CON OTROS CORREGIMIENTOS
Es claro y notorio que los corregimientos respondían a un escalafón implícito y explícito, tal como se plasmó en el siglo XVIII, dividiéndolos en intendencias y corregimientos, y, estos, a su vez, de capa y espada, de primera, segunda y tercera. Se ahí que jerárquicamente el corregidor de Granada, el de Córdoba y el de Jaén, los que más le afectaba por limite a Alcalá, mantuvieran una relación jerárquica superior, además de ser ciudades en Cortes que se comprometían con el reino en las medidas que le solicitaban los reyes. Más específica es la presencia e corregidores algo más lejanos que se comisionaban para asuntos más concretos, como en el año 1589, en el que el corregidor de Gibraltar reclamó una cantidad importante de trigo a la comarca, dando lugar, como siempre, a las dilaciones por parte del cabildo([1]) Esta relación con otros gobiernos fue uno de los puntos más problemáticos a lo largo de la historia del corregimiento, debido, sobre todo, al estar rodeado por los reinos de Jaén, Granada y Córdoba, el gobernador de Martos, el conde de Alcaudete y el Marquesado de Priego, al mismo tiempo que las Capitanías Generales de la Costa, de Andalucía y la de Granada. Además, los diferentes repartimientos territoriales de la hacienda también dieron lugar a diversos enfrentamientos entre los distintos corregimientos.
Un
caso especial son los enfrentamientos con motivo de los amojonamientos, las
lindes del corregimiento y la entrada de
ganado por parte de los vecinos y forasteros. A lo largo de los reinados
anteriores a Felipe II, se constata el enfrentamiento con Priego, Granada,
Valdepeñas, Alcaudete y Jaén. Pero, en este último reinado, se inicia un
periodo de paz y convivencia entre los vecinos
de todos estos territorios, sobre todo, con la villa de Priego, algo menos con Granada, alterado en el año
1586 por un amojonamiento ordenado por el oidor licenciado Cervantes de la
Chancillería de Granada ([2]), y
un poco más alterado con el señor de Alcaudete, Martos y Jaén.
La colaboración en el ejercicio
de la ejecución de la justicia est
total, cunado se trata de la
aplicación de penas, captura de delinciuentes, evasión de presos entre
los corregidores del entorno. Hemos constatado un caso especial con motivo de
la evasión del alcalde mayor doctor Juan de Lara y Castro con motivo de
su encarcelamiento por no pagar las condenaciones en el año 1622. El
corregidor aclcalaíno moviliza a todos los corregidores; primero lo hace con el
de Alccaudete el licenciado Diego de Vergara, ` para que ejecutara los embargos
y aprese al evadido ([3])
Por las reales Ordenanzas de
1718, refrendada de nuevo en 1749, se confirió a los intendentes una especial
autoridad y jurisdicción en su propia comunidad y en las delegadas como era la
superintendencia de rentas cual era el caso de Alcalá la Real con la
intendencia de Jaén. Pues se ocasionaba muchos pleitos y atrasos con la Corona,
a través de los autos abiertos que se transferían a la Audiencia. La Corona
reconocía la autonomía de estos corregimientos como Bailía del anterior en las
materias relacionadas con el Patrimonio Público y obligó a que se sometieran
todos los conflictos al intendente, que ejercía a través de depositario en
todos los ramos de la hacienda nacional y no se los reservasen los Tribunales
ni Audiencias, sino que los resolvería el consejo de Hacienda por una Orden del
Marqués de Esquilache, dada en Madrid a 1 de julio de 1770.
La relación con el
corregidor de Granada es implícitamente
de subordinación, en primer lugar por la dimensión de su reino, y, sobre todo,
por el prestigio de las personas que asumían el cargo, que en muchas ocasiones
venía acompañado de la Capitanía General de la Costa. Un caso es evidente es la
gestión que ejerció sobre su intervención en la Corona, el corregidor Arévalo
de Suazo en los años ochenta del siglo XVI.
[1]
AMAR. Legajo 372 Pieza 1.Libro de cuentas del
1588/89.
[2]
AMAR. Acta del cabildo del 10 de octubre de 1586.
[3]
AMAR. Autos del coorrgidor Pedro de
Hoces en su residencia. El corregidor de Alcaudete investigó en todos los
mesones y casas y bno lo encontró el dos de septiembre; elñ de Martos el señor
don Lope de Moscos y Castro ,, gobernador de la plaza,.
[4]
AMAR. Acta de los cabildos 9-10-1590.
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