Los alguaciles menores.
Según
la población de cada una de las ciudades, suelen
existir uno o dos o ninguno. En Alcalá eran dos, una recibía el nombre de menor
y el otro de vagabundos, cuyas competencias se interferían hasta muy entrado el
siglo con los guardas de campo. Incluso, en algunos momentos, como en 1574, el
corregidor Torre Garnica llegó a nombrar un alguacil menor guarda del campo,
oponiéndose a la corporación, porque
duplicaba las funciones con los caballeros de la sierra y los guardas de campo.
Y logró que el corregidor corrigiera aquella postura de nombramiento de este cargo.
([1])
En Loja, según el Fuero de la
ciudad, sólo podía nombrarse un alguacil
menor, pero motivos de orden público en
1594, dio lugar a que se acrecentara en otro más. Pues no solucionaban el
asunto los dos alcaldes de la santa Hermandad y había mucha gente forastera,
vagabunda y de mal vivir, de cuya causa se cometen muchos delitos ([2]).
Los guardas celadores de montes
En el reinado de los Reyes
Católicos y el emperador Carlos V, sus antecesores fueron los caballeros de la
sierra, cuya función consistía en
mantener el orden dentro de los montes y pastos comunales, Sin embargo, casi
siempre, eran víctimas del sabotaje.
Su
función consistía en que celasen las heredades y término
de esta dicha ciudad, y que reconociesen todos los daños e integrasen en todas
las personas que lo hubiere
El conflicto se generó porque
solían estar coaligados con los caballeros, poseedores de ganado y tierras,
dando lugar a que les permitieran a sus
criados, siervos y gañanes todo tipo de tropelía, a lo más, castigaban con
penas muy reducidas, generalmente
sufragadas por los propios caballeros. Llegó el asunto hasta tal
situación que tuvieron que revisarse en tiempos de Felipe II varias veces las
ordenanzas sobre guardas de los montes, debido a la baja cuantía de las penas.
El segundo frente entre el poder
local y el corregidor se entabla, por el nombramiento de guardas sin licencia de la ciudad por parte
de los caballeros de la ciudad, ajenos al cabildo, dando lugar a un choque
entre ambos grupos. Estos eran propensos
a todo tipo de cohechos, corruptelas e incumplimientos de sus oficios hasta tal
punto que a los ricos no los denunciaban y si lo hacían cobraban menos por las
donaciones que le daban y a los pobres les hacían denuncias injustas y al menos
cobraban la mitad ([3]).El asunto quedó zanjado por los años
noventa, que no se permitió el uso del
cargo de guardas de campo más que a doce vecinos nombrados por la ciudad, con
el distintivo – vara y escudo- y con la
función ejecutiva de representar la justicia a la hora de denunciar a los
usurpadores de tierras e invasión de las dehesas. .
En el siglo XVII, por otra
parte, solían ser nombrados ocho guardas
para un año por la ciudad en el
cabildo de suertes para defender los montes, las dehesas, y los postes en los
distintos tramos de ellos: Frailes, Mures, el Camello, Encina Hermosa y san
Pedro. el Marqués de Ussel uso de esta prerrogativa. El acto del nombramiento
se reglamentó de la siguiente manera:
ante el corregidor se juraba el oficio, se le entregaba el escudo y varas, así
que se leían las órdenes que el corregidor
les mandaba para su ejercicio.
Solían ser elegidos para un mandato de dos años. Sin embargo su número
creció en tanta cantidad a principios de siglo XVII que se produjeron grandes
conflictos para poder pagar y para evitar dejaciones de autoridad en cargo que
daba lugar a no ejercer el cargo y
recibir sabotajes.
A finales del siglo XVI, en el
año 1594, renació un nuevo conflicto
entre los vecinos del Castillo y un grupo de cuadrilleros salteadores que
aparecían por la zona, y eran difíciles de controlar por los guardas de campo.
Esto ocasionó una gran revuelta porque robaban el ganado y había encontrados
algunos culpados. Lo que dio lugar a que los vecinos de esta villa solicitaran
a la ciudad la puesta en marcha de que el rey les permitiera la creación de las
varas de la Santa Hermandad para perseguir a estos. Alcalá, reacia a cualquier
innovación, y menos aún, si partía de dicha villa, por sus intentos de buscar
la independencia, trató de impedir que se llevara a cabo con todo tipo de
medios. El cabildo se dividió entre los partidarios de la medida, principalmente
los regidores afincados en la villa, frente al resto. Para los segundos, nunca
había existido dicha institución en la ciudad, sino en su lugar unos doce
guardas. Por otra parte, el término era bastante corto, y raso, no había muchos
cortijos ni vecindad en el campo. Y, en lo cultivado, se nombraban doce
guardas que se dedicaban a ejercer la
justicia de varas, visitaban ventas y cortijos y, por ser un terreno no muy
pasajero, nunca los delincuentes habían venido a acogerse. Su postura consistía
en que debía acudir la justicia a erradicar el foco de esos cuatro o seis
cuadrilleros que habían roto la tranquilidad de la zona. Por su parte, para los
otros regidores, la cantidad de muertes, robos de garbanzo, trigo y haba, hurtos,
talas de montes, cortijos rotos de mieses, era excesiva para los que ejercían
la justicia y debía instituirse las varas de Justicia. El pleito se trasladó
a la Chancillería y no llegó a tener efecto ([4]).
Otra función de los guardas eran
ser testigos y acompañar al corregidor, al alcalde mayor y a los alguaciles en laS
ejecuciones de embargos de animales para hacer frente los penados o los
fiadores en las condenas, dando muestras de su
conocimiento de la zona [5]
A finales del siglo XVIII, se le
concedió la vara de síndico guarda mayor del Campo, para que se sorteara entre los regidores y la
personara quien se nombrara, se dedicaba al cuidado de montes y campos ([6]).
[1].
AMAR. Acta del cabildo del 17 de octubre de 1578.
[2]
.AHML. Acta del doce de julio de 1594.
[3]
AMAR. Legajo 14. Pieza 7
[4]
AMAR-. Acta del cabildo del 25 de mayo de 1594.
[5]
AMAR. Autos de Pedro de Hoces. 1625.
[6] AMAR. Libro de
Privilegios. Traslado de la provisión real del san Lorenzo del Escorial, a
cuatro de noviembre de 1789.
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