ahora Alcalá se eximía por los privilegios otorgados y confirmados por los reyes anteriores. Sirvió de valedor ante Carlos I el márquez de Mondéjar, que escribió una carta a la Corte el día dos de marzo de 1520, alegando los grandes sacrificios que los naturales de Alcalá habían llevado a cabo en el periodo de la conquista del reino de Granada y solicitando que no se le aplicase el pago de las alcabalas.

No debió surtir efecto dicha misiva, a pesar de que existían buenas relaciones del marqués con Alcalá, con la se define como deudor y natural. Pues, se arrendaron los servicios de las alcabalas y se estuvieron pagando durante varios años gravando muchos bienes de consumo. Sin embargo, se conservan de su tiempo algunas muestras de sus dotes y experiencia en el mundo de la corte, elaborando las instrucciones para negociar con los miembros de la Consejo Real. En una de ellas recomendaba que se aludiera al carácter belicoso de los alcalaínos que podían levantarse azuzados por las circusntancias adversas del pago de las alcabalas, ya que herían los sentimientos de libertad adquirida con el gran y prolongado sacrificio en las guerras contra el reino nazarita. 

Pero su servicio más importante fue el de la postura en tiempos del levantamiento de los comuneros. Como muchos otros pueblos de Andalucía, los alcalaínos no se levantaron contre Carlos I sino que todas las ciudades del corregimiento se mantuvieron leales al nuevo rey a pesar de los desmanes de los flamencos, y en Alcalá se juraron los fueros el año 1526 por parte del emperador. Pero, en su corregimiento, lo más destacable fue la presencia alcalaína en las Ramblas. En enero de 1521, la ciudad dio poder a Pedro de Pineda y Alonso de Cabrera para que acudieran a confederarse con las ciudades de Antequera, Cádiz, Ronda, Andújar, Carmona, Torredonjimeno, Arjona y Porcuna y tratar algunos asuntos acerca del servicio al rey y de la paz de los reinos. Pero estos no llegaron a firmar todos los acuerdos, regresando a la ciudad para hacer una serie de consultas al resto de los miembros del cabildo. El nueve de febrero, en la misma villa, de nuevo se reunieron las mismas ciudades, y algunas otras más como Écija, Sevilla, Córdoba, Gibraltar, Jérez de la Frontera y otras de la Orden de Calatrava, con el fin de que Córdoba y Sevilla pudieran recibir a otras a confederarse. El diez de febrero se dio entrada a la de Jaén y el día doce de febrero se concedió de nuevo un poder a los regidores alcalaínos, anteriormente mencionados, para que acudieran a Córdoba para confedrerse en los términos que lo habían acordado en las Ramblas, siempre que se respetaran los privilegios y franquezas  de Alcalá y ofreciendo para el ejército sesenta peones, cifra destacada teniendo en cuenta el número de habitantes.

En Alcalá se le acuciaron los problemas originados por la invasión de los terrenos comunales. El síndico y el procurador del común Pedro Ramos y Alonso de Jaén recibieron en 1522 un poder de la ciudad para representarla en todos los pleitos y causas judiciales ante la Casa Real, el Consejo  de su Majestad y de su hijo Carlos, el Consejo Real y la Chancillería [2] e iniciaron una serie de acciones legales contra los usurpadores de terrenos en los montes..

El 1521 fue un año de carestía del trigo que llegó a valer a 110 maravedís la fanega tras pagar el diezmo, el pie de altar y el voto de Santiago en Loja. Se abandonaron muchos campos y ante el préstamo para poder subsitir algunos vecinos fueron encarcelados por las deudas. Incluso, alcanzó la cantidad de 500 maravedis la fanega a finales del año. Tambien se arrancaron las viñas en la cuesta Bujedo, Hacho, Fontil Alcampe y Huetor de Loja en favor del lino y cáñamo para las naves.

El 15 de noviembre de 1521 se recibió una provisión real del emperador, datada en Burgos, por la que se daba licencia a la ciudad de que pudier construir un puente en el río Carrizal[3].

Reguló en Alcalá las actividades de los mesoneros, venteros y taberneros, por las que a todos estos se prohibía traer de otro lugar las mujeres del mundoy cobrarles una parte de la paga (-enero-1521). También reguló el riego de panizos y otros productos impidiendo que se llevaran armas( 14-6-1521). Protegió los montes mediante una ordenanza, por la que se impedía quemarlos (20-9-1521), y estableció los privilegios del señor del panizo con cuatro días de rastrojo y la dehesa de los caballos(4-3-1522).

 

 

Cumplió el corregimiento el 3 de marzo de 1522, que fue un año de sequía y carencia de alimentos.

 

 



[1] Indice de los documentos  del archivo Municipal de Granada. Números 785, 875,867, 856,902.

[2] AMAR. Poder de la ciudad el día 25 de febrero de 1522.

[3] AMAR.Legajo 6. Pieza 33.

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