Alcalá la Real vivió en tiempos de Carlos V
uno de Los periodos más importantes de su desarrollo económico, político y
social. El primer factor que contribuyó a este importante avance de la comarca
alcalaína hay que fundamentarlo al hecho de que ya se había cubierto un amplio
periodo de tiempo de paz dentro de su demarcación geográfica y en sus terrenos
limítrofes. Por eso, dentro de su interior no le afectaron ningún movimiento ni
acontecimiento bélico. Pues, ya, desde el punto de vista físico, no era una
frontera natural con el reino de Granada sino que era un lugar donde sus
hombres comenzaban a desarrollar una nueva etapa de asentamiento y de
incardinación en el terreno, ajena a los vaivenes de la guerra y a la
inestabilidad de sus recursos económicos provocados por las adversidades
anteriores. En verdad que los últimos años del reinado de los Reyes Católicos
ya habían puesto los cimientos de la esta nueva organización social, política y
económica, pero en este nuevo periodo quedó constituida la fisonomía definitiva
rural y urbana del municipio que no llegará a cambiarse, a partir de este
momento, hasta el siglo XX.
En la ciudad, también se asistía a la
continuación del desarrollo urbanístico del anterior reinado de los Reyes
Católicos con la expansión teritorial desde la Mota hasta el valle del Llanillo
y de las Cruces, cuyos ejes primordiales se habían establecido en la calle Real
y el propio Llanillo, y, como ejes secundarios, la calle Llana y Rosario.
Aunque se impedía que los centros comerciales y políticos estuvieran fuera de
la Mota, los nuevos artesanos ampliaron su ubicación hasta la calle Real. Por
ello, se recibió una ejecutoria que impedía la construcción de una plaza en el
arrabal, dando lugar a un conflicto con varios vecinos, entre ellos un tal
Madrigal.
Se inició una política de
obras públicas que incidió en el adecentamiento de caminos y pasos y en el
empedrado de las calles, lo que afectaba
a las diputaciones y cuidado de los regidores para mejorar la comunicación con
las principales vías de enlace con las ciudades más importantes de los reinos,
Granada, Córdoba, Jaén y el Levante. Pero, donde más se dejó notar esta fiebre
edilicia, fue en la construcción y renovación de un gran número de edificios
públicos y religiosos. Entre los primeros, se abandonó el concepto de ciudad,
puramente militar, de la fortaleza de la Mota para transformarlo en un sitio
urbano, donde se remozaron sus centros públicos más importantes y se
racionalizó su trama.
En la nueva ciudad que se extendía al llano, predominaron los mismos
conceptos, pero, con el fin de no perder
los privilegios anteriores, se limitaron, al menos, los edificios y los
espacios abiertos que supusieran cualquier detrimento de los antigos
privilegios, generados en las etapas anteriores por sus habitantes mediante la
lucha fronteriza. De ahí que, el carácter exento y privilegiado de los
alcalaínos para evadir nuevas imposiciones de la Corona, la ciudad lo ponía de
manifiesto en cualquier ocasión que se le presentara en defensa de cada uno de
los vecinos, Los cuales caían en contínuos litigios con las ciudades
comarcanas, solicitando provisiones reales, entre las que destacaba la de que
los portazgueros guardasen el privilegio de la ciudad. No obstante, en la
fortaleza de la Mota, se construyeron las nuevas Casas de Cabildo y la Cárcel Nueva; se trasladó del
Pósito al Arrabal Nuevo, la plaza de la ciudad se convirtió en una de las más
bellas de Andalucía, se abrieron y adecentaron las Puertas de acceso a la
fortaleza, entre ellas La Nueva, Zayde,
Aire, y las Lanzas, se abrió un
ediifcio para el Matadero en el arrabal de San
Bartolomé; se reorganizó el Egido en una amplia alameda a la entrada del
nuevo pueblo y, en la nueva ciudad, se construyeron las Puertas de los Arcos y
de Villena.
Esto por lo que se refiere a los edificios públicos, pues en la
parcela religiosa, hay que manifestar que contribuyeron en gran parte a lo que en los siglos posteriores
va a ser el diseño definitivo de la ciudad. Los nuevos templos, los hospitales
y los conventos configurarán la nueva ciudad que ya se levantaba desde el cerro
de la Mota hasta el Corral del Concejo, a las faldas del cerro de las Cruces o
Calvario. La iglesia de la Veracruz, la ermita de San Juan, de San Sebastián y
de San Marcos, el convento de Consolación, San Francisco, se convirtieron en
los centros de un conglomerado de calles que se distribuían a lo largo de su
entorno. No obstante, la jerarquía eclesiástica aliada a los intereses de
las clases privilegiadas, siempre
mantuvo el baluarte de la Mota como un lugar que no podía abandonar. De ahí que
la Iglesia Mayor volvió a construirse en la fortaleza, como símbolo del nuevo
momento histórico de reafirmación de la cristiandad y, junto a ella, los abades
levantaron el Palacio Abacial.
Por otra parte, nuevos elementos contribuyeron al nuevo desarrollo.
Entre los más significativos, las fuentes contribuyeron a que la población se
declinara, cada vez más, a vivir en estos nuevos espacios públicos. Para ello,
se renovaron y se construyeron la de los Álamos, San Juan y Tejuela y se
trasladó la de Mora desde la carrera de San Marcos al Llanillo. Si a ello
añadimos que los mesones, al final del reinado comenzaron a trasladarse desde
el último tramo de la calle Real al Llanillo, y, por otro lado, los edificios
mecánicos. Comerciales del por mayor y artesanales no podían ubicarse en la
Mota, como el rastro, las herrerías, carpinterías, alfarerías y tintorerías,
estaba claro que, en los futuros reinados, los cimientos de la mueva ciudad
estaban ya plenamente sedimentados y prefiguraban un cambio claro y
rotundo.
Desde el punto de vista político, Alcalá se
convirtió definitivamente en capital del corregimiento, de la abadía y del
municipio. Pues, ya habían pasado los años en los que Loja no estuvo sujeta al
corregimiento alcalaíno y, en este tiempo, el corregidor ejerció el poder en
las tres ciudades, pero siempre bajo la sede capitalina de Alcalá. La abadía,
por su parte, quiso hacer valer sus derechos de independencia a pesar de los
intentos de anexión jurisdiccional del cardenal Merino a la diócesis de Jáen.
Tan sólo, algunas medidas reales relacionadas con la concesión de una parte de
las rentas diezmales debieron incidir, al final del reinado, en la economía
alcalaína, pues los dos trecios de ellas debieron enviarse para los capellanes
de la Capilla Real de Granada. De ahí que se opusiera a su ejecución el abad
Juan de ävila y no tuviera plena vigencia hasta la época del abad Diego de
Ávila. Finalmente, el municipio se asentó definitivamente en un amplio
territorio que trató de establecer relaciones directas con la Corona, salvando
los posibles influencias de las capitales de los Reinos o con los procuradores
de las ciudades en Cortes. Sin embargo, reminiscencia de épocas anteriores, el
señor de Aguilar, alcaide de la fortaleza y el conde de Tendilla, y sus
descendientes influyeron en momentos trascendentales de la vida alcaláina más
atendiendo a su gradación jerárquica y al contacto directo con la Corona que
porque participaran realmente en el gobierno de la ciudad. Claro ejemplo de su
control de la ciudad fue la propuesta de corregidores, que debieron estar
relacionados con el Conde de Tendilla, entre ellos Andrés de Torres, García de
Montalvo y Francisco de Alcarcón.
Los bandos de anteriores familias
privilegiadas comenzaron a decaer y, en contrapartida, se inició un periodo de
concentración y de endogamia familiar por medio de cruces familiares, entre las
que destacaban, sobre todo, los Aranda, Valenzuela, Sotomayor, Pineda, Góngora,
Frías, Cabrera y Gadea que controlaban una gran parte del poder político y
económico gracias a las medidas reales que fueron ampliando los anteriores
repartimientos. Además se atisba la presencia de funcionarios y profesiones
liberales que también se beneficiaron de la nueva situación. Así, en los
primeros tiempos, se premió con una merced a Alonso de Ribera a pedimento de la
ciudad, , en casos parecidos, se pueden citar a Cerrato, Verdugo y el doctor La
Torre que se vieron compensados con tierras los servicios jurídicos que
hicieron a la ciudad. En otras ocasiones, se sufrieron consecuencias del
periodo anterior, pues se recibió una
cédula de la reina doña Juana, por la que quedaba apresada la ciudad por servir
al Rey Católico con motivo de las alteraciones que se produjeron en el
marquesado de Priego.
En el conflicto de competencias
jurisdicccionales, salvo algunos conatos de levantamiento con motivo de algún
que otro corregidor que trató de perseguir los abusos de la invasión de tierras
comunales y de los propios, el cabildo municipal no ofreció un panorama
conflictivo. Sinemabrgo, en Loja y Alhama las cosas se recrudecieron en algunas
ocasiones. La defensa de la exención de privilegios y un gran desarrollo
normativo caracterizó a este periodo con la promulgación de una gran número de
ordenanzas que regularon las relaciones de los vecinos hasta el siglo XVIII.
Caso aislado son una provisión real, por
la se impedía que la justicia no interviniera cuando el asunto no procediera.
Lo mismo se hizo con los escribanos a los que se impidió que actuaran por el
sistema de rueda y lo llevaran a cabo todos juntos y a los notarios se les
ordenó que cobraran según el arancel real. La oficialidad del municipios y su
funcionamiento se normalizó y no existen casos relevantes de absentismo en la
jurisdicción, pues alcanzó hasta figuras como el personero, a quien se le
adjudió un salario anual de 1.000 maravedís.
De la labor de ordenanzas destacan las
relacionadas con la protección y desarrollo de la ganadería para que se
pudieran mantener las crianzas de vaca hasta los dos años en las dehesas o las
de la protección de las tierras
comunales y el buen gobierno de la ciudad.
Desde el punto de vista económico, esta nueva ciudad alcalaína y la
de Loja y Alhama, atrajeron nuevos habitantes que la engradecieron y abrió
nuevos horizontes a otros oficios alejados de lo puramente militar. No sólo
acudieron famosos artistas que la embellecieron, sino que un gran cúmulo de
artesanos ampliaron su padrón poblacional.
La agricultura fue usurpando terreno a la ganadería. Pues se
hicieron nuevos repartimientos de tierras y se ampliaron los terrenos de
propios. La más importante medida fue la que, a finales del tercer decenio, el
emperador concedió a la ciudal el repartimiento de 10.000 fanegas de tierras,
que posteriormente se amplió con otras 1.000 fanegas. No es sino claro
exponente de lo que aconteció en la mayoría de las ciudades de la Corona de Castilla,
con una política ropturadora y colonizadora que
se multiplicó a petición de los vecinos y con la intervención del
Emperador a trave´s de su Consejo de Estado, dando lugar al incremento de las
tierras de labrantía y adehesamientos de terrenos baldíos que favoreció una mayor capitalización del campo,
el aumento demográfico, se benefició del mercado americano y se aprovecho, en
el tiempo de estos corregidores de “meter en cultivo las antiguas tierras
fronterizas del ya coniquistado reino nazarita”
La presencia de muchos ganaderos de otros
pueblos cercanos agravó el desarrolló de la ganadería, que, cada vez veía
mermada la extensión de sus campos atendiendo al corto término y el gran número
de personas que poseían ganado. Muchos terrenos, cercanos a los montes y a las vertientes, fueron deforestados, dando
lugar a un gran abuso por parte de los primeros propietarios, descendientes de
los conquistadores de la ciudad que invadían caminos, zonas montañosas y dehesas
en perjuicio de los pastos y del alimento del ganado. No se mantenía una
normativa clara entre la autoridad y los
gobbernados, pues los primeros abusaban del poder siendo los menos respetuosos
con las normas, evadiéndolas y perjudicando a los pequeños labradores y a los
arrendadores, lo que ocasionaba situaciones tensas entre estos dos sectores de
la agricultura. Para ello, se valían de los caballeros de la Sierra que los
protegían y del aplazamiento de cuaquier tipo de delito, lo que daba lugar a
que la ley no se respetara. Era tal situación que hubo que comprar hasta madera
de otros lugares para elaborar los aperos de labranza.
Aunque pervivieron los conflictos con las ciudades comarcanas, sobre
todo, con los vecinos de Alcaudete, Priego, y Granada que habían deshecho
algunos mojones, se reguló la vida de la
ciudad en muchos aspectos, entre ellos el cargo del mayordomo, al que le
obligaron a tener los requisitos de la habilidad y montar a caballo.
La competencia del vino, principal fuente de riqueza junto con la
ganadería, comenzó a aparecer en la de
Granada, cuyo corregidor había alterado la ejecutoria que le permitía la
exclusividad de entrar vino durante ciertos meses ampliándola a otras
ciudades.
Ante el carácter exento de la ciudad, la
reina doña Juana, y lo mismo hizo don Carlos, confirmó los privilegios de
franqueza de la ciudad, como habían hecho los anteriores reyes. En la misma
línea, junto con el emperador también lo hizo con el privilegio de meter vino en Granada.
Aunque la jurisdicción de los corregidores
correspondía a las tres ciudades de Alcalá la Real, Loja y Alhama de Granada,
desde el primer decenio del siglo XVI la ciudad de Loja fue gobernada por el
Gran Capitán. Con la llegada del emperador, de nuevo, volvieron a formar parte
de un solo y único corregimiento. La mayoría de ellos provenían de las ciudades
del reino de Jaén, Córdoba y de Granada, aunque algunos de ellos estuvieron
ligados a personajes secundarios de la Corte. El extracto de los primeros tenía
su razón de ser qen que el secretario real de Carlos V era Francisco de los
Cobos y, por medio de su influencia, prolongaba su poder en las ciudades de su
contorno mendiante el nombramiento de corregidores ligados por afinidad familiar o de paisanaje en las
de Úbeda y Baeza. Claro ejemplo de la relación de parentesco fue el doctor
Andrés de Torres, que estaba casado con una de sus hermanas y regentó el
corregimiento alcalaino en los primeros años del segundo decenio del siglo XVI.
Por razón de paisanaje, la familia de los Chirinos o Torres, que tenían sus casas en la ciudad de Úbeda, Baeza y Jáen
o, por estudios y profesión, el de Alarcón en Granada. Por otro lado, los
corregidores, y, sobre todo, los pesquisidores, ligados al aparato cortesano,
solían acudir en momentos difíciles de conflicto entre la justicia y los
vecinos para zanjar los intereses entre la ciudad y los particulares con el
corregidor. Mientras los primeros, suelen ser caballeros de capa y espada y, en
raras ocasiones, se encuentra alguno de ellos con la titulación de doctor,
licenciado o bachiller, entre los segundos abundan los licenciados como el caso
de Noguerol, Montano, Hernández de Baeza, o el doctor Quijada. Otra nota
característica de ambos tipos es la diferencia de periodo de permanencia en la ciudad . Pues, aunque
les estaba permitido solamente un año y, en algunos caso, se le prorrogaba otro
año más y a lo sumo tres, hay casos significativos en el primer tipo de
corregidores que, por la influencia de Francisco de los Cobos, se excedió en la
licencia de prorrorgar el mandato, pues Hernán Pérez de Torres casi alcanzó el
decenio y Francisco de Chirinos superó el quinquenio.
A
través del nombramiento del corregidor Rodrigo de Alfaro, podemos describir
algunas características del cargo y reconstruir el amplio poder que ejercían en
la ciudad
Nombramiento
Fueron nombrados , en los primeros años, por el emperador y por su
madre la reina doña Juana, y posteriormente por el propio emperador. Lo
llevaban a cabo mediante una provisión real que dirigían a los tres cabildos
municipales que integraban el corregimiento y al corregidor cesante con esta
palabras:
“A
vos el concejo, justicia, regidores, caballeros, escuderos e oficiales e omes
buenos de la ciudad de Alcalá la Real, salud y gracia”.
Finalidad
Trataban de que cumplieran el
ordenamiento, el buen servicio del emperador, la justicia, la pacificación y el
gobierno de las ciudades encomendadas.
Competencias
Primordialmente, le incumbía al corregidor
el ejercicio de ejecutar la justicia, la jurisdicción civil y criminal, el nombramiento
de las acladías mayores, alguaciles y podía moderar y presidir el cabildo
municipal y todos los aspectos relacionado con la Corona. Podía nombrar un
lugarteniente o teniente de corregidor. Generalmente por los datos que tenemos
de las tres ciudades, solía ser un bachiller o licenciado que procedía de
Granada en donde había conseguido la formación de jurisprudencia básica para
asesorarlo o ejercer con garantías el gobierno de cada una de las ciudades.
Pues, en los tres lugares del corregimiento, se le denominaba por alcalde mayor
y, en muy pocos, aparece un teniente de corregidor y un alcalde mayor al mismo
tiempo. A veces se ocasionaba un traslado de alcaldes mayores con motivo de las
ausencias de una ciudades a otras y hubo casos de algún alcalaíno que lo fue en
Loja.
Principalmente, el corregidor
permanecía en Alcalá, donde cobraba el máximo salario y, en la ausencia de las
visitas a los otros municipios de Loja y Alhama, se le privaba del salario que
incumbía al sitio donde residiera.
A través de sus principales competencias se
derivaban un gran número de obligaciones, que
se ejercía por la simple ejecución de los mandatos reales o acuerdos del
cabildo. Desde la puesta en marcha de las levas militares hasta el
encarcelamiento por negarse a acudir a la llamada al servicio militar, desde la
presidencia en los actos protocolarios de las fiestas de la ciudad hasta la
preparación de los fastuosos actos con motivo de las celebraciones
extraordinarias de la Corona, desde la moderación a la hora de equilibrar las
votaciones del cabildo hasta la imposición de su criterio para defender los
mandatos reales que eran desobedecidos por el propio ayuntamiento, desde la
protección de los límites y caminos de la ciudad hasta la persecución de los
que se adentraban en terrenos de propios o invadían con su ganados las tierras
comunales y así un sinfín de deberes que afectaban toda la vida de la ciudad.
Duración del mandato
Se concedía el oficio del corregimiento por
un año, que solía prorrogarse por otro nuevo. Al final de cada año se enviaba
un pesquisidor que llevaba a cabo un juicio de residencia por el que se
analizaba la gestión de su mandato, atendiendo las acusaciones de los vecinos
afectados y los incumplimientos en el ejercicio de su poder y afectaba también
al resto de los cargos municipales, regidores y oficiales del cabildo. Al final
del juicio de residencia, a los que se permitía alegar a los afectados y pagar
todo lo que hubiera supuesto cualquier tipo de medidas de abuso de poder,
malversación de fondos públicos, y delito contra la hacienda pública. Los
delitos más importantes incumbían a la mala administración de los propios y a
los acuerdos mal tomados contra los intereses reales.
Salario
Variaba de
una ciudad a otra y del tiempo de permanencia, además solía acumularse cierta
cantidad de cada una de ellas. Por los libros de cuentas del cabildo alcalaíno,
solía cobrar 36.000 maravedíes anuales en Alcalá Real, siempre que permanciese
en la ciudad, pues el computo se llevaba a cabo mediante el sistema de división
de dicha cantidad por días de estancia y, en su ausencia del lugar, lo cobraba
el alcalde mayor, que también recibía
parte de algunas penas de ordenanza.
Sería prolijo extendernos en cada uno de Los delitos y es objeto de un futuro estudio de los
corregidores que para un futuro libro estamos finalizando. Tan sólo, vamos a
describir unas pocas notas de los tres primeros de la época imperial y uno
correspondiente al reinado de Felipe II, con motivo de la muerte de Carlos V.
I LORENZO ARIAS MALDONADO
Recibió la ciudad de Alcalá el nombramiento de corregimiento que se
conservaba en el archivo municipal. Llegó a Loja el veintiséis de diciembre de
1515 en calidad de pesquisidor o juez de
residencia, juntándose de nuevo las ciudades de Loja, Alcalá y Alhama, pues,
hasta ahora, el gobierno de la ciudad lojeña había corrido a cargo del Gran
Capitán y de su alcalde Diego de Ayala, que los mantuvo en la tenencia de la
alcaidía. Sus alguaciles en ésta ciudad fueron Juan de Castellanos, mayor, y
Francisco Nieto, menor.
Es un momento en el que surgen una serie de enfrentamientos entre la
nobleza, realacionada con los regidores de la ciudad lojeña, y el pueblo llano
representado por los jurados. Los primeros llegaron a atrincherarse a la fortaleza
en la que vivía el alcaide gobernador
nombrado por el Gran Capitán, Diego de Ayala. Ante la muerte del rey Fernando y
el nombramiento del rey don Carlos, la ceremonía de proclamación sirvió para
amaianar los ánimos. Se hizo en Loja recapitulación de ordenanzas y Se fijaron los mojones del término entre Loja
y Priego por la Cañada del Puerto y el Pie de Milano. El seis de junio de 1516
cesó como corregidor.
En su tiempo, la ciudad de Alcalá continuó su desarrollo urbano con
la ampliación por la zona del Pozuelo de San Juan otorgandose unos quince solares a unas
familias de serranos que se incorporaron
a la ciudad. Pronto se legisló esta faceta mediante una serie de normas,
por las que se obligaba a que los
vecinos edificaran los solares en un plazo de tres años y la pérdida de la
propiedad del solar, si no se culminaba la vivienda o quedaban en simples obras
cercadas y cimentadas (19-9-1515)
La labor legislativa comienzó a incidir en
aspectos sanitarios. Así, se aprobó una ordenanza para impedir el arrojo de
cenizas junto a la Fuente del Rey (15-7-1515) o la prohibición de entrada de
ganado en los linares (15.7-1515). Otra se refería a que impedía a que los
playeros pudieran vender pescado sin escrituras estableciendo una pena de 300
maravedís(-abril de 1516)
Los problemas de regadío, lugares que
deberían ser los más cultivados, comenzaron a inquietar a los regidores y se
aprobó una ordenanza en la que se pedía la intervención del alcaide y sus
alarifes para evitar agravios entre los vecinos ( 10-8-1515).
II. ALONSO SÁNCHEZ
DE OLIVARES
Fue pesquisidor a partir de junio de 1516. Nombró alcalde mayor de
Loja al bachiller Juan Hernández Sobrino y por alguacil al alcalaíno Gregorio
de Leonís, alcaíde de la fortaleza de Alora. Llevó a cabo la residencia hasta el veintiséis de julio de
1516.
III. GARCÍA DE MONTALVO(1516-1518)
Fue nombrado corregidor el veintiséis de julio de 1516. Su alcalde
mayor en Loja era Cristobal de Torrijos, que se vió inmerso en un pleito por no
haber cursado estudios, posteriormente el jurado Diego de la Puerta que ejerció
como teniente de justicia y fueron sus alguaciles mayores Pedro de Guindos y
Rodrigo de Mendaño. En Alcalá, nombró por alcalde mayor a Juan de Santa Cruz. Había sido anteriormente
corregidor en 1512 de Ronda y Marbella,
estando muy relacionado con el Conde de Tendilla.
Se
ausentó del coregimiento desde abril de 1517, con el fin de recibir al nuevo
Rey, y no volvió hasta el quince de febrero de 1518, siendo cesado a primeros
de marzo del mismo año. En Loja, fue importante la reconstrucción del puente
del Genil y la transformación urbanística de Loja con una gran renovación y
aumento de viviendas; también era abundante la industria de la seda. Se produjo
una importante crisis en el cultivo de vino que no se le dejaba vender en
Granada , Málaga y Vélez.
Es un momento en el que se reclaman compañías de soldados para ir a
la costa por el mes de noviembre en defensa de Málaga, atacada por el pirata Barabarroja, rey de Argel y Tunez.
Se pusieron al frente del capitán general don Antonio de la Cueva. En Antequera
desertaron algunos, y otros llegaron hasta Huelva y Málaga, muriendo Francisco
de Maldonado, hijo del alcaide de Zagra.
En este periodo tammbién fueron frecuentes los pleitos con Granada
con motivo de la entrada del vino, pues, en más de una ocasión, se obligó al
fiel de la alhóndiga que no se dejase entrar vino de Alcalá. Aunque era una asunto que provenía de principio de
siglo, se intensificaron las provisiones reales, los impedimentos del
ayuntamiento granadino y las contínuas disputas entre los comerciantes
granadinos y los productores alcalaínos.
En el año 1517, en concreto,
se prohibió en diversas ocasiones la entrada del vino de Alcalá a la
ciudad de Granada. Por eso. un momento importante fue la llegada de los
regidores Francisco de Aranda y Pedro de Escavias a Granada con una carta real,
fechada en Madrid el ocho de agosto de 1517, permitiendo la venta y, según
manifiestan algunos documentos, parece ser que en el cuatro de abril del 1518 se
solucionó el conflicto.
El límite de muchos términos del corregimiento no estaban por
completo delimitados y se tuvieron que
hacer varias visitas a la ciudad de Loja por los regidores del Ayuntamiento de
Granada para fijar los mojones, incluso se acudió a la corte para dilucidar el
asunto el veintiseis de mayo de 1517.
Otro asunto similar fue el conflicto entre los vecinos de Alcalá y
los de Granada por los límites entre ambos términos, ya que por aquel tiempo
Alcalá la Real limitaba con la ciudad de Granada desde el camino de los
playeros hasta Moclín. El asunto provenía desde el año 1516 , porque los
vecinos de Alcalá habían derribado algunos mojones en el mes de mayo; se
prolongó en el año 1517, cuando trataron de superar las diferencias aunque en
el año 1518, de nuevo, resurgieron los problemas.
Y no sólo esto, sino que se legislaron los conflictos internos entre
los ganaderos y agricultores, impidiendo la entrada a las viñas, que comenzaban
a abundar en la comarca, mediante una ordenanza en la que se prohibía coger
hierbas o meter ganado dentro de ellas.
La ciudad también se protegió de una peste que procedía de Granada[1]
y de los posibles desajustes en la ampliación urbanística de la ciudad, por
medio de una ordenanza que obligaba a los vecinos a inspeccionar la cimentación
de las casas por la Justicia y diputados
del cabildo nombrados al efecto ( 22-5- 1517).
La labor sanitaria impidíó que se colara el trigo en los molinos
para evitar fraudes con los productores ( 27-1517) y también se legisló que los
espadadores lo hicieran en las calles de la ciudad (20-3-1517) ni se segara
hierba en las viñas ni metieran bestias en ellas (15-5-1517).
IV. LICENCIADO RODRIGO DE ALFARO
La reina Juana y el emperador Carlos le prorrogaron el corregimiento
el 22 de diciembre de 1518, firmando la carta de cédula real el rey en
Maguncia, la cual se conserva en el Archivo municipal de Alcalá la Real y en la
que le advierte especificamente de la obligación de cumplir la nueva bula sobre
el habito de los clérigos y el de los de tonsura según nuevo acuerdo de la
Santa Sede, así como la oblicación de publigar las bulas los tres primeros
domingos de cuaresma, lo que se mantuvo en los dos siglos siguientes. En Alcalá
su teniente corregidor fue el bachiller Juan de Santa Cruz. En Loja, tuvo
problemas con el alcalde mayor García Hurtado que no se incorporó al puesto y
debió hacer caso a las protestas del pueblo nombrando como teniente al jurado Diego de la Puerta. Se quejaban los
vecinos de que no conocían a la gente de la ciudad ni su estilos e importunaban
a la gente, haciéndole sinrazaones.
Fue un año de peste que se acercó hasta la comarca lojeña sin sufrir
ninguna muerte gracias a las prevenciones de guardas y cerco de la ciudad. En
este año se celebraron con alegrías el nombramiento de emperador a Carlos V.
En el dieciocho de diciembre de
1518 se anuló a Loja el privilegio de franquicias de alcabalas y en el
1520, se le quiso imponer el cabezón sobre todos los productos de cada gremio.
Hubo un concejo abierto de todos los productores y gremios de toda la población
que rechazaron dicha imposición. No obstante se llegó a un acuerdo con el
recaudor Gómez de Molina, dejándo exentos el pan y muchos cereales y productos
de artesanos sempre que se traficaran en la plaza de la ciudad, compensando la
cantidad con una acordada globalmente. Lo mismo aconteció en la comarca
alacalaína. Cesó en el cargo el veintiocho de febrero de 1520.
V. ANDRES DE TORRES( 1520-1522)
Fue doctor y jurado en Granada, prestigioso abogado de la Chancillería
de Granada y regidor de Baza en 1511, manteniendo buenas relaciones con el
Conde de Tendilla.El diecinueve de marzo de 1520 fue nombrado corregidor.
Fueron sus alcaldes mayores y tenientes de corregidor de Alcalá el bachiller
Villanueva y Juan Alonso de Toledo; como
alguacil Rui Vélez; y en la ciudad de Loja fueron alcalde mayor Cristobal Muñoz
y alguacil Hernando de Pineda.
El primer problema heredado del corregidor anterior fue el pago de
las alcabalas, imposición de la que hasta ahora Alcalá se eximía por los
privilegios otorgados y confirmados por los reyes anteriores. Sirvió de valedor
ante Carlos I el márquez de Mondéjar, que escribió una carta a la Corte el día
dos de marzo de 1520, alegando los grandes sacrificios que los naturales de Alcalá
habían llevado a cabo en el periodo de la conquista del reino de Granada y
solicitando que no se le aplicase el pago de las alcabalas.
No debió surtir efecto dicha misiva, a pesar de que existían buenas
relaciones del marqués con Alcalá, con la se define como deudor y natural.
Pues, se arrendaron los servicios de las alcabalas y se estuvieron pagando
durante varios años gravando muchos bienes de consumo. Sin embargo, se
conservan de su tiempo algunas muestras de sus dotes y experiencia en el mundo
de la corte, elaborando las instrucciones para negociar con los miembros de la
Consejo Real. En una de ellas recomendaba que se aludiera al carácter belicoso
de los alcalaínos que podían levantarse azuzados por las circusntancias
adversas del pago de las alcabalas, ya que herían los sentimientos de libertad
adquirida con el gran y prolongado sacrificio en las guerras contra el reino
nazarita.
Pero su servicio más importante fue el de la postura en tiempos del
levantamiento de los comuneros. Como muchos otros pueblos de Andalucía, los
alcalaínos no se levantaron contre Carlos I sino que todas las ciudades del
corregimiento se mantuvieron leales al nuevo rey a pesar de los desmanes de los
flamencos, y en Alcalá se juraron los fueros el año 1526 por parte del emperador.
Pero, en su corregimiento, lo más destacable fue la presencia alcalaína en las
Ramblas. En enero de 1521, la ciudad dio poder a Pedro de Pineda y Alonso de
Cabrera para que acudieran a confederarse con las ciudades de Antequera, Cádiz,
Ronda, Andújar, Carmona, Torredonjimeno, Arjona y Porcuna y tratar algunos
asuntos acerca del servicio al rey y de la paz de los reinos. Pero estos no
llegaron a firmar todos los acuerdos, regresando a la ciudad para hacer una
serie de consultas al resto de los miembros del cabildo. El nueve de febrero,
en la misma villa, de nuevo se reunieron las mismas ciudades, y algunas otras
más como Écija, Sevilla, Córdoba, Gibraltar, Jérez de la Frontera y otras de la
Orden de Calatrava, con el fin de que Córdoba y Sevilla pudieran recibir a
otras a confederarse. El diez de febrero se dio entrada a la de Jaén y el día
doce de febrero se concedió de nuevo un poder a los regidores alcalaínos,
anteriormente mencionados, para que acudieran a Córdoba para confedrerse en los
términos que lo habían acordado en las Ramblas, siempre que se respetaran los
privilegios y franquezas de Alcalá y
ofreciendo para el ejército sesenta peones, cifra destacada teniendo en cuenta
el número de habitantes.
En Alcalá se le acuciaron los problemas originados por la invasión
de los terrenos comunales. El síndico y el procurador del común Pedro Ramos y
Alonso de Jaén recibieron en 1522 un poder de la ciudad para representarla en
todos los pleitos y causas judiciales ante la Casa Real, el Consejo de su Majestad y de su hijo Carlos, el
Consejo Real y la Chancillería [2]
e iniciaron una serie de acciones legales contra los usurpadores de terrenos en
los montes..
El 1521 fue un año de carestía del trigo que llegó a valer a 110
maravedís la fanega tras pagar el diezmo, el pie de altar y el voto de Santiago
en Loja. Se abandonaron muchos campos y ante el préstamo para poder subsitir
algunos vecinos fueron encarcelados por las deudas. Incluso, alcanzó la
cantidad de 500 maravedis la fanega a finales del año. Tambien se arrancaron
las viñas en la cuesta Bujedo, Hacho, Fontil Alcampe y Huetor de Loja en favor
del lino y cáñamo para las naves.
El 15 de noviembre de 1521 se recibió una provisión real del
emperador, datada en Burgos, por la que se daba licencia a la ciudad de que
pudier construir un puente en el río Carrizal[3].
Reguló en Alcalá las actividades de los mesoneros, venteros y
taberneros, por las que a todos estos se prohibía traer de otro lugar las
mujeres del mundoy cobrarles una parte de la paga (-enero-1521). También reguló
el riego de panizos y otros productos impidiendo que se llevaran armas(
14-6-1521). Protegió los montes mediante una ordenanza, por la que se impedía
quemarlos (20-9-1521), y estableció los privilegios del señor del panizo con
cuatro días de rastrojo y la dehesa de los caballos(4-3-1522).
Cumplió el corregimiento el 3 de marzo de 1522, que fue un año de
sequía y carencia de alimentos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario