DONACIONES, ARTE Y PATRIMONIO
Por este
testamento conocemos sus contribuciones a las distintas iglesias en objetos de
arte menor o no suntuario, donativos para fábricas de Iglesias y
LOS SEPULCROS DE SUS PADRES
Tenemos la noticia que los realizo Pedro de Salamanca
mediante esta manda ,
“Yten digo
que por quanto yo tengo traslado e concertado
con Pedro de Salamanca, entallador vecino de Ávila que haga de alabastro
los bultos de Juan de Ávila e do doña
Juana de Velázquez de la Torre
mis señores padres en la my capilla del dicho monasterio de Dsanto Tomás donde estan sepultados e sobre la obra de los
dichos bultos yo tengo fecho cierto contrato e obligación en el dicho Pedro de Salamanca se obliga y
está obligado de hazer e dar acabados e
puestos en perfeccionar los dichos
bultos dentro de aó y medio por prescio de trescientos e cincuenta ducados que yo uedé de le dar para loqual le dí e rescibió e tienen rescibidos sesenta
ducados para traer el alabastro y se le
han de dar cada semana quatro ducados para los oficiales que traxere en la
dicha obra e para en quenta de los
dichos trescientos e cincuenta ducados de la forma e manera que más largamente
se contyiene en el dicho contrato e obligación que de ello se hizo ante Gracián de Careñosa , escribano de los
de número de Ävila a que me refiero
mando quiero y es my voluntad que si mi fallescimiento fuere antes que la dicha
obra se acabe que los dichos bultos se acaben e hagan y se cumpla conforme e
segúnd se contiene en el dicho contrato”
A LA ABADÍA DE
ALCALÁ LA REAL
Ytem
mando a la Iglesia Mayor
de la dicha ciudad de Alcalá la
Real, donde yo soy abad, un terno con su frontal e frontaleras
y con una capa, lo que todo sea de brocado raso con sus cenefas de brocado de dos altos, Y mando que
todo ello sea tal que acabado e puesto en perfección cueste trescientos ducados
de oro de a trescientos y setenta e cinco maravedíes cada uno cincuenta ducadoi
más o menos e quiero que en todo ello se pongan mis armas e e esta manda se entiende que se cumpla salvo si yo en mi
vida no oviere dado el dicho terno a la dicha Iglesia porque en tal caso quiero
no se le dé oro alguno”.
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