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sábado, 5 de diciembre de 2015

DICIEMBRE, UN MES FESTIVO EN ALCALÁ

DICIEMBRE, UN MES FESTIVO

Es interesante partir de la reglamentación de fiestas establecidas en las ordenanzas recopiladas del año 1751 y en las que el Cabildo tenía obligación de asistir a la función de Iglesia de la mañana y la procesión de la tarde. Allí, aparecen las siguientes fiestas de la Tabla, que fueron despachadas y decretadas por el Real y Supremo Consejo de Castilla:
Diciembre: El día ocho por la tarde en las casas de Cabildo se recibía la Purísima Concepción, y se asiste en procesión  hasta llevarla a su casa, donde para su culto se deja la cera que lleva el Juez y Capitulares.

El día veinte se acude a la Parroquia de Santo Domingo de Silos, patrón de la ciudad, porque este día se tomó de moros el arraval de Santo Domingo y se sale en procesión, donde el alférez mayor porta el pendón real y, en su ausencia, el regidor más antiguo.
El calendario festivo se completaba con las establecidas por la Iglesia Abacial, que obligaba a todos los domingos del mes.

Diciembre:

El ocho la fiesta de la Inmaculada Concepción, el catorce san Nicasio en Priego por patrón, el veinte Santo Domingo de Silos en Alcalá la Real por patrón, el veintiuno el apóstol santo Tomé, el veinticinco la Natividad de nuestro Señor y el veintiséis san Esteban , mártir. El veintisiete san Juan apóstol y evangelista y el veintiocho los Santos inocentes.

En estos días se obligaba a la asistencia de misa y a la observancia del precepto de no trabajar, se cerraban todo tipo de comercio y trabajo artesanal y  las tabernas y mesones no se podían abrir hasta la salida de la misa de la Iglesia Mayor. Tan sólo se permitía que en algunos lugares se pudiera traficar el comercio, relacionado con los molinos por estar apartados de los núcleos de población.[1] En el año 1754, se recibió una prohibición real en la que se impedía trabajar los días de fiesta.




[1] AMAR. Libro de Ordenanzas de 1760 y Capitulaciones Sinodales del abad Pedro de Moya.






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