DICIEMBRE, UN MES
FESTIVO
Es interesante partir de la reglamentación de fiestas establecidas en
las ordenanzas recopiladas del año 1751 y en las que el Cabildo tenía
obligación de asistir a la función de Iglesia de la mañana y la procesión de la
tarde. Allí, aparecen las siguientes fiestas de la Tabla , que fueron
despachadas y decretadas por el Real y Supremo Consejo de Castilla:
Diciembre: El día ocho por la tarde en las casas de Cabildo se recibía
la Purísima
Concepción , y se asiste en procesión hasta llevarla a su casa, donde para su culto
se deja la cera que lleva el Juez y Capitulares.
El día veinte se acude a la Parroquia de Santo Domingo de Silos, patrón de la
ciudad, porque este día se tomó de moros el arraval de Santo Domingo y
se sale en procesión, donde el alférez mayor porta el pendón real y, en su
ausencia, el regidor más antiguo.
El calendario festivo se completaba con las establecidas por la Iglesia Abacial ,
que obligaba a todos los domingos del mes.
Diciembre:
El ocho la fiesta de la Inmaculada Concepción ,
el catorce san Nicasio en Priego por patrón, el veinte Santo Domingo de Silos
en Alcalá la Real
por patrón, el veintiuno el apóstol santo Tomé, el veinticinco la Natividad de nuestro
Señor y el veintiséis san Esteban , mártir. El veintisiete san Juan apóstol y
evangelista y el veintiocho los Santos inocentes.
En estos días se obligaba a la asistencia de misa y a la observancia
del precepto de no trabajar, se cerraban todo tipo de comercio y trabajo
artesanal y las tabernas y mesones no se
podían abrir hasta la salida de la misa de la Iglesia Mayor. Tan
sólo se permitía que en algunos lugares se pudiera traficar el comercio,
relacionado con los molinos por estar apartados de los núcleos de población.[1]
En el año 1754, se recibió una prohibición real en la que se impedía trabajar
los días de fiesta.
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