FRANCISCO DE ARANDA. EL MUNDO DE LA ALBAÑILERÍA.

Siempre,
en la arquitectura predomina el estudio de las construcciones artísticas o
funcionales donde la piedra como material principal ejerce la exclusividad.
Pero, la albañilería ocupó un claro espacio que compartió otros materiales, como
el yeso, el cemento, la mezcla de cal y arena y variantes de los anteriores. No
es extraño que hasta el siglo XVII no se hayan valorado artífices de este tipo
de materiales, y se haya reservado este espacio artístico a los maestros de
obras de cantería, olvidando alarifes, albañiles, caleros, carpinteros,
herreros y otros artesanos. Especial
atención también merecen los albañiles que jugaron un gran papel en la
construcción de los edificios particulares y públicos, religiosos y oficiales.
Este es el caso de Francisco de Aranda, qa. Viene esto a
cuento de un contrato entre este maestro de albañilería y don Alonso de
Benavides y Mendoza para construir un lagar en una viña del pago del
propietario en el Portillo, término del Castillo de Locubín. La fecha del contrato es un 14 de febrero ante
Juan Bautista Cano. Y señalaba las siguientes condiciones
-Primeramente,
a de tener doce varas de largo de piedra de mampuesto, jaharrado por dentro y
fuera y con tercias de ancho y tres varas de altura.
-Es condición que a de hacer chimenea y lagar y un pilón de barro que
tenga veinte arrobas de cabida y puertas, ecepto calle a piquera que esta a de
dar el dicho don Alonso y le tiene de echar cuatro tirantes en las partes más necesarias
de dicho lagar. Y lo a de poner y acabar de teja con que no a de echar alcatifa
y lo a de dar acabado el dicho Francisco de Aranda. Ejecute corriente para el
día de Nuestra Señora de Agosto que vendrá de este año de la firma de esta
escritura, según y de la forma y manera
a contenida en esta escritura, donde nos lo diere cavado; sigundo
es e que el dicho don Alonso de Benavides o quien en su causa oviere, pueda coger
maestro a su costa a ya acabado para el dicho día como está declarado y a él
pagar a al dicho don Alonso todo quanto interessa y pérdida que tuviere, por no dar acabado el dicho lagar para el dicho día de todo en su juramento y lo que allí costare
sin más averiguación me pueda ejecutar por vía ejecutiva y de apremio y para lo consiguir basten dicho
juramento esto por quanto el dicho don Alonso
le a de dar con todo ello quaretna y
conco ducados y, para en quenta de ello confeso aver rescevido del dicho Alonso
las arrobas de vino que tuvieren dos tinajas, que para en quenta dello le a da
do a rraçon de a medida ducado cada una arroba medidas las dichas tinajas si,
no oviere tantas arrobas. A e cumplimento de todo los dichos quaretna y cinco
ducdos los que faltan les a de dar u pagar el dicho don Alonso el día que empezara
a tejar el dicho lagar y de todo ello el
dicho Francisco de Aranda se de por entregados a su voluntad y renuncio (…) el dicho don Alonso se obligó a
aceptar la dicha escritura (…) y el dicho Francisco de Aranda lo que faltare de
los dicho quaretna y cinco ducados el dicho día que por las tejas en el dicho
lagar y esté para cuvbrir lo y por ello
le pueda ejecutar con esta escritura y
para ello obligó su persona.
FRANCISCO DE ARANDA, HER.
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