domingo, 17 de noviembre de 2024

ALGUACILES MENORES Y GUARDAS DE CAMPO EN EL CORREGIMIENTO TRIPARTITO

 

 

Los alguaciles menores.

 








Según la población de cada una de las ciudades, suelen existir uno o dos o ninguno. En Alcalá eran dos, una recibía el nombre de menor y el otro de vagabundos, cuyas competencias se interferían hasta muy entrado el siglo con los guardas de campo. Incluso, en algunos momentos, como en 1574, el corregidor Torre Garnica llegó a nombrar un alguacil menor guarda del campo, oponiéndose  a la corporación, porque duplicaba las funciones con los caballeros de la sierra y los guardas de campo. Y logró que el corregidor corrigiera aquella postura de nombramiento de este cargo. ([1])

En Loja, según el Fuero de la ciudad, sólo podía nombrarse un  alguacil menor, pero motivos de orden público  en 1594, dio lugar a que se acrecentara en otro más. Pues no solucionaban el asunto los dos alcaldes de la santa Hermandad y había mucha gente forastera, vagabunda y de mal vivir, de cuya causa se cometen muchos delitos ([2]).

 

 

Los guardas celadores de montes

 

En el reinado de los Reyes Católicos y el emperador Carlos V, sus antecesores fueron los caballeros de la sierra, cuya función  consistía en mantener el orden dentro de los montes y pastos comunales, Sin embargo, casi siempre, eran víctimas del sabotaje.

Su función consistía en que celasen las heredades y término de esta dicha ciudad, y que reconociesen todos los daños e integrasen en todas las personas que lo hubiere

El conflicto se generó porque solían estar coaligados con los caballeros, poseedores de ganado y tierras, dando lugar a que les permitieran a  sus criados, siervos y gañanes todo tipo de tropelía, a lo más, castigaban con penas muy reducidas, generalmente  sufragadas por los propios caballeros. Llegó el asunto hasta tal situación que tuvieron que revisarse en tiempos de Felipe II varias veces las ordenanzas sobre guardas de los montes, debido a la baja cuantía de las penas.

El segundo frente entre el poder local y el corregidor se entabla, por el nombramiento de  guardas sin licencia de la ciudad por parte de los caballeros de la ciudad, ajenos al cabildo, dando lugar a un choque entre  ambos grupos. Estos eran propensos a todo tipo de cohechos, corruptelas e incumplimientos de sus oficios hasta tal punto que a los ricos no los denunciaban y si lo hacían cobraban menos por las donaciones que le daban y a los pobres les hacían denuncias injustas y al menos cobraban la mitad ([3]).El asunto quedó zanjado por los años noventa, que no se permitió  el uso del cargo de guardas de campo más que a doce vecinos nombrados por la ciudad, con el distintivo – vara y escudo- y  con la función ejecutiva de representar la justicia a la hora de denunciar a los usurpadores de tierras e invasión de las dehesas. .

En el siglo XVII, por otra parte, solían ser nombrados ocho guardas  para un año  por la ciudad en el cabildo de suertes para defender los montes, las dehesas, y los postes en los distintos tramos de ellos: Frailes, Mures, el Camello, Encina Hermosa y san Pedro. el Marqués de Ussel uso de esta prerrogativa. El acto del nombramiento se reglamentó de la siguiente  manera: ante el corregidor se juraba el oficio, se le entregaba el escudo y varas, así que se leían las órdenes que el corregidor  les mandaba para su ejercicio.  Solían ser elegidos para un mandato de dos años. Sin embargo su número creció en tanta cantidad a principios de siglo XVII que se produjeron grandes conflictos para poder pagar y para evitar dejaciones de autoridad en cargo que daba lugar a no ejercer el cargo  y recibir sabotajes.

A finales del siglo XVI, en el año  1594, renació un nuevo conflicto entre los vecinos del Castillo y un grupo de cuadrilleros salteadores que aparecían por la zona, y eran difíciles de controlar por los guardas de campo. Esto ocasionó una gran revuelta porque robaban el ganado y había encontrados algunos culpados. Lo que dio lugar a que los vecinos de esta villa solicitaran a la ciudad la puesta en marcha de que el rey les permitiera la creación de las varas de la Santa Hermandad para perseguir a estos. Alcalá, reacia a cualquier innovación, y menos aún, si partía de dicha villa, por sus intentos de buscar la independencia, trató de impedir que se llevara a cabo con todo tipo de medios. El cabildo se dividió entre los partidarios de la medida, principalmente los regidores afincados en la villa, frente al resto. Para los segundos, nunca había existido dicha institución en la ciudad, sino en su lugar unos doce guardas. Por otra parte, el término era bastante corto, y raso, no había muchos cortijos ni vecindad en el campo. Y, en lo cultivado, se nombraban doce guardas  que se dedicaban a ejercer la justicia de varas, visitaban ventas y cortijos y, por ser un terreno no muy pasajero, nunca los delincuentes habían venido a acogerse. Su postura consistía en que debía acudir la justicia a erradicar el foco de esos cuatro o seis cuadrilleros que habían roto la tranquilidad de la zona. Por su parte, para los otros regidores, la cantidad de muertes, robos de garbanzo, trigo y haba, hurtos, talas de montes, cortijos rotos de mieses, era excesiva para los que ejercían la justicia  y debía instituirse  las varas de Justicia. El pleito se trasladó a la Chancillería y no llegó a tener efecto ([4]).

Otra función de los guardas eran ser testigos y acompañar al corregidor, al alcalde mayor y a los alguaciles en laS ejecuciones de embargos de animales para hacer frente los penados o los fiadores en las condenas, dando muestras de su  conocimiento de la zona [5]

 

A finales del siglo XVIII, se le concedió la vara de síndico guarda mayor del Campo, para  que se sorteara entre los regidores y la personara quien se nombrara, se dedicaba al cuidado de montes y campos ([6]).

 



[1]. AMAR. Acta del cabildo del 17 de octubre de 1578.

[2] .AHML. Acta del doce de julio de 1594.

[3] AMAR. Legajo  14. Pieza 7

[4] AMAR-. Acta del cabildo del 25 de mayo de 1594.

[5] AMAR. Autos de Pedro de Hoces. 1625.

[6] AMAR. Libro de Privilegios. Traslado de la provisión real del san Lorenzo del Escorial, a cuatro de noviembre de 1789.

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