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martes, 9 de junio de 2015

EL PASO DE LOS CORREGIDORES POR LAS CIUDADES EN TIEMPOS DE FELIPE II

EL PASO DE LOS CORREGIDORES POR LAS CIUDADES EN TIEMPOS DE FELIPE II

         En el reinado de Felipe II, dentro del contexto absolutista que se va imprimiendo en la política española, la figura del corregidor se  robustece a través de una serie de atribuciones y del ejercicio autoritario del poder en detrimento de la libertad de las ciudades, a ello hay que añadir el gran número de jueces puntuales que acuden a las ciudades para recoger  y ejercer el control del cobro del gran número de servicios que las Cortes y el Rey ordenaron.



Pues coincidimos con González Alonso: “No se van a presenciar alteraciones básicas en la ordenación institucional del corregidor llevada a cabo por los Reyes Católicos, sino sucesivas y numerosas rectificaciones destinadas por los Reyes Católicos destinadas a adaptarla a la creciente complejidad administrativa, motivadas por la necesidad de servirse del corregidor para acentuar el absolutismo y centralismo austriacos” ([1])
         Las líneas de actuación provienen del reinado anterior. Primero, según acuerdo de las Cortes de Santiago de 1520, se cuidaba  en elegir corregidores, cuyo retrato respondiera a figuras maduras, repletas de vitalidad, prácticamente imprescindibles y personas competentes que convinieran  para el ejercicio de la Justicia. No fue el caso del corregimiento alcalaíno el de las ciudades comuneras, por lo que se refiere a que convertirse en objeto de la animadversión popular, al menos no hemos podido constatarlo en las escasas fuentes que nos quedan de las actas de cabildo. Aún más, la ciudad fue asumiendo  su carácter de delegados regios y tampoco, en modo alguno, aquí se decantaron por apoyar las ciudades comuneras. A la inversa, formaron frente con la federación de ciudades de la Rambla a favor del emperador. Por eso, el corregimiento alcalaíno responde más al espíritu de las Cortes del año 1525 en Toledo, que al espíritu comunero que trataba de volver al periodo medieval, cuando se exigía que los  corregidores fueran nombrados por el monarca a petición de los vecinos de la ciudad. Y eso está claro cuando repasamos las lista de los anteriores corregidores, que  son miembros ligados a las Instituciones y cuadros de la Corona, sobre todo a su secretario del Rey, y a oficiales, que se habían elegido con gran diligencia y cuidado, como personas aptas y capaces, para  mantuvieran el orden en las ciudades. Son parientes de Francisco de los Cobos, hidalgos de la ciudad Úbeda, abogados de su tiempo de la Chancillería de Granada, etc.  No podemos olvidar en esta elección de corregidores  las Cortes de Madrid 1528 y de Valladolid de  1542,  ambas se manifiestan claramente porque se envíen a las ciudades buenos corregidores e oficiales, pues “tanto cumple en la gobernación e administración de la justicia y descargo de la conciencia de S, M” El criterio se centraba en que fueran personas de ciencia, experiencia y autoridad Y  recogemos una cita de una carta de Carlos I en 1543 dirigida a su hijo  Felipe II:
         “Habéis de tener muy gran cuidado en mirar que se nombren  muy buenos corregidores. Y pues los habéis de nombrar con parecer del Cardenal, presidente y Cobos, les encargaréis que lo tengan de especial cuidado de aconsejaros  bien en ello” ([2] ).

         Ya en concreto, en el reinado de Felipe II, la concordancia entre el rey y las Cortes es evidente a la hora de la presencia sin vacación alguna y del modo de  nombramiento de los corregidores. En cuanto a lo primero, las cortes de Madrid y de Valladolid  de 1555, los procuradores se mostraban siempre a favor de que las ciudades estuvieran bajo la autoridad del corregidor. Y, en verdad que no hemos encontrado vacío de poder en este periodo, y, si se hacía, incluso con la protesta de los regidores por ocupar el carácter interino algún regidor  en las sesiones de cabildo. En sen cuanto a lo segundo, en las Cortes de Madrid de 1579, se señalaba en la petición 28ª:
         “La mayor quietud y buen gobierno destos reynos depende de ser los corregidores personas calificadas” ([3]).
 El propio rey le transmitió a Diego de Covarruvias, presidente del Consejo  en 1582:
         “Para que haya en estos Reynos buen Gobierno, administración de Justicia, ejecución y guarda de las leyes, lo que importa es la buena provisión de los Corregidores y otras justicias” ([4]).





LICENCIADO GARCÍA HERNÁNDEZ DE MOLINA (1555-1556)


                           
Fue corregidor de Alcalá entre el uno de diciembre de 1555 y  1556, como juez pesquisidor,  y llevó a cabo la residencia del anterior corregidor por el mes de junio. No  nos quedan sino unos pocos documentos sobre el  periodo de su corregimiento, ya que faltan las actas de cabildo de este año ([5]). En Alcalá, su alcalde mayor fue el licenciado  Venegas y el alguacil mayor, Bernabé de Paris y Lope de Ocampo.
En Loja, se encontraba el 3 de diciembre nombrando por alcalde mayor al Licenciado Pedro Valero y  después al licenciado Venegas; por  alguacil mayor Gregorio de Medina; teniente de justicia, Lope de Ocampo y Gregorio de Medina. 
Por el libro de cuentas de propios ([6]), correspondiente al periodo, comprendido entre los días de san Juan de los años 1555-1556,  sus actuaciones debieron ser bastante contundentes  con respecto a la  administración local. Tras condenar a los  anteriores cargos,  les obligó a devolver el dinero al anterior corregidor licenciado Sebastián de Ribera, a  los regidores y a los oficiales del cabildo, dinero empleado para los lutos de la  muerte de la reina,  y consistentes en la tela de ropa  para las vestimentas en los días de las exequias. ([7]). En este año se resolvieron muchas apelaciones del tiempo del licenciado Ribera y del Bachiller Sabiote por resolución de provisiones reales adversas al dictamen de anteriores corregidores.
Por el libro de condenaciones del corregidor Ponce de León,  obligó, por medio e una cédula real de la princesa Juana, a que se devolvieran las cantidades de la residencia al anterior corregidor que pertenecían a la Cámara Real, que el juez Molina había llevado a cabo, ([8]).
Un pleito que se llevó a la Corte fue la libertad de exenciones prorrogado en muchas ocasiones por los anteriores reyes,  y que fue el objetivo primordial del cabildo, para que lo aprobara el nuevo rey Felipe II. Otro, sobre los frailes de Consolación referente a la apertura de una calle, ¿ este pleito provenía de corregidores precedentes, se resolvió levantando la excomunión a los miembros del cabildo por tomar una calle al conseguir una provisión real de la Chancillería de Granada).
También resolvió otro conflicto  sobre el derecho de la alcabala que le pidieron a los arrieros que llevaban el trigo a vender en Loja.

         FIESTAS Y EXEQUIAS

En el trece de abril del año 1556, se recibieron las cédulas en las que se comunicaba la abdicación del emperador en su hijo Felipe II,  y por las que se permitían alzar los pendones al rey Felipe II. Sin embargo, éstas no tuvieron lugar  hasta el día de Santiago que se hicieron fiestas de toros, invenciones  y  alegría. En Loja, por el contrario se realizaron preparativos de proclamar al rey alzando su pendón morado de tafetán entredoble, con sus armas reales y fleturas de morado y oro,  la víspera se celebró el pregón con la compañía de arcabuceros,  y, unos días pues, se lidiaron toros. El acto de la proclamación tuvo lugar el 31 de mayo en Loja por motivos de conflicto entre los regidores con la proclamación del pendón en la alcazaba. Similar debió ser en Alcalá, donde  la ausencia de fuentes se suple con el ritual de posteriores proclamaciones.
El año de 1566 fue  de gran esterilidad, en el que hubo que esperar para años posteriores la renta de los cortijos de propios, y se dio trigo  a los panaderos para repartirlo entre el pueblo. Incluso se persiguió a los arrieros que sacaban trigo para otros lugares de fuera de la comarca. Pues, en palabras del mayordomo sobrevinieron muchos casos fortuitos de aguas, lluvias y nieves”. Sin embargo, esto no impidió que la ciudad  celebrara el día del Corpus Christi y su octavario, acudiendo el recitante Francisco Juárez “por los  oficios  que fizo e representó delante del Santísimo Sacramento el día del Corpus Christi los quales se le dicen e por lo que representó el día del Octavario e por la música e trompetas  viguela  de arco harpa e flauta  que truxo e gente que para ello convino u estuvo en esta ciudad desde el domingo de la Trinidad hasta la Octava del Corpus Xriti “. ([9]
                   GOBERNANZA

En cuanto a la gobernación del municipio alcalaíno, se llevaron a cabo la corrección de medidas de peso de la carne de acuerdo con las  establecidas en Granada y los hierros de tundidores, a los que la ciudad nombraba a un veedor. En la usurpación de tierras, se llevaron a cabo gestiones del sindico Francisco de Carvajal , por haberlas ocupado los frailes de la Cartuja de Granada en  la zona de las Juntas y otras que, también, ocuparon la viuda de Corchón  en Cofrida. El mantenimiento de la ganadería caballar se mantuvo con la traída de los caballos garañones  y a un albéitar, vecino  de Priego para echarlas a las yeguas. Se pagaron los censos de las obras del alhorí.
En Loja tomó medidas contra la tala de los montes por parte de los labradores que alegaban que la hacían para aperos de labranza y carretas ([10]).
                            OBRAS Y PROGRESO

         En cuanto a la  promoción del municipio alcalaíno, se realizaron obras de reparo de los corredores de la Plaza (tejado y suelo), entalle de las casas de la Justicia por Martín Pérez ([11]), la Venta de la Acequia, tiendas del Francés, el pilar de la Fuente Álamo- lugar que gozaba de fama por sus virtudes curativas-de la torre del Argamasón,  y otras de la Plaza,  la alcantarilla del puente de los Loberones, el maderaje del puente de Chiquero,  los arcos del Rastro y Matadero ([12]), y empedrado de Entrepuertas abajo y adarve del Arrabal Viejo. Sin embargo, para la comunicación con el reino de Jaén, fue trascendental el inicio de la obra del Puente del Carrizal, donde intervino el cantero Diego Martínez Izquierdo con dos pilares de piedra de cantería  y con las trazas del maestro de cantería Miguel de Bolívar. Las  Casas del cabildo se terminaron con el cerramiento de las ventanas y puertas con  madera tallada y  un  retablo del interior a cargo del entallador Martín Pérez. En Loja, destacaron las obras del puente de Riofrío

Por lo que se refiere al orden público, se alteró, sobre todo, en la ciudad de Loja  durante  el mes de octubre con la llegada de varias compañías- la del capitán Sancho de Ávila y la de Antonio Vaca- en un ambiente de pillaje, pues se encontraban sin dinero, famélicos, y la ciudad, reacia a darle alojamiento y posada,  y obligaron al alcalde mayor a los comisarios a que  los posaderos abrieran las puertas o las allanaban ([13]).















[1] GONZÁLEZ ALONSO, B. op.cit. Pág. 121.
[2] GONZALÉZ ALONSO, Benjamín. O.c. Pág., 124. Nota 24.
[3] ACC DE MADRID, pet 28 VI, p 831.
[4] Ibidem  o. c. nota 125.
[5] DEL ROSAL PAULI y  otro. Op. Cit. Pág.257.
[6] AMAR. Legajo 63  Pieza 2 El resumen de este corregimiento se ha basado en las distintas libranzas y en la aceptación de las cuentas por el corregidor y dos regidores.
[7] Ibidem . La cantidad  debió ser significativa, pues sobrepasaba a 69.605 maravedíes que  llega a duplicar los 37.466 maravedíes recogidos en las penas de cámara.
[8] AMAR. Legajo 46 Pieza 8. Libro de cuentas de 1558.
[9] AMAR.  Ibidem. Cargos de cuentas. Se encuentran los procesos con los arrendadores de los cortijos y los fallos del corregidor Molina y su alcalde mayor, en los que se condenaron a pagar con el trigo recogido y fianzas para los años posteriores.. Tierras de Santa Ana, Cabeza Carnero, Cerro la Madriguera, tierras de Majalcorón, cortijo de la Fuente la Piedra, Mesa, Medianil, 
[10]  AML. Actas del cabildo del 15 de febrero de 1555
[11]  Ibidem. La libranza es muy interesante, porque superaba la cantidad de 47.842 maravedíes.
[12]  Ibidem. No se hizo esta sola obra, sino que se gastaron en el Matadero nada menos que la cifra de 330.000 maravedíes al maestro de cantería Martín de Bolívar, como se constata en la libranza de 21 de enero de 1556..
[13]  AML. Actas de los cabildos del 14, 17, 22 y 23 de octubre de 1555.

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