ndez y los hermanos Pedro y Juan de Fraguagua. Un nuevo de documento de 1586 contribuye a aclarar los primeros pasos de la construcción de la nave central.
Es muy importante para la historia de la cofradía conocer sus miembros de aquel tiempo. Aparecía como priostre Alonons López de Antequera, como alcalde Antón Gutiérrez, y oficiales Juan de Arjona Hinojosa, Pedro Martínez de Espejo, el Viejo, Juan Núñez , labrador, Juan Muñoz de Quartas, y Martín Cano Cobaleda, Juan de Extremera, y Francisco Hernández Rivilla.
Se hizo un contrato con los hermanos Pedro y Juan de Fraguagua, conlo que se confirman que ya estaban trabajando en la nave, desde 1589, antes que 1591.
Así se describe su intervención:" se obligan a labrar y trabaxar en la obra que se a de facer en la ermita de de la iglesia de la Señora Santa Ana, desde el día que fueren obligados por el priostre de la dicha cofradía , desde que son o fueren, y se le an de pagar a cada uno en su trabaxo en cada un día quatro reales y medio ; esto estando los materiales juntos para facer la dicha obra . quales son dos arcos y su bóbeda, como biene desde la capilla mayor hasta la puerta principal de la dicha iglesia, y començándose a hacer la dicha obra, no an de alçar la mano de ella hasta que se acabe estando los dichos materiales, e se obligan a sacar la piedra que fuere menester para la dicha obra , así sillares como bolsores y dobelas,
MUY INTERESANTE ES LA UBICACIÓN Y LA NATURALEZA DE LA PIEDRA DE LA MISMA ALDEA DE SANTA ANA, y se an de sacar en esta cantera de Señora Santa Ana junto a la dicha Iglesia, y se le a de pagar por cada una bara de sillar a a doze mil maravedíes, y por cada cada bolsor y dobela a treynta maravedíes, y todas las piedras y materiales se le an de dar puestos en la dicha obra , todo lo qual an de començar a sacar y labrar la dicha piedra desde luego como es dicho , an de asistir a la dicha obra hasta que se acabe todo punto.
Y se le pagaba según se acabara o sacara por el priostre y alcaldes a pie de de obra. ESTE FUE EL COMPROMISO.
legajo 4812. Folio 387 v/388 . AHPJ
No hay comentarios:
Publicar un comentario