En el
reinado de Felipe II, dentro del contexto absolutista que se va imprimiendo en
la política española, la figura del corregidor se robustece a través de una serie de
atribuciones y del ejercicio autoritario del poder en detrimento de la libertad
de las ciudades, a ello hay que añadir el gran número de jueces puntuales que
acuden a las ciudades para recoger y
ejercer el control del cobro del gran número de servicios que las Cortes y el
Rey ordenaron.
Pues coincidimos con González Alonso: “No se van a
presenciar alteraciones básicas en la ordenación institucional del corregidor llevada
a cabo por los Reyes Católicos, sino sucesivas y numerosas rectificaciones
destinadas por los Reyes Católicos destinadas a adaptarla a la creciente
complejidad administrativa, motivadas por la necesidad de servirse del
corregidor para acentuar el absolutismo y centralismo austriacos” ([1])
Las
líneas de actuación provienen del reinado anterior. Primero, según acuerdo de
las Cortes de Santiago de 1520, se cuidaba
en elegir corregidores, cuyo retrato respondiera a figuras maduras, repletas
de vitalidad, prácticamente imprescindibles y personas competentes que
convinieran para el ejercicio de la Justicia. No fue el
caso del corregimiento alcalaíno el de las ciudades comuneras, por lo que se
refiere a que convertirse en objeto de la animadversión popular, al menos no
hemos podido constatarlo en las escasas fuentes que nos quedan de las actas de
cabildo. Aún más, la ciudad fue asumiendo
su carácter de delegados regios y tampoco, en modo alguno, aquí se
decantaron por apoyar las ciudades comuneras. A la inversa, formaron frente con
la federación de ciudades de la
Rambla a favor del emperador. Por eso, el corregimiento
alcalaíno responde más al espíritu de las Cortes del año 1525 en Toledo, que al
espíritu comunero que trataba de volver al periodo medieval, cuando se exigía
que los corregidores fueran nombrados
por el monarca a petición de los vecinos de la ciudad. Y eso está claro cuando
repasamos las lista de los anteriores corregidores, que son miembros ligados a las Instituciones y
cuadros de la Corona ,
sobre todo a su secretario del Rey, y a oficiales, que se habían elegido con
gran diligencia y cuidado, como personas aptas y capaces, para mantuvieran el orden en las ciudades. Son
parientes de Francisco de los Cobos, hidalgos de la ciudad Úbeda, abogados de
su tiempo de la
Chancillería de Granada, etc.
No podemos olvidar en esta elección de corregidores las Cortes de Madrid 1528 y de Valladolid
de 1542,
ambas se manifiestan claramente porque se envíen a las ciudades buenos
corregidores e oficiales, pues “tanto cumple en la gobernación e administración
de la justicia y descargo de la conciencia de S, M” El criterio se centraba en
que fueran personas de ciencia, experiencia y autoridad Y recogemos una cita de una carta de Carlos I
en 1543 dirigida a su hijo Felipe II:
“Habéis
de tener muy gran cuidado en mirar que se nombren muy buenos corregidores. Y pues los habéis de
nombrar con parecer del Cardenal, presidente y Cobos, les encargaréis que lo
tengan de especial cuidado de aconsejaros
bien en ello” ([2] ).
Ya en
concreto, en el reinado de Felipe II, la concordancia entre el rey y las Cortes
es evidente a la hora de la presencia sin vacación alguna y del modo de nombramiento de los corregidores. En cuanto a
lo primero, las cortes de Madrid y de Valladolid de 1555, los procuradores se mostraban
siempre a favor de que las ciudades estuvieran bajo la autoridad del
corregidor. Y, en verdad que no hemos encontrado vacío de poder en este
periodo, y, si se hacía, incluso con la protesta de los regidores por ocupar el
carácter interino algún regidor en las
sesiones de cabildo. En sen cuanto a lo segundo, en las Cortes de Madrid de
1579, se señalaba en la petición 28ª:
“La
mayor quietud y buen gobierno destos reynos depende de ser los corregidores
personas calificadas” ([3]).
El propio rey
le transmitió a Diego de Covarruvias, presidente del Consejo en 1582:
“Para
que haya en estos Reynos buen Gobierno, administración de Justicia, ejecución y
guarda de las leyes, lo que importa es la buena provisión de los Corregidores y
otras justicias” ([4]).
LICENCIADO GARCÍA HERNÁNDEZ DE MOLINA (1555-1556)
Fue corregidor de Alcalá entre el uno de diciembre de
1555 y 1556, como juez pesquisidor, y llevó a cabo la residencia del anterior
corregidor por el mes de junio. No nos
quedan sino unos pocos documentos sobre el
periodo de su corregimiento, ya que faltan las actas de cabildo de este
año ([5]). En Alcalá, su alcalde
mayor fue el licenciado Venegas y el
alguacil mayor, Bernabé de Paris y Lope de Ocampo.
En Loja, se encontraba el 3 de diciembre nombrando por
alcalde mayor al Licenciado Pedro Valero y
después al licenciado Venegas; por
alguacil mayor Gregorio de Medina; teniente de justicia, Lope de Ocampo
y Gregorio de Medina.
Por el libro de cuentas de propios ([6]), correspondiente al
periodo, comprendido entre los días de san Juan de los años 1555-1556, sus actuaciones debieron ser bastante
contundentes con respecto a la administración local. Tras condenar a
los anteriores cargos, les obligó a devolver el dinero al anterior
corregidor licenciado Sebastián de Ribera, a
los regidores y a los oficiales del cabildo, dinero empleado para los
lutos de la muerte de la reina, y consistentes en la tela de ropa para las vestimentas en los días de las exequias.
([7]). En este año se
resolvieron muchas apelaciones del tiempo del licenciado Ribera y del Bachiller
Sabiote por resolución de provisiones reales adversas al dictamen de anteriores
corregidores.
Por el libro de condenaciones del corregidor Ponce de
León, obligó, por medio e una cédula
real de la princesa Juana, a que se devolvieran las cantidades de la residencia
al anterior corregidor que pertenecían a la Cámara Real , que el
juez Molina había llevado a cabo, ([8]).
Un pleito que se llevó a la Corte fue la libertad de
exenciones prorrogado en muchas ocasiones por los anteriores reyes, y que fue el objetivo primordial del cabildo,
para que lo aprobara el nuevo rey Felipe II. Otro, sobre los frailes de
Consolación referente a la apertura de una calle, ¿ este pleito provenía de corregidores precedentes, se resolvió
levantando la excomunión a los miembros del cabildo por tomar una calle al
conseguir una provisión real de la Chancillería de Granada).
También resolvió otro conflicto sobre el derecho de la alcabala que le
pidieron a los arrieros que llevaban el trigo a vender en Loja.
FIESTAS
Y EXEQUIAS
En el trece de abril del año 1556, se recibieron las
cédulas en las que se comunicaba la abdicación del emperador en su hijo Felipe
II, y por las que se permitían alzar los
pendones al rey Felipe II. Sin embargo, éstas no tuvieron lugar hasta el día de Santiago que se hicieron
fiestas de toros, invenciones y alegría. En Loja, por el contrario se
realizaron preparativos de proclamar al rey alzando su pendón morado de tafetán
entredoble, con sus armas reales y fleturas de morado y oro, la víspera se celebró el pregón con la
compañía de arcabuceros, y, unos días
pues, se lidiaron toros. El acto de la proclamación tuvo lugar el 31 de mayo en
Loja por motivos de conflicto entre los regidores con la proclamación del
pendón en la alcazaba. Similar debió ser en Alcalá, donde la ausencia de fuentes se suple con el ritual
de posteriores proclamaciones.
El año de 1566 fue
de gran esterilidad, en el que hubo que esperar para años posteriores la
renta de los cortijos de propios, y se dio trigo a los panaderos para repartirlo entre el
pueblo. Incluso se persiguió a los arrieros que sacaban trigo para otros
lugares de fuera de la comarca. Pues, en palabras del mayordomo sobrevinieron
muchos casos fortuitos de aguas, lluvias y nieves”. Sin embargo, esto no
impidió que la ciudad celebrara el día
del Corpus Christi y su octavario, acudiendo el recitante Francisco Juárez “por
los oficios que fizo e representó delante del Santísimo
Sacramento el día del Corpus Christi los quales se le dicen e por lo que
representó el día del Octavario e por la música e trompetas viguela
de arco harpa e flauta que truxo
e gente que para ello convino u estuvo en esta ciudad desde el domingo de la Trinidad hasta la Octava del Corpus Xriti “.
([9])
GOBERNANZA
En cuanto a la gobernación del municipio alcalaíno, se
llevaron a cabo la corrección de medidas de peso de la carne de acuerdo con
las establecidas en Granada y los
hierros de tundidores, a los que la ciudad nombraba a un veedor. En la
usurpación de tierras, se llevaron a cabo gestiones del sindico Francisco de
Carvajal , por haberlas ocupado los frailes de la Cartuja de Granada en la zona de las Juntas y otras que, también,
ocuparon la viuda de Corchón en Cofrida.
El mantenimiento de la ganadería caballar se mantuvo con la traída de los
caballos garañones y a un albéitar,
vecino de Priego para echarlas a las
yeguas. Se pagaron los censos de las obras del alhorí.
En Loja tomó medidas contra la tala de los montes por
parte de los labradores que alegaban que la hacían para aperos de labranza y
carretas ([10]).
OBRAS
Y PROGRESO
En
cuanto a la promoción del municipio
alcalaíno, se realizaron obras de reparo de los corredores de la Plaza (tejado y suelo),
entalle de las casas de la
Justicia por Martín Pérez ([11]), la Venta de la Acequia , tiendas del
Francés, el pilar de la Fuente
Álamo- lugar que gozaba de fama por sus virtudes curativas-de la torre del
Argamasón, y otras de la Plaza , la alcantarilla del puente de los Loberones,
el maderaje del puente de Chiquero, los
arcos del Rastro y Matadero ([12]), y empedrado de
Entrepuertas abajo y adarve del Arrabal Viejo. Sin embargo, para la
comunicación con el reino de Jaén, fue trascendental el inicio de la obra del
Puente del Carrizal, donde intervino el cantero Diego Martínez Izquierdo con
dos pilares de piedra de cantería y con
las trazas del maestro de cantería Miguel de Bolívar. Las Casas del cabildo se terminaron con el
cerramiento de las ventanas y puertas con
madera tallada y un retablo del interior a cargo del entallador
Martín Pérez. En Loja, destacaron las obras del puente de Riofrío
…
Por lo que se refiere al orden público, se alteró,
sobre todo, en la ciudad de Loja durante el mes de octubre con la llegada de varias
compañías- la del capitán Sancho de Ávila y la de Antonio Vaca- en un ambiente
de pillaje, pues se encontraban sin dinero, famélicos, y la ciudad, reacia a
darle alojamiento y posada, y obligaron
al alcalde mayor a los comisarios a que
los posaderos abrieran las puertas o las allanaban ([13]).
[1]
GONZÁLEZ ALONSO, B. op.cit. Pág. 121.
[2]
GONZALÉZ ALONSO, Benjamín. O.c. Pág., 124. Nota 24.
[3]
ACC DE MADRID, pet 28 VI, p 831.
[4]
Ibidem o. c. nota 125.
[5]
DEL ROSAL PAULI y otro. Op. Cit. Pág.257.
[6]
AMAR. Legajo 63 Pieza 2 El resumen de
este corregimiento se ha basado en las distintas libranzas y en la aceptación
de las cuentas por el corregidor y dos regidores.
[7]
Ibidem . La cantidad debió ser
significativa, pues sobrepasaba a 69.605 maravedíes que llega a duplicar los 37.466 maravedíes
recogidos en las penas de cámara.
[8]
AMAR. Legajo 46 Pieza 8. Libro de cuentas de 1558.
[9] AMAR. Ibidem. Cargos de cuentas. Se encuentran los
procesos con los arrendadores de los cortijos y los fallos del corregidor
Molina y su alcalde mayor, en los que se condenaron a pagar con el trigo
recogido y fianzas para los años posteriores.. Tierras de Santa Ana, Cabeza
Carnero, Cerro la
Madriguera , tierras de Majalcorón, cortijo de la Fuente la Piedra, Mesa,
Medianil,
[10] AML. Actas del cabildo del 15 de febrero de
1555
[11] Ibidem. La libranza es muy interesante,
porque superaba la cantidad de 47.842 maravedíes.
[12] Ibidem. No se hizo esta sola obra, sino que
se gastaron en el Matadero nada menos que la cifra de 330.000 maravedíes al
maestro de cantería Martín de Bolívar, como se constata en la libranza de 21 de
enero de 1556..
[13] AML. Actas de los cabildos del 14, 17, 22 y
23 de octubre de 1555.
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