-Estas eran las cofradías
e instituciones religiosas en 1767, según el legajo del AMAR. Nº 98/2, donde se recogen las cuentas de las
rentas provinciales años 1767/1770 para el REPARTIMIENTO DE MANOS MUERTAS
Cofradías |
Año |
Año |
Año |
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LA Fábrica de la Iglesia
Mayor |
1766 |
1767 |
1770 |
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Cofradía del Santísimo
Sacramento de la Iglesia Mayor |
1766 |
X |
X |
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Capilla de Nuestra Señora
de las Mercedes |
1766 |
X |
X |
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Colecturía de misas
cantadas de Iglesia Mayor |
1766 |
X |
X |
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Curas de Santo Domingo de
Silos |
1766 |
X |
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Varas de Palio de la Obra
Pía de San Juan |
1766 |
X |
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Convento de Sto.Domingo de
Guzmán |
1766 |
X |
X |
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Cofradía DE Nuestra Señora
del Rosario |
1766 |
X |
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Cof.del Dulce Nombre de
Jesús |
1766 |
X |
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Convento de San Francisco
de la observancia |
1766 |
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Sagrada Imagen de Nuestra
Señora de la Concepción Purísima |
1766 |
X |
X |
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Cofradía de las Benditas
Almas del mismo convento |
1766 |
X |
X |
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Convento de Nª.Sª. de Consolación |
1766 |
X |
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Convento de la Trinidad |
1766 |
X |
X |
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Convento de la Encarnación |
1766 |
X |
X |
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Hospital DNJ |
1766 |
X |
X |
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Sagrada I Imagen de Nª.Sª.
de las Angustias |
1766 |
X |
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Cofradía de Santa Ana |
1766 |
X |
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Obra Pía de los Niños
Expósitos |
1766 |
X |
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Obra Pía de don Pedro de
Biedma |
1766 |
X |
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Obra Pía de Cristóbal de
Cedillo |
1766 |
X |
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- Este era el fallo judicial
como castigo de varios jugadores de naipes en 1553
“Fallo que debo condenar e condeno al dicho Matías Maldonado
en la pena de la pragmática de S. Majestad seis maravedíes que la aprobó en la
cédula de ella por haber jugado contra
la ley de lo que le manda e le
mando que lo pague dentro de tres días so pena que sea puesto en la picota e en
lugar público de esta ciudad en la plaza de ella a la vergüenza y medio cuerpo
arriba en carnes y los naipes al pescuezo”
-“En ocho días del mes
de junio de 1668, entraron al cabildo municipal los señores Francisco Ruiz de
Rivilla y Bartolomé de Melga, señores de canon, y dijeron:
Dios nuestro señor ha
sido servido de que la fábrica de la Iglesia del Señor San Juan se ha acabado y
habían sido mandados por el abad para comunicarle que se trasladaría el
Santísimo el domingo primero de Julio y solicitaba su asistencia”.
-Martín de Lara, jurado, tenía una casa en el barrio de San
Juan, linde con la viuda de Arjona y Diego Redondo en 1589; el jurado Alonso Ruiz Morón, poseía un horno
en la calle del pozuelo junto a las de
Blas de Cáceres y Gabriel González.
-El doctor Frías tenía casa en la calle del Señor San Juan
(Rosario, linde con viuda María García y Catalina de Lara).
el sacristán
-Las funciones de un sacristán se regulaban en 6 de abril de
1612 de acuerdo con el legajo 4939, folio 4, ante Juan de la Chica: en
concreto, Gaspar Serrano Agueda se
obligaba mediante contrato:
-desde el
día de la fecha al 14 de junio de San Juan a servir a la cofradía de la Limpia
Concepción.
- a salir
con las ánimas a acompañar a los hermanos de la dicha cofradía en los entierros
de la cofradía y la de San Juan.
-a salir en
las procesiones que se acostumbren en la iglesia Mayor.
-tener
limpia y bien barrida la iglesia de san Juan y la Limpia Concepción y encendida
la lámpara del señor San Juan y Limpia Concepción.
-llevar la
cruz.
-tocar la
campana a cabildo
-publicar
los cabildos a los hermanos.
Lo hacía con el hermano mayor:
Antón de la Cruz, y el mayordomo Alonso Pérez de Moya.
Le pagaban con la casa de San
Juan y dos accesorias y podía pedir el aceite para la lámpara de domingos,
Concepción y San Juan.
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