Se disitinguen varias etapas en la vida constructiva de Ginés Martínez de Aranda : la etapa castillera (1580-1588), la segunda estpa o alcalaina (1588-1598), etapa gaditana ( 1598-1602) breve etapa castillera (1602-1603), etapa compostelana (1693-1606) tercera etapa alcaláina (106-1620). Un nuevo documento nos ilustra de su breve etapa, tras su vuelta a su tierra desde su paso por Cádiz acompañando a su obispo el abad antiguo alcaláino Maximiliano de Austria. Ante Alonso Ramírez de Molina, ( legajo 4746, folio 29) a primeros de enero de 1603 se obligaba a hacer Ginés Martínez de Aranda, como vecino del Castillo, " las gradas del altar mayor en la capilla mayor nueva de la iglesia de esta villa y epistoleras, conforme a la traza que se le dió firmada por su señoría don Alonso de MENDOZA, ABAD DE ESTA ABADÍA, de piedra de cantería labrada y limpia, y en perfección conforme a la dicha traza y modelo , y comenzará desde luego y dará acabado en primeros del mes de marzo primero y a contento de Su Señoría , y no lo cumpliéndolo que a su costa mando hacer conforme a a la dicha traza y modelo, y por lo que en ello se gastare y se le execute y cobre con el juramento del mayordomo que es o fue de la dicha Iglesia, por lo qual se le a de dar cincuenta ducados y con ellos lo a de hacer todo a su costa del todo punto, poniendo los materiales y manofractura sin que se le de otras cosas algunas , las quales se le an de dar como fuera haciéndo la obra de manera y acabada de hacer este esté pagada, entregó se la dicha traza firmada de su Señoría y de mi pesente escribano". Se presentron como testigos los vecinos castilleros don Francisco de Mazuela y Francisco Reyes. Y firmaron el escribano y testigos Ginéz Martínez de Aranda.
CONCLUSIONES
-La iglesia del Castillo se habría realizado en parte, la capilla mayor "nueva" en 1603.
-Ginés continuó la obra anterior y se destaca que debió participar en las trazas, porque las anteriores no pudieron ser frimadas por el abad Alonso de Mendoza. Y eran de Alonso Barba. Aquí se encuerta en una parte de la capilla, gradas , altar y episto
leras. Por este tiempo, en 30 de enero 1603 se ampliaron las dependencias del templo con la compra de parte del corral de Francisco de Mazuela, que afectó a la parte de la sacristía vieja, en una extensión de ocho varas y media " para que la dicha sacristía quede en marcada perfección y ancha como se acordara hacer y proceder en ella así en largo como en ancho<" . El Señor Abad Alonso de Mendoza llevó a cabo un edicto de licencia, del que destacamos lo siguiente :
-"Por quanto la Iglesia del Señor San Pedro de esta villa tiene poco corral e un pedaço descubierto que todo añlinda con casas de deon Francisco de Mazuelos Monte"
"En las quales casas la dicha iglesia tiene necesidad de cierta parte para poder ensanchar la sacristía que sea tratado que el dicho don Francisco lo dé y el susodicho lo dan en truqque e tratan cantidad hasta la parte de la calle, e para que esto se ponga en execución presente damos la licencia a Juan de Mérida , presbítero mayordomo de la dicha iglesia".
-" que en nombre de ella pueda ofertar lo susodicho , tomando del corral del dicho don Francisco lo que fuera menester para la dicha sacristía, y alindandolo amoxonándolo y dándole otra cantidad tanta en el corral de la dicha Iglesia a la parte de la calle e otorgar escritura en bastante forma obligando para la firmas a los bienes y rentas de la dicha iglesia en las quales interponemos autoridad dada en la villa del Castillo a 31 de enero de 1603".
En el contraro se hizo el tureque de una parte del corral y cementerio que la iglesia tenía por la parte del corral de don Francisco de Mazuela. Afectaba a ocho varas y media de largo por tres varas Ymedia;y cinco, poco más o menos,de ancho así hasta llegar a el poço para que esto lo pueda dividir y partir, y alinda por la calle delantera con la calle de la Plaza y puedan cada uno su parte labrar y edificar lo qual le paresciere a su costa e yncorporar a ello lo que el dicho don Francisco da con la iglesia, y lo que a el se le da con sus casas y se dan y benden la una cantidad e otra por libre de censo , memoria ni otra hypoteca alguna . Se concebía como una donación de una parte a la otra y el contrato se hizo de mutuo acuerdo sin pleito alguno.
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