domingo, 31 de agosto de 2025

EL IMPUESTO DE LA SAL

 















En Castilla, el derecho de la sal causó una de las tensiones  más importantes, porque la Corona obligó a pagarlo en 1624. En efecto, la  producción de la sal había sido concedida a la ciudad por el rey Alfonso XI[1] y el cabildo municipal lo adminsitraba libremente hasta el presente reinado.. Abastecida la ciudad por las salinas de Filique, la de la Rábita y otra particular no aceptaba otro tipo de abastecimiento ya que lesionaba sus ingresos y la economía de los vecinos. En 1624, un ejecutor vino a ajustar las cuentas con el cabildo y las esxhaustas arcas municipales se vieron obligadas a pedir  un préstamo a los labradores y a vender trigo del Pósito para saldar las cuentas.

En 1625 se agotaron las salinas de Filique, y la sal se trajo de Baena, Luque y Cañete. De nuevo, en 1631, un ejecutor, enviado por el administrador de la sal don Manuel Pantoja,  vino a la ciudad a castigar los fraudes que se cometían en el impuesto de la sal  y a cobrar los atrasos que se le debían a la hacienda real. Sin emabargo, el cabildo no aceptó  la imposición y, prueba de ello, fueron estas alegaciones muy interesantes para el estudio de la comarca alcalaína:

 

“para elegir las mil fanegas de sal que eligieron fue con sabiduría, que esta ciudad y su villa del Castillo y cortijos y caserías tenían poco más de dos mil vecinos, abiendole numerado por personas por aber casa en que biven 3 y 4 vecinos, porque, si fuere por casa, biben la quarta parte menos y las grangerías de ganados que ai en esta tierra no son considerables, porque el término es tan corto que no tiene, por donde más, legua y media, y este término está ocupado en las haciendas más principales que ay que son herdades de biñas, y las tierras realengas que abía y dehesas están rotas  y, siendo tierras labrantías por facultad de S.M, para la paga de 72.000 ducados de plata para la composición de alcabalas y 50.000 ducados en la compra del Castillo y otra composición llamada forera y por otros dos donativos (34.000 ducados) no a quedando donde criar ganado y algunos pocos que ay se llevan a la Costa del reino de Granada y otra partes donde se sustentan sin sal y si es menester las compran allá y para agostar los dichos ganados se llevan a la Campiña, porque, si aqui se le da la sal, adolescieran  y miran de boz, y la grangería, que ay en esta ciudad y su jurisdicción, que se gasta en sedar en la matanza del ganado de cerda y éste es un gasto incierto, porque este ganado no se cría en esta tierra y el año que ay bellota de los montes  algunos vecinos van las ferias a comprar este ganado y sacado de ellos unos lo llevan a Granada y otros puestos, y lo pesan fresco y pocos tocinos[2].

Se evaluaba así un gasto aproximado entre 600 o 700 fanegas de sal, que no coincidía con el evaluado en dos mil fanegas por el administrador de tal modo que provocó el apresamiento del regidor y  de alcalde del Castillo. Por eso, : la ciudad trató de evadir el impuesto  y de que no paguasen los pobres, a pesar de que,   los que más la gastaban, eran los poderosos. Tras diversas negociaciones, se determinó el consumo de los vecinos de la ciudad sin que se restringiera  a los vecinos, y tampoco, al ganado vacuno y caprino, ni  para salar tocinos y amasar el pan y en los hornos. En concreto, se fijó por el comisario Pantoja  en una cantidad de 1.250 arrobas de sal que suponía una imposición de 2.226 reales[3] . A esto se opuso el ayuntamiento, porque todavía la ciudad no estaba de acuerdo con dicha cantidad alegando que  eesta cantidad  repondía a los años de mayor consumo ( y el precio se calculaba en  40 reales la fanega) por lo que se comprometió a 1200 arrobas.

Pronto surgieron las protestas por parte de los vecinos que se quejaron del precio excesivo de la sal, que imponía el administrador Pantoja. Pues desde el sitio de origen se vendía a cincuenta reales la fanega, mientras  si se compraba en Porcuna y Jaén  vendría en detrimento de los vecinos más pobres por los gastos elevados de acarreto y administración. No obstante, se llegó a un acuerdo de que la ciudad se abasteciera de las salinas de Filique y el resto de otras salinas de Andalucía, repartiéndese entre los vecinos la cantidad restante, ya que el precio  se elevaba a  110 reales/ la fanega y difería mucho desde el origen.

El pleito de la sal continuó otros diez años más hasta que al administrador Manuel Pantoja estableció un plan en el que se permitió la saca de las salinas de Filique y la venta por tolderos en Alcalá y Castillo. Se fijó el precio de la venta de la sal en los puntos de extracción a 11 reales la arroba y 33 ms el cuartillo y se acrecentó hasta  22 reales en los almacenes de los tolderos, los cuales se obligaban a pagar las imposiciones a los adminsitradores reales de Jaén . Todas  medidas reales  del verano de  1632  dieron  lugar a continuos litigios y el envío de muchos ejecutores de la Corte para cobrar este impuesto[4].

A esto se añadía que no era muy regular el abasto de sal, porque hubo momentos que hubo de traerla de otros lugares. Así, en 1632 se trajo del alholí de Priego[5] . Incluso, ante los abusos y la corrupción de los tolderosde la sal, el propio corregidor obligó al cabildo a asumir, en  muchas ocasiones, medidas para gestionar directamente  las propias salinas sin necesidad de intermediarios o mayordomos. Pues, no había más que contrastar los precios exigidos por la Corona  hasta el punto que, en Filique y la Rábita, la fanega salía a 25 reales la fanega.

En 1633, de nuevo resurgieron serios problemas en el cómputo de las cantidades consumidas  que se estabelcieron en la suma de  1.038 fanegas. Cada una de ellas se tasó al prcio de 86 reales , de los que el rey recibía 60 reales. Los vecinos tuvieron que afrontar medida a sabiendas que no se  consumía  por los vecinos 160 fanegas que había que repartidas por tres años en una cantidad de 31,805 reales para pagarlas a la Corona[6]. 

Pero el grado mayor de tensión tuvo lugar con la llegada del administrador de la sal en Andalucía el caballero de la Orden de Calatrava Manuel de Pantoja y Alpuche que obligó a un acopamiento voluntario de 1.200 fanegas, cuya unidad debía cobrarse a 86 reales y medio, cargando  cuatro reales para la fábrica, dos reales del derecho antiguo y gastos de acarreto, mermas , y ventas. En contraste con el nuevo precio,  ela anterior  salía a sesenta reales incluidos todos los gastos. Ello obligaba a cargar sobre los vecinos 34 reales. Un grupo de vecinos, encabezado por Pedro Gómez Pedrero, que luego será administrador y todlero de la sal, se juntó en rebelión  y llevó a cabo un tumulto en la ciudad negándose a pagar dicho tributo. Los regidores tuvieron noticia de estos acontecimiento  y lo trataron en el cabildo del 20 de mayo  en estos términos, encomendando al abogado Pedro Muñoz de los Díez abrir una  querrella contra todos ellos:

“Pedro Gómez pedrero y otros se juntaron y han concitado y alborotado esta ciudad diciciéndolo lo más público de ella ,delante de mucha gente, que no se dé esa cantidad en Jaén, que se ha cargado y ha sido injusticia el pedirla, y otras palabras descompuestas con la justizia y reximiento, diciendo que todos los vecinos no paguasen y que él los libraría, escribiendo  muchos que reducía obligandoles a que abían de dar dineros, con lo qual lebantó los ánimos de los vecinos de suerte que no se puede conseguir el servicio de Su Majestad ni cobrar lo que se daba, porque todos fiados en las promesas del dicho Pedro Gómez y consortes se escusan de pagarlos y las prendas que se le sacaron no ay quienes las compre, por cuya causa está detenido un ejecutor despedido por el dicho señor Manuel Pantoja, que viene a la cobranza de la que resulta debiendo de la dicha sal y que se resta debiendo  y por que demás de lo referido el dicho pedro Gómez es hombre sidicioso en esta república y, que todas las veces que se ofrece de escribir a Su Majestad siempre mal de los acuerdos del cabildo y lebanta a los vecinos; para que no lo haga, importa que se le castigue de oficio por la Justicia.         

Ante el mal cariz del asunto que tomaban los asuntos, la ciudad acordó  trasladar el 23 de mayo una carta a la Real Chancillería de Granada por la que significaba el desacato anterior al Rey en el impago de la sal, solicitando al mismo tiempo que se castigara al promotor del alboroto por parte del adminstrador de la sal.

Además se enviaron varios regidores a entrevistarse con él y se constató que era real la situación: “Con el lebantamiento de algunos vecinos de esta ciudad se impide la cobranza a Su Majestad de lo que se debe el resto del acopiamiento voluntario de esta ciudad”.

 A finales de mes, el pleito se encontraba  en manos de los abogados y del propio síndico de la ciudad. Este se entrevistó con Gomez Pedrero para hacerle desistir de todos los movimientos al mismo tiempo qie emprendió todo tipo de acciones judiciales contra su persona. El asunto era bastante delicado  porque los nuevos receptores del impuesto de la sal veían que la merma que se producía en la recaudación les obligaaba a grandes desfases en el balance de las cuentas y, por otra parte, los ejecutores acuciaban con contínuos recargos que apremiaban a la ciudad. Aún más, el propio Pedro Gómez seguía incitando a la ciudad, porque los regidores se habían obligado a pagar a 16 reales por fanega de sal en el acopiamiento voluntario sin permiso ni facultad real.

La ciudad, ante los acuerdos  comprometidos, no tenía otra salida que proseguir el pleito emprendido. Por otra parte, el administrador de la sal nombró al alcaide de Porcuna Diego del Rincón como subdelegado para que asumiera el asunto en el apartado judicial y se presentó en Alcalá con un alguacil. En el mes de marzo Manuel de Pantoja se trasladó a Granada para resolver el conflicto. En septiembre, se cobró el primer pago de acopiamiento de la sal a un precio de 56 reales la fanega. Pero en diciembre hubo que traerse de Baena a setenta y dos reales. El recargo que los vecinos soportaban en la sal quda manifiesto en estas cifras: 52 reales para el rey, dos reales a Baena por el derecho antiguo, 3 reales al fiscal, 4 reales y emdio por el acarreto y conducción y 5 reales por ventas y mermas.

En 1634, de nuevo,  se sacaba la sal de Filique, y su precio con el acarreto y costos no alcanzaba la suma de 27 reales por fanega en el mes de septiembre.  

            Dentro de esta línea, en 1646, los  gastos de la guerras obligaban a nuevas imposiciones. Por esoi, se llevó a cabo de nuevo el arrendamiento de las  tierras mencionadas y se contribuyó con un nuevo donativo de 37.000 reales.

 

Pero, este tuvo lugar en medio de una situación muy embarazosa. Pues el corregidor Gregorio Antonio de Chaves y los regidores iniciaron el rompimiento y el arrendamiento de tierras sin permiso ni provisión real. Se anularon las medidas y se impusieron penas a los gobernantes. Ante la protesta de los compradores de tierras, todos ellos vecinos de Alcalá y Castillo ( Juan Ramírez de Tejada,, don Pedro de Aranda Figueroa, don Pedro Garcés de Acosta, don Francisco de Herrera Valenzuela, don Pedro Diaz de Arce, Juan Fernandez Clavijo, Alonso García de Baena, Benito de Ortega, Jacinto López de Cortes, Pedro LLorente, Juan García ee Vilches, Melchor García de Vilches,, el licenciado Juan Ruiz Hidalgo, don Alonso de Moya, María de Alvarez de Huelte, viuda de Juan de Santiago, Alejo Sánchez, Francisco Romati, y Martín de Molina), se inciaron varios litigios que culminaron en 1650 cuando  el comisionado real don Pablo Méndez Salazar, volvió a anular la venta de los terrenos adquiridos en el año 1635 y se pagaron los desembolsos de los compradores, agregaron la cantidad cobratoria del arrendamiento de las tres mil fanegas de tierras a los arbitrios que se pagaban para la paga de todos los censos que se habían contraido en la composición de alcabalas, donativo de los años anteriores y la compra del Castillo de Locubín, y el nuevo donativo de 22.000 ducados, anulándose otras sentencias anteriores que impedían el uso de las tierras. Al mismo tiempo, se sentenció que se pagara todos los dineros invertidos por los compradores de tierras. Las tierras comunales quedaron definitivamente para uso y pasto común del pueblo y sus frutos e ingresos quedaron comprendidos dentro de los propios de la ciudad. Todas estas medidas se tomaban a favor de la ganadería y previendo medidas de despoblación de la ciudad, así como en base a los antiguos privilegios concedidos a los vecinos de Alcalá y Castillo. La ciudad contribuyó con los veintidos mil ducados(8.254.000 maravedís) mas otros cuatro mil para los gastos de administración.

En tiempos del corregidor Fontanet se contribuyó con otros 17,450 reales para colaborar al viaje del monarca hacia Alemania en el año 1648.  En este clima de empréstito y deuda municipal, la situación de la villa castillera dió lugar a un nuevo e importante incidente  en el que un alcalde ordinario, Salvador del Olmo, fue apresado por el corregidor Tomas Fontanét en el año 1648. El motivo no era otro sino que se había sobrepasado en las competencias de dar licencia para la celebración de una corrida de toros con motivo de las fiestas de la Virgen del Rosario el día 10 de septiembre. Los siete hidalgos y el clero apoyaron este movimiento de enfrentamiento del alcalde ordinario frente al corregidor, alegando que es vergonzoso lo hecho por el señor corregidor con Salvador del Olmo, teniendo éste el Gobierno de una Villa tan principal, en donde hay Vicaría del señor Obispo, mucha clerecía y tantos y tan principales caballeros






 

No hay que entenderlo, como el recopilador castillero Rafael Alvarez de Morales y Ruiz defiende apasionadamente, que era un atentado en una situación en la que la ciudad no pagó los compromisos de pago de la villa con la Corona  hasta el 1698 y el ambiente tenso que reinaba entre las dos entidades, sino más bien uno de los frecuentes desajustes que se producían personales y de competencias que dependía más de la autoridad ejercida por el propio corregidor, ya que los datos son esporádicos de enfrentamientos. Dentro de este contexto hay que entender que intentaran en varias ocasiones el pago de contribuciones o donaivos como en 1660, sin embargo la ciudad de Alcalá no permitía la división administrativa ya que se consideraba la villa del Castillo de Locubín sin concejo municipal y los cargos de los alcaldes ordinarios y el alguacil mayor simples ministros de escribir causas y apresar personas en los pleitos para remitirlos al corregidor alcalaíno.

 

A esta situación no contribuía la sequía pertinaz que desde el 1635 llevaba la miseria a los campos y culminó con el duro año de 1639. En 1650 la ciudad de nuevo contribuye con veintidos mil ducados a la Corona, con el permiso de las roturaciones de las  tierras principales y las nuevas. Además, se agrava de nuevo la situación con los años de sequía, que vinieron desde el 1651 hasta el 1656, que volvieron a repetirse desde el 1661 hasta el 1666, provocando una corta cosecha en la que los labradores se vieron obligados a pedir  trigo del Pósito por la pobreza y estado en que se encontraban en el año 1559. El rey concedió en recompensa a la ciudad que difrutara del privilegio de las varas de alguacil mayor de Alcalá y del Castillo, quedando reservadas para los regidores que solían ceder en el cabildo de suertes en unos tenientes. Junto con la misma concesión se le concedieron los beneficios de las Penas Ordiniarias. Em esta decena de años comprendidos entre el 1550-1560 se multicpliaron los donativos , agenciados por los coregidores ( uno en el año 1652 de por Cristobal de Moscoso 385,372; otro en en 1654 de 187.500 reales  por el corregidor Alfaro y Milán; Otro en 1657, ofrecido por particulares de 178.708, más otros dos de 400.ooo maravedís y otro de 84.628 reales)

En 1662 concluyó el conflicto entablado entre los compradores de las tierras roturadas y la ciudad. El rey concedió la licencia del disfrute de todas las tierras comunales y baldías para pasto y uso del pueblo, habíendo compensado la ciudad a la Corona con una nueva subvención de treinta mil ducados en el año 1630. Ligado con ello era el desabastecimiento de carne de la ciudad que dió lugar a medidas drásticas en 1665 a que se embargaran los ganados que se comerciaban en la feria de Noalejo.

Los años finales no son sino un rosario de continuos pleitos con el corregidor de Jaén, que se refieren a los periódicos aplazamientos de las deudas contraídas por las imposiciones de los arbitrios, el tercio provincial de la milicia y el alojamiento de compañías en la ciudad y el Castillo de Locubín ( dos compañías en 1659). La ciudad manifiesta su  carácter independiente del reino de Jaén ante las continuas demandas de fondos municipales recurriendo a todo tipo de órdenes que en realidad no eran puras  medidas de la Corona para el gasto militar y fastuoso de la Corte, como la contribución de la Iglesia de san Isidro en Madrid con 200 ducados en 1559. A pesar de su carácter privilegiado que le impedía el asumir estas medidas , la situación bélica con Portugal le obliga a responder a los servicios de la Corona. A ellas se acumulan las peticiones de los donativos dirigidos por la propia Chancillería o la Contaduría General. La situación administrativa debió ser bastante farragosa por los contínuos pleitos con los administradores de las distintas tierras, del papel sellado y de otros arbitrios hasta el punto que se encuentran con dificultades para poder ocupar los cargos de mayordomos, receptores y depositarios. e, incluso, algunos cayeron en prisión ante no poder rendir un correcto saldo de cuentas. En este periodo final  la ciudad respondía ante aquel cúmulo de censos, donativos, y medidas recaudatorias con tres tipo de tierras roturadas( las cinco mil, las tres mil y las mil fanegas de tierras concedidas al Jurado Orduña), las sisas de carne y aceite, quiebra de millones  que solía incrementarse continuamente hasta llegar a a los cuatro ms por arroba de vino y vinagre y el papel sellado que practicamente administraba el de todo el corregimiento y algunas ciudades de la abadía. No obstante practicamente todos los ingresos de sus propios se encuentran embargados por los acredores de préstamos a los que había que pagar en su capital y réditos hasta tal punto que la posiblidad de maniobra era casi nula.


Marcelino Faries y Gonzalez miembro del Consejo de Su Majestad trató de que se llevar a cabo un saneamiento en 1660 con la reducción de los oficios y la extinción de los ministros de la Santa Cruzada, y el nuevo arrendamiento  del fruto de la bellota  las tierras concedidas por anteriores arbitirios  de los donativos de 1629 y 1652. No obstante, estas medidas iban dirigidas para conseguir un nuevo donativo de 100.000 reales convertidos 619.660 maravedís, que incidían tan sólo a los vecinos que se quejaban:

 

como es notorio no ay ni tienen tratos ni comercios que en otras  ciudades y lugares  ay y lo que tienen se componen de unas cortas tierras y beneficios de alguna heredad de vinos que con sus frutos y cosechas escasaemnte se conservan

 

Al final en el año 1661, se concretó otro nuevo donativo de 8.000 ducados para ayudar en las cargas de la Corte con motivo de la guerra de Portugal. Para ello se reestructuraron los distintos arbitrios que se conseguían a través de anteriores concesiones de tierras y se reunieron en uno sólo. El estado de la situación que se detalla en un cuadro al margen

 

 

 

 

 

 

ARBITRIOS, IMPOSICIONES Y GASTOS

AÑOS

CANTIDAD

 

Arbitrio de tierras principales y fruto de la bellota de

Moneda Forera, compra del Castillo y donativo del año 1627 de 24.000 ducados.-Donaivo que benefició  don Juan Chumacero y Carrillo del Consejo de S.M.1629

-Facultad del mismo para la Fuente del Castillo

- Beneficio para el viaje de los Reyes a Alemania.

-Donativo voluntario y particular de vecinos

-Casamiento del Rey Nuestro Señor.

-Benfeicio que gestionó Cristobal Moscoso y Córdoba del Cosnejo de S.M.

 

-Beneficio de Juan de Alfaro y Martínez

-Del mismo.

-Donativo voluntario de vecinos

-Representación para consumir los cargos

 

1625

 

 

1627-1629

 

 

 

1633

 

1647

 

 

1648

 

1648

 

1651

 

 

 

 

1654

 

1654

1657

 

Pago de réditos de censos que se tomaron para hacer frente a la Corona. Se hicieron cuentas hasta 1657 de 3 en 3 años.

24..0000 ducados

 

 

 

37.500 maravedís

 

375.000 ms

 

 

385.372

 

 

 

187.500 ms

 

 

 

654.178

 

 

450.000

 

84.628

 

 

 

Los arbitrios de las tierras nuevas

 

Pago del donativo de 22.000 ducados en 1650

 

se prorrogaron y destinaron en 1657 en la compra de las tierras que había enajenado Luis Gudiel y tambien se destinaron a un nuevo donativo de 8000 ducados en 1663.

 

Las mil fanegas del jurado Muñoz de Orduña

 

Desempeño de propios, otros donativos y otros servicios militares

 

Pago del empeño de los propios por varios censos y gestión administrativa y el nuevo servicio de 1662 que supuso 600.000 ducados repartidos entre toda la nación para la Armada desde 1663.

 

Campaña de Cataluña

 

 

 

Envío de 24 soldados a Portugal a través de la Compañía de la Costa

 

1639

 

 

 

1661- y 1663 y 1664 y 1666

Campaña de Portugal

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Donativo de 1663 que gestionó don Marcelino Faries de Guzman 100.000 reales, que equivalía a 1.238.000 maravedís, en dos plazos para la Armada. Obligaba una facultad de la Real Chancillería por Francisco de Monzóm

Donativo de 8000 ducados

 

1663 Campaña de Portugal

 

Las mil fanegas de Orduña y en el año 1665 los arbitrios de las tierras nuevas

 

Contribución a los cuatro tercios de para la conquista de Portugal por el reino de Jaén en la cantidad de 721.225 ms anuales.

 

1664 Portugal

 

Arbitrios de Tierras de anteriores donativos

Pago de las sisas y quiebras de millones: libra de carne y ms de panilla de aceite.

Venta de 300 fanegas del Pósito.

 

Contínuos alojamientos y tránsiitos de tropas

 

1663 /63/ 1664/130 caballeros/1665 /160/, 1669/ alojamiento del Tercio del conde de Frijilana/

 

Préstamo de 12.000 reales y dinero del Pósitop con la venta de 200 fanegas

 

Donativo para la Guerra de Portugal y prevención ante el comercio de la Indias en 1666

 

1666 Guerra de Portugal y prevención del comercio de la Indias. Era un donativo general y voluntario de 1.000.000  de vellón parecido al de 1664. Se libran 36.000 reales de  

 

Sobre las turas de las 3000 fanega para pagar las tierras, lñas 5000 fanegas del donativo de 8000 ducados y 22000, moneda forera y compra del Castillo

 

Sisas anuales sobre las cuatros  especies(carne, aceite, vino y vinagre) de 80.000 a 100000 reales con gastos

 

1664

 

 

 

Bagajes para las tropas de Portugal

 

1665/43/

 

Préstamo de a2.000 reales

 

Saca de trigo para abastecer a Granada

 

1664 y 1665

 

Pósito y particulares

 

Nuevo tributo de don Luis de los Ríos y Guzmám por atras0s

 

1670 70.OOo reales

 

Se apela

 

Nueva Solcitud de soldados

 

Envío de tropas para socorro de Melilla y Gibraltar 1670

 

Se recoja entre los vasgabundos. Huyen los lo labradores que venían a la vendimia

 


dio lugar a que se pidieran aplazamientos, nuevas fórmulas de financiar estas cargas, y no se comprometían a los vecinos a nuevos repartimientos, porque las malas cosechas había dado lugar a que practicamente no hubiera trato ni comercio. De ahí que se prorrogaran anteriores concesiones de tierras y otros impuestos, incluso se tomara trigo del Pósito para vender,   al mismo tiempo que para evitar la tensión social se fijara una paga proporcional a cada una de las categorías militares( dos reales por soldado, cuatro para los cabos y seis reales para los capitanes). A esto se añadió que en esre año las lluvias y tormentas habían arruinado las c tierras de la Campiña y se esperaba una mala cosecha. con lo que huboi  que tomar medida de restricción de trigo y resgistros de particulares y eclesiásticos.

                                   

 



[1] Acta del cabildo del 25 de febrero de 1631. Se alude que hace doscientos cincuenta años la había concedido la donación de la explotación de la sal de las salinas de Filique. Corresponde on el 1381, fecha que no coincide ni con periodo real y demás tenía muchas alegaiones en periodos anteriores.

[2] AMAR. Acta de cabildo de 18 de marzo de 1631.

[3] AMAR. Acta de cabildo de 20 de abril de 1631.

[4] AMAR. Acta de cabildo de 15 de agosto de 1632

[5] AMAR. Acta de cabildo de 19 de noviembre de 1632.

[6] AMAR. Acta de cabildo de siete de mayo de 1633. 

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