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jueves, 24 de octubre de 2024

LA VISITA DE TÉRMINOS

 

 

 







 

            La visita de términos era una de las funciones normales que, durante su corregimiento, se llevaban a cabo por parte del corregidor. Venía definida en el documento de nombramiento con estas palabras:

Asimismo tomad residencia al dicho nuestro corregidor y sus oficiales de las comisiones en que por nuestro mandato obieran entendido, y otrosí, vos informad si an visitado los términos y ha hecho guardado, cumplir y executar las sentencias que son dadas a favor de la dicha ciudad sobre la restitución de términos, y, sino estubieran executados, executadlas vos al tenor de la ley de Toledo, que abía sobre la restitución de los términos e ynsrtucción sobre ello hecha en el nuestro Consejo ( [1]).    

            El mecanismo de este acto administrativo se reduce a la formación de una comisión integrada por el corregidor, dos regidores y un jurado, los diputados de términos y veredas, tres o cuatro guardas de campo y dos arcabuceros junto con un escribano que levantaba acta de todo lo inspeccionado; a veces, eran acompañados del síndico y de algún que otro medidor de tierras. Refiriéndonos al municipio alcaláino, recorrían el perímetro del término municipal a caballo o a pie, según las circunstancias y, pernoctaban en las ventas y cortijos cercanos a los mojones, así como en la villa del Castillo y la cortijada de Frailes.

En concreto, el itinerario más frecuente consistía en dirección norte-sur y  se  iniciaba en la Rábita, donde se alojaban, para después  parar en el cortijo de Santa María por el camino de los Playeros, una tercera parada en  el cortijo de Frailes de Cartuja, de  noche en la cortijada de Frailes, al día siguiente en Castillo de Locubín para terminar en el arroyo de Chiclana. Tan sólo, hemos podido constatar, una visita  que se inicie desde el límite con la ciudad de Granada. La situación  y el asentamiento de las balizas  eran comprobados por toda la comisión, salvo en sitios  inhóspitos, que se fiaban del testimonio de los guardas, que  lo observaban personalmente. Los testigos solían coincidir con elementos de la naturaleza ( una la cumbre de una montaña, el cauce de un río, un barranco o un paso natural) o históricos ( torre, venta abandonada,..), Sin embargo en donde no podían  colocarse  se señalaban con cruces de madera, montones de piedras, encinas, fresnos, coscojales, espinos.. Al conjunto de las ciento cinco marcas de delimitación, le aplicaban los nombres de mojones, mojoneras y guías.

Hemos podido constatar  la  realización de varios tipos de visitas de términos durante este reinado: las establecidas  por la ley y las parciales por motivos de conflictividad. Se conservan en el archivo municipal de Alcalá las referentes a los años comprendidos entre 1568 hasta 1611. El documento  y  registro primero sirven  de base para el resto de las visitas que tan sólo corrigen o aumentan los datos  de las mojoneras señaladas en el primer control o visita ([2]). La primera visita del año  1568 manifiesta que han superado litigios por anteriores repartimientos de tierras que podían afectar a las mojoneras con las ciudades limítrofes, y la concordia con las ciudades de Granada y Priego, de las que tenemos constatado que hubo que someterse a varios actos de concordia hasta su última  delimitación ([3]).

Salvo algunos casos aislados,  no se llevaron a cabo visitas  frecuentes  por algún conflicto vecinal con otros pueblos de la comarca. Podemos constatar que los frentes  de conflictividad no daban lugar a la visita general sino más bien a una visita parcial del territorio para esclarecer los hechos. Estas visitas parciales se centra en la zona de sierra de san Pedro con los vecinos de Alcaudete([4]), o, menos frecuente, con Valdepeñas, Martos y Jaén por la zona norte del Castillo, y, por la zona sur, con la ciudad de Granada. Todas ellas no son sino incursiones de ganaderos forasteros o taladores de leña, que invaden  el territorio de la comarca alcalaína, sin embargo, por algunas zonas del Castillo, se observa que el asunto  recaía en los vecinos alcalainos usurpando tierras del término de Valdepeñas. Generalmente, la solución al conflicto ofrecía diversas posibilidades, castigo de los culpables por las autoridades afectadas, restitución de tierras, concordia entre los pueblos para delimitar los mojones corridos  en una serie de ceremonias entre comisarios, y pleitos en la Chancillería Real.

La visita, en este tiempo solía hacerse por los meses e junio, julio y agosto para no entorpecer a los labradores en la labor de la siega las faenas agrícolas ([5]).El auto final de la visita obligaba a la restitución de tierras usurpadas por parte de los particulares o los municipios afectados.

            CUADRO DE VISITA DE TÉRMINOS

 

CORREGIDOR

AÑO

MODIFICACIONES

OTRAS

Licenciado Molina

1556

 

 

Ponce de León

1557

 

Separación del municipio de Gestor en Loja

Castillo de Vargas

1559

 

 

Gerónimo Fuentes

1560

 

Mojonera de Martos

Luis de Eraso

1563

 

 

Doctor Alanis

1564

 

 

Ginés de Carranza

1566

 

Mojonera de Alcaudete

Gómez Messia de Figueroa

1568

Es la primera que se establece como modelo.

Se fijaron 105 mojones

Gómez Mesía

1571

 

 

Ldo. Bermuy

1576

Se constata

 

 

 

72-74-75-76-76-77-79

 

 

Licenciado Nino

1581, 83 y 1584

Está recogida en libro de visitas

 

Juan Vargas y Cárdenas

1586

No se constata

 

Jorge de Amaral

1588-9

No hay

 

Juan de Guedeja

1591-3

 

 

Juan de Sarmiento Sotomayor

1595-96-97

Se constata por octubre una petición del cabildo

 

Vargas y Cárdenas

1600

 

 

Juan de Bedoya

1605

 

 

Alonso de Sandoval

1606

 

 

Fernando de Agreda

1610

 

Pleito con Alcaudete

 

1611

 

Ultima del cuaderno

 

Así se iniciaba el autor. El corregidor, guardas y arcabuceros  reunidos en la zona del conflicto, acudían a la llegada de algún juez de términos por nombramiento real, y, en último caso, levantar auto judicial para decidiera la Chancillería..

A finales del siglo XVI, hubo que fijar una detallada mojonera en la marca comprendida entre Martos y Alcalá y Alcaudete y Alcalá. Como decíamos “Todo esto contribuía a defender los privilegios locales en momentos en los que ganadería jugaba un gran papel”([6]).

Lo que más apetecía un corregidor era que los testigos del juicio de residencia lo defendieran en esta función y competencia con estas palabras.

“El dicho doctor alanis corregidor a tenido muncho cuido de vesitar e a visitado los términos e mojoneras con  los caballeros para ello diputados y no an consentido que sean ururpados ni falseados por los lugares comarcanos, y sabe que asimismo a tenido cuidado de proceder contra las persona que han entrado en tierras realegas y a ejecutado las sentencias conforme a la ley de Toledo y no a vos ha visto que en ello aya tenido remisión ni descuido..” ([7]).

 

 

 

 



[1]  MARTÍN ROSALES, Francisco. “ La delimitación de términos de Alcalá la Real en los siglos XIX y XX( los corregidores y la visita de términos”. Boletín del instituto de Estudios Giennenses. CLXI. 1996 Pag.  179.

[2] AMAR. Caja 18, piezas 13 y 14.

[3] MURCIA CANO, Maria Teresa y MURCIA ROSALES, Domingo en II Congreso de la Frontera. Diputación Provincial de Jaén 1998.

[4] AMAR. Caja 18. Pieza. 13 y 14.Cuadernos de visita de mojoneras del año 1568 hasta el 1611, se incluye la concordia del pasto común con la villa de Alcaudete en el año 1566, precedida de noticia de anteriores visitas en 1522 siendo corregidor Franncisco Sedeño,  en 1535, en 1562, y en el 21 de julio de 1566, siendo alcalde maor Sabiote “ la mojonera está en lo alto de Cerro Mingo”. .

[5] Cortes de Madrid,pet. 70 (ACC, II, pp. 465-66),  y de 1570-71.

[6] Ibidem. artic. Citado de Francisco Martín.

[7] AMAR .Legajo 6  Pieza 2 Respuesta  a la decimo cuarta pretunta del Juicio del doctor Alanis en 1564.

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