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miércoles, 24 de abril de 2019

EN LA REVISTA DE LA VIRGEN DE LA CABEZA, MI ARTÍCULO ENTRE LA ANTIGUA Y CABEZA.







NUEVAS NOTAS PARA LA COFRADÍA. EL HERMANO MAYOR JUAN DE SÁNCHEZ.
LAS COFRADÍAS DE NUESTRA SEÑORA DE LA ANTIGUA Y  NUESTRA SEÑORA DE LA CABEZA


            FRANCISCO MARTÍN ROSALES
Académico de Bellas Artes. Nuestra
Señora de las Angustias.



A lo largo de la Historia cofrade de Alcalá la Real, es frecuente la relación entre cofradías y hermandades por diversos motivos: los hay artísticos, caritativos, protocolarios, sociales y económicos. A finales del siglo XVIII, un documento de Domingo Pacheco sobre las cuentas de  la cofradía de Nuestra Señora de la Antigua nos muestra en 1674 su vida y relaciones con la cofradía de la Virgen de la Cabeza.
Por parte del mayordomo  Manuel Muñoz Merino, se reclamaba a Cristóbal Pérez Rufián, el hermano anterior,  una partida de cirios, que no sabían su paradero. Esto dio lugar a conocer los siguientes aspectos.


AUTOS

El procurador Joan Martínez Álvarez actuaba en nombre de Muñoz Merino, como mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora de la Antigua, sita en la iglesia del Señor Santo Domingo de Silos de Alcalá la Real,  contra Cristóbal Pérez quien había sido  durante doce años hermano mayor (1662-1674). En su poder se encontraban ornamentos, libros, cera, joyas y demás alhajas de  la cofradía. En 15 de enero de 1674, se le obligó a que los entregara bienes y alhajas, el libro de su institución  y el movimiento de recibos y gastos. Se amenazó con la pena de excomunión por parte del  vicario general, el abogado y licenciado don Francisco Montero Obregón. Se le comunicó el decreto y le dieron tres días para la entrega de todo lo solicitado.  Así lo hizo Merino dentro de la iglesia de Santo Domingo de Silos, a la que pertenecía la cofradía, con su  presencia y  la del notario Pacheco, 
También declaró que existían otro censos en los siguiente escribano  y con estas cantidades:
-un censo de 50 ducados de principal  contra Francisco Díaz Delgado, vecino de Alcalá.
-otro de 24 reales y 14 maravedíes  de renta en cada un año contra la persona de Joan de Escobar.
Otro censo contra  Francisco Muñoz Merino  perpetuo de que se pagan 4 reales y 7 maravedíes de renta cada un año.
-otro censo contra Bartolomé Ruiz Merino de dos ducados de principal.
-otro censo  contra Pedro González  de Parera, de cuatro ducados y 24 maravedíes de principal.
-otro censo contra Francisco de Cáceres que no se acordaba del principal.
-un censo de 14 reales y 24 maravedíes  que pagaba la hacienda y herederos  de  don Diego de Haro, vecino de la villa de Priego y 400 de escritura de   de sus fundaciones  y demás papeles que le pertenecían.
 Los dineros lo harían ante el provisor y juró Merino que esto esa lo que tenía como inventario siendo testigos  Tomás de los Maitines subdiácono Tomás Jiménez y Mateo Castillo, vecino de esta ciudad.
Hasta abril, no se llevó  a cabo la petición a los escribanos por parte el notario Pacheco a instancias de Merino. 

INVENTARIO

Estos fueron los enseres de la cofradía:
-Una cruz de plata rosada en la peana, donde dice  es  DE NUESTRA SEÑORA DE LA ANTIGUA Y SE HIZO SIENDO HERMANO MAYOR GASPAR DE JÉREZ.
-Unas andas de madera dorada con cuatro horquillas, más cuatro barretas de hierro de dichas andas.
- Un dosel de terciopelo encarnado carmesí bordado con oro azul  y en medio  el Padre Eterno. Más en dicho dosel 16  campanillas de plata.
- Una corona de plata de Nuestra Señora  y otra del Niño y un cetro de plata y una campanilla y un cascabel de plata que tiene el Niño.
-Una banderola para el Niño Jesús de damasco encarnado y guarnecido con plata.
Un manto de  rasa azul con estrellas de hilo de plata con unas puntas de plata. 
-Un manto de raso blanco prensado y guarnición de terzuela de plata y oro forrada de vuelta con tafetán rosado sencillo.
-un manto de tafetán blanco.
-un velo azul de tafetán remendado.
-otro velo de tafetán rosado con terzuelas de oro falso.
-Un velo de tafetán blanco.
-Una cama de damasco encarnado con galón de oro forrada en tafetán sencillo dorado en tres piezas.
-Una cama de tafetán azul sencillo forrado en holandilla con galón de oro falso en tres piezas.
-Otra cama de esparragón encarnado de lan.(..) con guarnición de oro falso en su bastidor de madera.
-Un pendón de damasco blanco  guarnecido con flecos azules y blancos bordado en medio de la imagen de Nuestra Señora por un lado, y, por el otro, la del Señor San José.
-con cordones de seda azules y blancos y sus borlas de la misma seda.
-  Una hasta y su travesaño  con sus perilla dorada y dos pares de manteles para el altar.
-Una manga de cruz de cruz azul vieja.
-Dos bacinetas de azófar , la una con la insignia de Nuestra Señora estampada en hierro, y la otra llama. 
-Un censo contra Francisco de Andújar en 250 maravedíes  de revoco y tributo en cada un año, que se impuso en el 19 de enero de 1638  ante Francisco Ramírez, escribano público que de esta ciudad.

Otro censo de 22. 000 maravedíes,  de principal contra los bienes y heredero de don Juna Vázquez Mesía, presbítero.
-Otro censo de 20 ducados de principal contra Bartolomé de Yepes, vecino de esta ciudad.
- por su cesión una casa  en la calle de la Antigua-.
-Otro censo contra Joan de Toro y Antonia García su mujer de 5.000 maravedíes de principal.
Otro censo contra Bartolomé Sánchez Relimpio y Martín Sánchez Relimpio de 1797 maravedíes de enta cada un año. 

ACUSACIÓN

Se acusaba en 29 de enero  a Martínez Merino, por haber vendido hacia cinco años (1669) doce cirios de cera blanca al Juan Sánchez del Romeral, hermano mayor de la cofradía de la Virgen de la Cabeza. Sin permiso y a escondidas y con el engaño a Juan Cobaleda, mayordomo de dicho año aludiendo que estaban destinados para un entierro, dejando las arcas vacías de cera hasta 1674. Y lo hacía el vicario mencionado anteriormente. Este manifestaba que se había ofrecido a servir a la cofradía, porque estaba abandonada y sin decencia, así como la imagen y capilla de Nuestra Señora de la Antigua. Además, para que se celebrasen las festividades en honor a la imagen, recogió limosna de los devotos y puso una gran cantidad de maravedíes de sus propios fondo, al mismo tiempo que compró del cerero  Bartolomé de Arjona 12  cirios que importaron  36 ducados y , con ellos salió la imagen en su festividad. Llegó al poco tiempo Martínez Merino alegando que había muerto un nieto suyo y se llevó los doce cirios. Se los reclamó varias veces y no lo pudo conseguir, y lo aplazaba diciendo que a él le debía mucho más la cofradía. Y declaró, a sus 45 años, que le había oído decir que los había vendido a la cofradía de Nuestra Señora de la Cabeza. También declaró el cerero Tomás de Arjona en los mismos términos que Juan de Cobaleda Nicuesa, y añadió que Cobaleda recuperó la compra de cirios y resurgió la festividad. y además, aludió que Martínez Merino recibió muchas limosnas en dinero, en Alcalá y campo, y en trigo y cebada y en los réditos de los censos. Pero tenía muy descuidada la festividad y la capilla de la Antigua. 






HERMANO MAYOR DE LA COFRADÍA DE LA VIRGEN DE LA CABEZA

Juan de Sánchez, hermano  mayor de la Cofradía de Nuestra Señora de la Cabeza, juraba por Dios y ante la Cruz , y manifestó que Martínez Merino le vendió doce cirios de cera blanca ya estrenados y que por oídas sabía que eran de la cofradía de la Antigua, pero no se acordaba lo que pagó por ellos. 

HACIA EL FINAL

Se le reclamaron justicia por Merino y por el vicario los doce cirios so pena de excomunión a siete de marzo del mismo año. Se apremió a Rufián por los doce c cirios y en el mes de abril por  incumplimiento de no haber entregado los censos, so pena de excomunión. No se cumplían y notificaba el resultado a los beneficiados y curas de Santo Domingo. Y el provisor ordenó que estos excomulgaran por el siete de abril a Pérez Rufián. y lo hizo el cura Alonso de Santisteban. Notificados los autos a Rufián, se defendió por medio del procurador Julián Delgado  aludiendo que no eran cirios sino cabos de cera, y que los dio para renovarlos a Tomás de Arjona. Se apoyó en deficiencias procesales para su defensa, lo que dio lugar que fuera absuelto por el provisor  y levantara la excomunión por el doce de octubre del mismo  y, fechas después, se le comunicara al demandante

 


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